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MECANISMO ANTICORRUPCIÓN DE LA OEA ADOPTA
INFORME SOBRE NICARAGUA El 21 de marzo pasado, en su 23ª Reunión, el Comité de Expertos del Mecanismo Anticorrupción de la OEA (MESICIC) adoptó un informe sobre la implementación en la República de Nicaragua de la Convención Interamericana contra la Corrupción.
Este informe hace un análisis integral de la estructura,
funcionamiento y resultados en sus gestiones del Ministerio Público,
la Procuraduría y Contraloría Generales de la República, la Policía
Nacional y la Corte Suprema de Justicia, cinco de los principales
órganos responsables de prevenir, detectar y sancionar la corrupción
en Nicaragua.
Además del
análisis, el informe contiene un conjunto de recomendaciones
formuladas para ser consideradas por el Estado Nicaragüense en
relación con los órganos analizados que apuntan a propósitos tales
como los siguientes:
Con respecto al Ministerio Público, establecer criterios objetivos que
definan y determinen las razones especiales que ameriten que un
asunto requiera el nombramiento de un fiscal especial para su
atención; fortalecer su Unidad Especializada Anticorrupción y su
dotación de personal; establecer programas permanentes de
capacitación periódica dirigidos principalmente a los fiscales
auxiliares y asistentes fiscales en aspectos sustantivos, así como
mecanismos adicionales de rendición pública de cuentas sobre el
cumplimiento de sus funciones, que incluyan, entre otros aspectos,
procedimientos que posibiliten el escrutinio público, además de
fortalecer la elaboración, mantenimiento y publicidad a través de su
sitio Web institucional, de la información estadística sobre el
cumplimiento de sus funciones.
En relación con la
Procuraduría General de la República,
continuar impulsando la efectiva implementación de su Plan
Estratégico 2011-2014; establecer mecanismos adicionales de
rendición pública de cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones;
así como elaborar información estadística relativa a las
investigaciones que adelanta en relación con la generalidad de los
delitos que afecten los intereses y/o el patrimonio del Estado.
En lo concerniente a la
Contraloría General de la República,
complementar sus programas de capacitación que a nivel interno
desarrolla con cursos y/o módulos en materia de ética, probidad y
transparencia; continuar impulsando la implementación de su Plan
Estratégico de Desarrollo Institucional 2011-2015; fortalecer la
plataforma tecnológica; posibilitar la formulación en línea de
denuncias ciudadanas por prácticas corruptas; complementar sus
mecanismos de rendición cuentas con procedimientos que permitan el
escrutinio público; así como elaborar información estadística en
relación con las funciones de detección de las prácticas corruptas.
En lo atinente a la Policía Nacional, adoptar las medidas
pertinentes que complementen las previsiones de la Ley de la Policía
Nacional y su Reglamento en materia de recursos humanos; continuar
fortaleciendo las capacidades de sus servidores sobre técnicas de
investigación de los actos de corrupción; así como elaborar
información estadística relativa a las investigaciones que adelanta
en relación con la generalidad de las prácticas corruptas.
Con respecto a la Corte Suprema de Justicia y el Poder Judicial,
garantizar el principio del debido proceso en el procedimiento y
causales de separación o destitución de los magistrados de la Corte;
culminar el proceso de actualización de las descripciones de puestos
de la Carrera Judicial; adoptar mecanismos adicionales de rendición
de cuentas sobre el cumplimiento de las funciones sustantivas que
desempeña el Poder Judicial; elaborar información estadística
relativa a los procesos judiciales adelantados en relación con la
generalidad de las prácticas corruptas, así como aquellos procesos
en el ámbito de la Corte Plena y su Sala Penal.
En un segunda parte, el informe también
contiene los
avances relativos a la implementación de las recomendaciones
formuladas a Nicaragua en la Primera Ronda del MESICIC, en donde se
destacan las
acciones que de conformidad con el artículo 4º de la Ley de Probidad
de los Servidores Públicos viene desempeñando la
Contraloría General de la República,
la relativa reciente adopción de la Ley de Contrataciones
Administrativa del Sector Público; la aprobación y publicación del
“Manual de Procedimientos Administrativos e Indicadores de Gestión
de la Dirección General Jurídica” por parte de la
Contraloría General de la República;
la constitución del grupo de trabajo en el ámbito de la Policía
Nacional con la responsabilidad de ejecutar, monitorear y evaluar
las recomendaciones anticorrupción; la suscripción del Acuerdo de
Coordinación entre el Misterio Público, la Policía Nacional y la
Procuraduría General de la República
en la investigación, persecución y recuperación de activos
provenientes de actos corrupción y delitos conexos; la Estrategia de
Seguridad Regional de la Policía Nacional; así como la puesta en
marcha del SIGRUN, la propuesta de actualización del Plan de Acción
sobre la implementación de las recomendaciones formuladas a la
República de Nicaragua por el Comité de Expertos del MESICIC, así
como la adopción del Programa para el Fortalecimiento de la Buena
Gestión Pública y la creación de su Comisión Nacional.
Finalmente, una última sección del informe
describe brevemente un amplio conjunto de buenas prácticas sobre
las que Nicaragua suministró información,
tales como las “Jornadas de Trabajo Anticorrupción”, el monitoreo de
casos por delitos contra la Administración Pública y el “Sistema
Anticorrupción Interinstitucional” que se vienen desarrollando en el
Ministerio Público; la colaboración internacional en materia de
asistencia legal mutua a partir de la creación de las unidades
especializadas, tanto en asuntos penales internacionales, como en la
lucha contra la corrupción por parte de la Procuraduría General de
la República; los procesos permanentes de coordinación entre la
Policía Nacional y la cooperación internacional en el marco de las
denominadas “Instancias de Diálogo”; el “Modelo de Gestión de
Despacho Judiciales” que adelanta la Corte Suprema de Justicia para
brindar a los usuarios del sistema de justicia un servicio eficaz y
eficiente; la estrategia de promoción, capacitación e implementación
del Código de Conducta Ética de los Servidores Públicos del Poder
Ejecutivo por parte de la Oficina de Ética Gubernamental; la
promoción del Portal de Compras, la utilización de las herramientas
de capacitación en compras públicas del portal electrónico de la
OEA, el establecimiento de las “mesas de ayuda” y el desarrollo de
pasantías para funcionarios de otros Estados por parte de la
Dirección General de Contrataciones del Estado; así como la
implementación del “Sistema de Gestión de la Calidad en la Dirección
de Función Pública” desarrollado por la Dirección General de Función
Pública del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En esta oportunidad, junto con el informe de Nicaragua, se
adoptaron también los informes de
Canadá, Ecuador, Guyana
y la República Dominicana, disponibles aquí.
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Edición N° 174 - Abril 2014
El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación
de la Convención Interamericana contra la
Corrupción (MESICIC) es una herramienta para
propiciar el desarrollo de la Convención
Interamericana contra la Corrupción, mediante la
cooperación entre los Estados Parte de la misma
que son miembros de dicho mecanismo.
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