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MECANISMO ANTICORRUPCIÓN DE LA OEA ADOPTA INFORME SOBRE NICARAGUA

El 21 de marzo pasado, en su 23ª Reunión, el Comité de Expertos del Mecanismo Anticorrupción de la OEA (MESICIC) adoptó un informe sobre la implementación en la República de Nicaragua de la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Este informe hace un análisis integral de la estructura, funcionamiento y resultados en sus gestiones del Ministerio Público, la Procuraduría y Contraloría Generales de la República, la Policía Nacional y la Corte Suprema de Justicia, cinco de los principales órganos responsables de prevenir, detectar y sancionar la corrupción en Nicaragua.

Además del análisis, el informe contiene un conjunto de recomendaciones formuladas para ser consideradas por el Estado Nicaragüense en relación con los órganos analizados que apuntan a propósitos tales como los siguientes:

Con respecto al Ministerio Público, establecer criterios objetivos que definan y determinen las razones especiales que ameriten que un asunto requiera el nombramiento de un fiscal especial para su atención; fortalecer su Unidad Especializada Anticorrupción y su dotación de personal; establecer programas permanentes de capacitación periódica dirigidos principalmente a los fiscales auxiliares y asistentes fiscales en aspectos sustantivos, así como mecanismos adicionales de rendición pública de cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones, que incluyan, entre otros aspectos, procedimientos que posibiliten el escrutinio público, además de fortalecer la elaboración, mantenimiento y publicidad a través de su sitio Web institucional, de la información estadística sobre el cumplimiento de sus funciones. 

En relación con la Procuraduría General de la República, continuar impulsando la efectiva implementación de su Plan Estratégico 2011-2014; establecer mecanismos adicionales de rendición pública de cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones; así como elaborar información estadística relativa a las investigaciones que adelanta en relación con la generalidad de los delitos que afecten los intereses y/o el patrimonio del Estado.

En lo concerniente a la Contraloría General de la República, complementar sus programas de capacitación que a nivel interno desarrolla con cursos y/o módulos en materia de ética, probidad y transparencia; continuar impulsando la implementación de su Plan Estratégico de Desarrollo Institucional 2011-2015; fortalecer la plataforma tecnológica; posibilitar la formulación en línea de denuncias ciudadanas por prácticas corruptas; complementar sus mecanismos de rendición cuentas con procedimientos que permitan el escrutinio público; así como elaborar información estadística en relación con las funciones de detección de las prácticas corruptas.

En lo atinente a la Policía Nacional, adoptar las medidas pertinentes que complementen las previsiones de la Ley de la Policía Nacional y su Reglamento en materia de recursos humanos; continuar fortaleciendo las capacidades de sus servidores sobre técnicas de investigación de los actos de corrupción; así como elaborar información estadística relativa a las investigaciones que adelanta en relación con la generalidad de las prácticas corruptas.

Con respecto a la Corte Suprema de Justicia y el Poder Judicial, garantizar el principio del debido proceso en el procedimiento y causales de separación o destitución de los magistrados de la Corte; culminar el proceso de actualización de las descripciones de puestos de la Carrera Judicial; adoptar mecanismos adicionales de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las funciones sustantivas que desempeña el Poder Judicial; elaborar información estadística relativa a los procesos judiciales adelantados en relación con la generalidad de las prácticas corruptas, así como aquellos procesos en el ámbito de la Corte Plena y su Sala Penal.

En un segunda parte, el informe también contiene los avances relativos a la implementación de las recomendaciones formuladas a Nicaragua en la Primera Ronda del MESICIC, en donde se destacan las acciones que de conformidad con el artículo 4º de la Ley de Probidad de los Servidores Públicos viene desempeñando la Contraloría General de la República, la relativa reciente adopción de la Ley de Contrataciones Administrativa del Sector Público; la aprobación y publicación del “Manual de Procedimientos Administrativos e Indicadores de Gestión de la Dirección General Jurídica” por parte de la Contraloría General de la República; la constitución del grupo de trabajo en el ámbito de la Policía Nacional con la responsabilidad de ejecutar, monitorear y evaluar las recomendaciones anticorrupción; la suscripción del Acuerdo de Coordinación entre el Misterio Público, la Policía Nacional y la Procuraduría General de la República en la investigación, persecución y recuperación de activos provenientes de actos corrupción y delitos conexos; la Estrategia de Seguridad Regional de la Policía Nacional; así como la puesta en marcha del SIGRUN, la propuesta de actualización del Plan de Acción sobre la implementación de las recomendaciones formuladas a la República de Nicaragua por el Comité de Expertos del MESICIC, así como la adopción del Programa para el Fortalecimiento de la Buena Gestión Pública y la creación de su Comisión Nacional.

Finalmente, una última sección del informe describe brevemente un amplio conjunto de buenas prácticas sobre las que Nicaragua suministró información, tales como las “Jornadas de Trabajo Anticorrupción”, el monitoreo de casos por delitos contra la Administración Pública y el “Sistema Anticorrupción Interinstitucional” que se vienen desarrollando en el Ministerio Público; la colaboración internacional en materia de asistencia legal mutua a partir de la creación de las unidades especializadas, tanto en asuntos penales internacionales, como en la lucha contra la corrupción por parte de la Procuraduría General de la República; los procesos permanentes de coordinación entre la Policía Nacional y la cooperación internacional en el marco de las denominadas “Instancias de Diálogo”; el “Modelo de Gestión de Despacho Judiciales” que adelanta la Corte Suprema de Justicia para brindar a los usuarios del sistema de justicia un servicio eficaz y eficiente; la estrategia de promoción, capacitación e implementación del Código de Conducta Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo por parte de la Oficina de Ética Gubernamental; la promoción del Portal de Compras, la utilización de las herramientas de capacitación en compras públicas del portal electrónico de la OEA, el establecimiento de las “mesas de ayuda” y el desarrollo de pasantías para funcionarios de otros Estados por parte de la Dirección General de Contrataciones del Estado; así como la implementación del “Sistema de Gestión de la Calidad en la Dirección de Función Pública” desarrollado por la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En esta oportunidad, junto con el informe de Nicaragua, se adoptaron también los informes de Canadá, Ecuador, Guyana y la República Dominicana, disponibles aquí.

Edición N° 174 - Abril 2014

¿Qué es el MESICIC?

El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) es una herramienta para propiciar el desarrollo de la Convención Interamericana contra la Corrupción, mediante la cooperación entre los Estados Parte de la misma que son miembros de dicho mecanismo.

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