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http://www.oas.org/juridico/newsletter/nl_sp.htm


MECANISMO ANTICORRUPCIÓN DE LA OEA ADOPTA INFORME SOBRE PARAGUAY

El 14 de septiembre de 2012,  durante su vigésima reunión ordinaria, en la sede de la OEA, el Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), adoptó un informe correspondiente a las medidas implementadas por Paraguay en relación con varias disposiciones de la Convención Interamericana contra la Corrupción.  Este constituye el cuarto informe que el Comité de Expertos del MESICIC ha adoptado sobre la implementación de la Convención en Paraguay.

En esta Cuarta Ronda del Mecanismo se analizó la estructura, el funcionamiento y resultados de los cinco principales órganos de control superior de Paraguay encargados de prevenir, detectar, sancionar y erradicar prácticas corruptas: el Ministerio Público (MP), la Contraloría General de la República (CGR), la Auditoría General del Poder Ejecutivo (AGPE), la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Secretaría de la Función Pública (SFP).  También se analizaron los avances alcanzados por Paraguay en relación con las recomendaciones formuladas en la Primera Ronda de Análisis del MESICIC.

El análisis se realizó teniendo en cuenta la respuesta de la República del Paraguay a un cuestionario, así como la información recabada durante una visita in situ, que tuvo lugar durante los días 16 a 19 de abril de 2012.  En esta visita participaron la Secretaría Técnica del Mecanismo, así como Belize y Nicaragua como miembros del subgrupo de análisis.  Durante la visita, el equipo de análisis se reunió con representantes de las instituciones del Estado, así como con representantes de organizaciones de la sociedad civil, de asociaciones profesionales y con académicos e investigadores en temas relevantes en la lucha contra la corrupción. 

Algunas de las recomendaciones formuladas a Paraguay para su consideración, en relación con los anteriores órganos apuntan a  propósitos tales como los que se destacan a continuación: 

Con respecto al MP, se formularon recomendaciones relativas al fortalecimiento de la coordinación institucional, así como a la reglamentación de la manera en que se llevan a cabo los concursos de méritos para la entrada al servicio de la Institución; la implementación de la carrera administrativa y la fiscal; el fortalecimiento del sistema disciplinario administrativo, y la institucionalización de una unidad de agentes policiales especializados en delitos de corrupción que actúe en coordinación con el MP en la investigación de estos hechos punibles. 

En lo atinente a la CGR, se recomendó tanto la implementación de concursos de méritos obligatorios como del servicio de carrera; el fortalecimiento del sistema disciplinario administrativo; el fortalecimiento de la coordinación interinstitucional; y la resolución de conflictos de competencias con otras instancias. 

Por lo que toca a la AGPE, las recomendaciones apuntaron al fortalecimiento de la autonomía de los Auditores Institucionales Internos; modificaciones reglamentarias que garanticen que los informes de auditoría que muestren indicios de hechos punibles sean remitidos simultáneamente al Presidente de la República y al MP; así como el fortalecimiento de la nueva Dirección de Auditoría Forense. 

Con relación a la SFP, se recomendó el desarrollo e implementación de códigos de ética; el fortalecimiento del proceso disciplinario administrativo; la reglamentación e implementación de concursos de mérito en todas las instituciones bajo su competencia; y el fortalecimiento institucional mediante la dotación de recursos humanos y presupuestarios. 

En lo atinente a la CSJ, las recomendaciones incluyeron el fortalecimiento de su función jurisdiccional; la resolución de conflictos de competencias entre el Tribunal de Cuentas y otras instancias; la implementación de la carrera judicial y la técnico-administrativa; la implementación de medidas para resolver el problema de la mora judicial; y la resolución de cuestiones de constitucionalidad relativas a la Ley de la Función Pública y la Ley del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, entre otras. 

Las buenas prácticas sobre las que Paraguay suministró información se refieren, sintéticamente, al proceso de articulación interinstitucional; programas de participación ciudadana realizados con cooperación internacional; y los acuerdos de cooperación entre la Secretaría de la Función Pública y los diversos órganos y entidades gubernamentales, incluidos aquellos que tienen demandada la Ley de la Función Pública por inconstitucionalidad. 

Por otro lado, algunas de las recomendaciones formuladas a Paraguay en la Primera Ronda que quedan vigentes o que fueron reformuladas,  apuntan a  propósitos tales como la adopción de normas jurídicas que apoyen el acceso a la información pública; la adopción de normas jurídicas para estimular la participación de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales en los esfuerzos destinados a prevenir la corrupción; y recomendaciones relacionadas con las declaraciones patrimoniales y conflictos de interés. 

Durante la vigésima sesión ordinaria del Comité de Expertos del MESICIC se adoptaron informes similares para Bolivia, Brasil, El Salvador y México.  El informe de la República del Paraguay adoptado por el Comité, así como los de los Estados anteriormente citados, se encuentran disponibles en:  http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic4_inf.htm


Edición N° 100 - Septiembre 2012

¿Qué es el MESICIC?

El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) es una herramienta para propiciar el desarrollo de la Convención Interamericana contra la Corrupción, mediante la cooperación entre los Estados Parte de la misma que son miembros de dicho mecanismo.

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