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Noviembre 2021
Novedades en el derecho internacional privado
La Asamblea
General, reunida en su quincuagésimo primer
período ordinario de sesiones del 10 al 12 de
noviembre, aprobó una resolución en la
que, por primera vez, se incluye una sección
dedicada al derecho internacional privado (DIPr),
lo cual muestra la creciente importancia del
tema para los Estados Miembros de la OEA
(AG/doc.5730/21, “Derecho internacional”,
sección ii). En dicha resolución se solicita a
la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos que
explore estrategias para que la OEA reemprenda
sus actividades en materia de codificación y
desarrollo progresivo del DIPr. En ella se
solicita también que el Departamento de Derecho
Internacional (DDI) continúe promoviendo una
mayor difusión de los instrumentos relativos a
esta temática, que organice reuniones conjuntas
con las áreas especializadas en DIPr en los
Estados Miembros, que siga trabajando en
cooperación con otros organismos internacionales
activos en la materia, y que los Estados parte
en las diversas convenciones interamericanas
mantengan al día la información sobre las
autoridades centrales designadas con arreglo a
dichas convenciones.
Por otro lado, los días 4 y 5 de noviembre, el
DDI y la Asociación Americana de Derecho
Internacional Privado (ASADIP) patrocinaron las
XIV Jornadas de la ASADIP, que este año se
llevaron a cabo en formato virtual y que fueron
dedicadas al tema “Derecho internacional privado
y tecnologías modernas”. Este evento anual es el
foro regional preeminente sobre DIPr, el cual no
se había celebrado en 2020 debido a la pandemia.
La sesión inaugural de las Jornadas brindó la
oportunidad de conocer, en términos generales,
los desafíos que plantea la transformación
digital. El tema fue explorado en mayor
profundidad en cinco paneles en los que
participaron 35 expertos. En las presentaciones
de esos expertos se hizo un análisis de las
nuevas tecnologías y su relación con el DIPr,
particularmente en datos y el conflicto
regulatorio; las implicaciones para los
elementos de vinculación tradicionales en DIPr;
la inteligencia artificial, blockchain y los
contratos inteligentes; la resolución de
controversias transnacionales y cooperación
jurídica internacional. El DDI participó en un
panel especial al lado de representantes de la
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional (CNUDMI), del Instituto
Internacional para la Unificación del Derecho
Privado (UNIDROIT) y de la Conferencia de La
Haya de Derecho Internacional Privado. En dicho
panel se abordaron los impactos de la tecnología
en la codificación del DIPr. El Comité Jurídico
Interamericano tomará en consideración algunos
elementos que surgieron a lo largo de estas
presentaciones para incluirlos en el tema de su
agenda de trabajo relativo a “las nuevas
tecnologías y su relevancia para la cooperación
jurídica”. Para aquellas personas que estén
interesadas en las Jornadas, en su debido
momento se publicará una grabación en el
sitio
web de la ASADIP.
En fecha reciente, Ucrania depositó instrumentos
de adhesión a la Convención Interamericana sobre
Obligaciones Alimentarias (adoptada el 15 de
julio de 1989 en la CIDIP-IV) y a la Convención
Interamericana sobre Pruebas e Información
acerca del Derecho Extranjero (adoptada el 8 de
mayo de 1979 en la CIDIP-II). Los detalles a
este respecto se encuentran en el sitio web del
DDI: [tabla de resumen].
El 26 de septiembre, el DDI y el Kozolchyk
National Law Center copatrocinaron un seminario
web sobre “Financiamiento del comercio
transfronterizo” en el que se consideraron
instrumentos relevantes de la OEA y de la
CNUDMI, en particular, la Ley Modelo
Interamericana sobre Garantías Mobiliarias, la
Convención de las Naciones Unidas sobre
Garantías Independientes y Cartas de Crédito
Contingente y la Convención de las Naciones
Unidas sobre la Cesión de Créditos en el
Comercio Internacional. Si bien las leyes modelo
de la OEA y de la CNUDMI sientan las bases para
un “cambio de paradigma” hacia los préstamos
basados en activos, estas dos convenciones
forman parte del paquete de reformas
legislativas que pueden mejorar aún más los
préstamos garantizados y, en particular, el
financiamiento de operaciones comerciales. Los
Estados tienen la opción de implementar la ley
modelo y luego agregar más normas financieras
especializadas, o bien pueden crear sus
regímenes poco a poco ratificando primero las
convenciones. En el seminario web se destacaron
las características fundamentales de ambas
convenciones y se explicó la forma en que su
implementación podría contribuir a mejorar los
marcos comerciales en la región. Las personas
interesadas en la grabación del seminario web
pueden ponerse en contacto con
[email protected].
» Para visitar la página del Departamento de Derecho Internacional sobre Derecho Internacional Privado,
haga click aquí.
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