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El Comité

La Primera Reunión del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad se celebró los días 28 de febrero y 1º de marzo de 2007 en Ciudad de Panamá, Panamá. La celebración de esta Primera Reunión respondió a un mandato contenido en la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad y reafirmado por la Asamblea General en su resolución AG/RES.2167 (XXXVI-O/06).

La Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, fue adoptada en la ciudad de Guatemala el 7 de junio de 1999 durante el 29 período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA y entró en vigor el 14 de setiembre de 2001. Para dar seguimiento a los compromisos adquiridos en la Convención, el artículo VI de la misma prevé el establecimiento de un Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, integrado por un representante designado por cada Estado Parte.

Durante el 36 período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, (Santo Domingo, en el mes de junio, 2006), se aprobó la resolución AG/RES.2167 (XXXVI-O/06), mediante la cual se solicita al Secretario General que, de conformidad con el artículo VI de la Convención convoque a la primera reunión de dicho Comité y que presente a los Estados miembros, a través del Consejo Permanente de la OEA, una propuesta de los documentos necesarios para la puesta en marcha del Comité.

Por su parte, el día 18 de diciembre de 2006, el Consejo Permanente aceptó la propuesta de sede y fecha realizada por el gobierno de Panamá para la celebración de la Primera Reunión del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

El Comité es el foro para examinar el progreso registrado en la aplicación de la Convención e intercambiar experiencias entre los Estados parte. Los informes que elabore el Comité deben recoger el debate e incluir información sobre las medidas que los Estados Parte hayan adoptado en aplicación de la Convención, los progresos que hayan realizado en la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, las circunstancias o dificultades que hayan tenido con la implementación de la Convención, así como las conclusiones, observaciones y sugerencias generales del Comité para el cumplimiento progresivo de la misma.

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