EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las
facultades que le confieren los art�culos 108 y 112 de la Carta y los art�culos 4, 8 y
12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General de la
Organizaci�n de los Estados Americanos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la
resoluci�n AG/RES. 1 (XX-E/94) la Asamblea General adopt� el desarrollo sostenible del
turismo como una de las prioridades de cooperaci�n del sistema de la OEA y del Consejo
Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI);
Que en el Plan de
Acci�n de la Cumbre de las Am�ricas celebrada en Miami en 1994, los Jefes de Estado y de
Gobierno acordaron emprender iniciativas para estimular el turismo en el Hemisferio;
Que en la Declaraci�n
de Montrouis (AG/DEC. 8 (XXV-0/95)) la Asamblea General decidi� apoyar y fomentar la
cooperaci�n t�cnica de la OEA en materias relacionadas con el desarrollo del turismo;
Que los Jefes de
Estado y de Gobierno de los Estados miembros del Caribe y de Am�rica Central han
reconocido, en reuniones regionales recientes, que el fortalecimiento del turismo
constituye una prioridad para el desarrollo econ�mico de esas regiones; y
Que en su vig�simo
sexto per�odo ordinario de sesiones la Asamblea General resolvi� apoyar la propuesta del
Secretario General de establecer una Unidad Intersectorial de Turismo y aprob�
financiamiento para dicha Unidad en el segundo a�o del bienio 1996-97,
RESUELVE:
I. CREACI�N DE LA UNIDAD INTERSECTORIAL
DE TURISMO
1. Se crea la Unidad Intersectorial de
Turismo (la Unidad) como dependencia de la Oficina del Secretario General y principal
entidad, en el �mbito de la Secretar�a General, encargada de asuntos relacionados
directamente con el turismo y su desarrollo en el Hemisferio.
II. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LA
UNIDAD INTERSECTORIAL DE TURISMO
La Unidad Intersectorial de Turismo
tendr� las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Brindar apoyo t�cnico y
administrativo a los Congresos Interamericanos de Turismo, el principal foro para la
formulaci�n de la pol�tica de turismo hemisf�rica, mediante (a) la asistencia para
definir los principales problemas tur�sticos colectivos; (b) la formulaci�n de
soluciones para esos problemas; (c) el an�lisis de sus consecuencias pol�ticas,
econ�micas y sociales; (d) la identificaci�n de opciones novedosas de pol�ticas que
hayan sido ensayadas y probadas en otras partes del mundo y la facilitaci�n del acceso de
los Estados miembros a ellas; y (e) la fijaci�n de prioridades para la acci�n.
2. Brindar apoyo t�cnico y
administrativo en materia de desarrollo integral y sostenible del turismo a la Asamblea
General, el Consejo Permanente, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral
(CIDI), la Comisi�n Ejecutiva Permanente del CIDI (CEPCIDI), otros �rganos, organismos y
entidades de la Organizaci�n, y ejecutar sus mandatos en la forma que se requiera.
3. Brindar asesoramiento y apoyo t�cnico
a otros sectores de la Secretar�a General dedicados a actividades que guarden relaci�n
con el desarrollo integral y sostenible del turismo.
4. Brindar apoyo t�cnico y
administrativo en la esfera de su competencia a conferencias, talleres y seminarios
hemisf�ricos y subregionales.
5. Formular, evaluar y ejecutar proyectos
selectivos de cooperaci�n t�cnica que sean compatibles con su idoneidad y sus recursos,
y promover acuerdos pr�cticos para lograr una cooperaci�n m�s fruct�fera entre los
sectores p�blico y privado.
6. Facilitar el intercambio de
informaci�n relacionado con el desarrollo integral y sostenible del turismo en la
regi�n, ofreciendo acceso a bases de datos y utilizando medios electr�nicos modernos
para suplementar los sistemas de informaci�n tradicionales.
7. Llevar a cabo estudios y an�lisis de
tendencias y perspectivas en el sector tur�stico, a fin de facilitar, una adaptaci�n
m�s r�pida de las pol�ticas nacionales y la formulaci�n de respuestas creativas a los
cambios r�pidos de la industria tur�stica, incluyendo medidas para facilitar el turismo,
metodolog�as para medir las corrientes tur�sticas, efectos ambientales del turismo, etc.
8. Colaborar y cooperar con otras
organizaciones internacionales, organizaciones de turismo subregionales, regionales e
internacionales, y organizaciones no gubernamentales que trabajen en su esfera de
competencia y con el sector privado.
9. Toda vez que un proyecto o programa
t�cnico concentrado primordialmente en el �rea de una de las unidades u oficinas de la
Secretar�a General (la "primera unidad") incluya un componente relacionado con
el �rea de otra unidad especializada en la materia de dicho componente (la "segunda
unidad"), la responsabilidad de la ejecuci�n de dicho componente recaer� en la
segunda unidad, en coordinaci�n con la primera unidad.
III. ESTRUCTURA B�SICA DE LA UNIDAD
1. La Unidad es una dependencia de la
Oficina del Secretario General. El jefe de la Unidad es su Director, que es directamente
responsable ante el Jefe de Gabinete del Secretario General.
2. El Director administra, coordina y
tiene la responsabilidad t�cnica por el trabajo realizado por la Unidad y el personal
asignado a ella. El Director es responsable de establecer, de conformidad con las normas
vigentes en materia de personal, programa-presupuesto y asuntos conexos, una estructura
interna que le permita a la Unidad funcionar en, forma responsable y adecuada para cumplir
con sus responsabilidades y mandatos.
IV. TRANSICI�N Y COORDINACI�N CON LA
UNIDAD DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE
1. Los funcionarios del antiguo
Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente que no hayan sido asignados a la
Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente o a otras dependencias de la Secretar�a
General son por este medio transferidos a la Unidad Intersectorial de Turismo.
2. La Unidad de Turismo se har� cargo de
todos los programas, proyectos y componentes de proyectos en curso, que guarden relaci�n
directa con el turismo y hasta el presente fueron responsabilidad del Departamento de
Desarrollo Regional y Medio Ambiente. A estos efectos, el concepto de turismo incluye las
actividades cuya viabilidad o justificaci�n depende del turismo nacional o extranjero.
3. La Unidad cooperara y coordinara sus
actividades con la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.
4. Por este medio se transfieren a la
Unidad de Turismo los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio
Ambiente en el programa-presupuesto 1996 relacionados con todo el personal y dem�s rubros
transferidos a dicha Unidad conforme a los p�rrafos IV.1 y IV.2 que anteceden. Asimismo,
todos los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente
relacionados con contratos, acuerdos y/o memorandos de entendimiento con instituciones
participantes, bajo los cuales el Departamento ha estado actuando como �rgano ejecutor de
la Secretar�a General para actividades financiadas con fuentes externas, excepto aquellos
fondos que, previa consulta con el Jefe de Gabinete del Secretario General, est�n
destinados a financiar programas, proyectos y otros componentes de proyectos relacionados
con el medio ambiente y otras actividades, son por este medio transferidos a la Unidad de
Turismo.
5. Cualquier controversia respecto a la
competencia de la Unidad Intersectorial de Turismo en relaci�n con otras dependencias de
la Secretar�a General ser� resuelta en forma definitiva por el Secretario General.
V. ENMIENDAS Y DEROGACIONES
La presente Orden Ejecutiva deroga y
reemplaza toda norma, reglamentaci�n y pr�ctica de la Secretar�a General en contrario.
VI. VIGENCIA
Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigor en
la fecha de su firma.
Fecha: 28 de junio de 1996
Original: Ingl�s
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