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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

ORDEN EJECUTIVA No. 77-2
ASUNTO: ALCANCE Y UTILIZACION DE ORDENES EJECUTIVAS Y MEMORANDA ADMINISTRATIVOS

 

I. Facultad legal: Los art�culos 115 y 121 de la Carta de la Organizaci�n de los Estados Americanos y los art�culos III (f), 95, 99 y 100 de las Normas Generales.

II. Disposiciones generales:

A. En la expedici�n, contenido y metodolog�a de las Ordenes Ejecutivas se cumplir�n las siguientes disposiciones:

1. La Orden Ejecutiva es el instrumento legal de que se vale el Secretario General de conformidad con la Carta y las Normas Generales, para aprobar sus decisiones sobre pol�ticas administrativas, estructura interna de la Secretar�a General y disposiciones y procedimientos para el eficaz aprovechamiento de todos los recursos administrados por la Secretar�a General. Este instrumento se utilizar� principalmente para formalizar decisiones importantes sobre pol�ticas generales que tome el Secretario General.

2. Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n �nicamente por la decisi�n del Secretario General y con su firma.

3. Las Ordenes Ejecutivas relacionadas con cambios de la estructura interna de la Secretar�a General o de los reglamentos y procedimientos internos se expedir�n, en todos los casos que corresponda, como agregados o enmiendas a otras Ordenes Ejecutivas, al Reglamento de Personal, al Reglamento Presupuestario y Financiero o al Sistema Uniforme de Contrataciones; o bien como enmiendas a los respectivos manuales de la Secretar�a General. Las Ordenes Ejecutivas se considerar�n como el texto b�sico de los respectivos manuales hasta que cada uno de �stos se encuentre en plena vigencia.

4. Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel azul y, en cada a�o, se numerar�n consecutivamente (1977-1, 1977-2, etc; 1978-2, etc.)

5. Las Ordenes Ejecutivas se ajustar�n al modelo que se acompa�a como Anexo A a esta Orden Ejecutiva.

6. Las Ordenes Ejecutivas entrar�n en vigor en la fecha en que sean firmadas, a menos que se disponga otra cosa.

7. Una nueva Orden Ejecutiva anular� o modificar� las Ordenes Ejecutivas, Memoranda Administrativos o decisiones anteriores con las que estuviere en conflicto. Asimismo, la nueva Orden Ejecutiva deber� contener referencia espec�fica a las anteriores Ordenes Ejecutivas, Memoranda Administrativos o decisiones, y/o sus partes, que queden anuladas o modificadas por aqu�lla.

8. Las Ordenes Ejecutivas ser�n modificadas �nicamente por la expedici�n de otra Orden Ejecutiva.

B. En la expedici�n, contenido y metodolog�a de los Memoranda Administrativos se cumplir�n las siguientes disposiciones:

1. El Memor�ndum Administrativo es el instrumento de gerencia empleado por la Secretar�a General para comunicar disposiciones y procedimientos que no formulen pol�ticas generales y que, por tanto, no justifiquen la emisi�n de una Orden Ejecutiva; o que no efect�en cambios en la estructura interna b�sica de la Secretar�a General. El Memor�ndum Administrativo se utilizar�, por lo general, para comunicar decisiones que instrumenten las pol�ticas generales aprobadas por las Ordenes Ejecutivas y para establecer o cambiar los procedimientos administrativos internos.

2. Los Memoranda Administrativos se expedir�n, en nombre del Secretario General, por el Subsecretario de Administraci�n, luego de cumplirse los procedimientos establecidos en el Anexo C de esta Orden Ejecutiva.

3. Los Memoranda Administrativos se expedir�n simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel verde, y se numerar�n consecutivamente, sin atenerse al a�o en que se expidan.

4. Los Memoranda Administrativos se ajustar�n al modelo que se acompa�a como Anexo B de esta Orden Ejecutiva.

5. Los Memoranda Administrativos podr�n enmendarse o anularse �nicamente por Orden Ejecutiva o por otro Memor�ndum Administrativo. Los Memoranda Administrativos anteriores quedar�n anulados o enmendados en el todo o en sus partes cuando est�n en conflicto con un nuevo Memor�ndum Administrativo y Orden Ejecutiva. En estos se har� referencia espec�fica a la decisi�n anterior o a la parte de ella que quede anulada o enmendada.

6. Los Memoranda Administrativos entrar�n en vigencia en la fecha, en que se firmen, a menos que se especifique otra fecha.

C. Los procedimientos para la preparaci�n y consideraci�n de las Ordenes Ejecutivas y los Memoranda Administrativos se presentan en el Anexo C de esta Orden.

D. Los Anexos de una Orden Ejecutiva o Memor�ndum Administrativo, expresamente citados en ellas, se considerar�n como parte integrante de �stos y tendr�n igual vigencia que la propia Orden Ejecutiva o Memor�ndum Administrativo.

III. Anulaci�n o enmienda de decisiones anteriores: Esta Orden Ejecutiva anula la Orden Ejecutiva 59-1 del Secretario General del 9 de marzo de 1957 titulada "Disposiciones Administrativas", el Memor�ndum del Secretario General de fecha 3 de abril de 1968, titulado "Memoranda Administrativos" y cualquier otra disposici�n que est� en conflicto con la presente.

IV. Vigencia: Esta Orden entrar� en vigencia a partir del 1 de julio de 1977.

APROBADO:

 

 

Alejandro Orfila
Secretario General

 

 Fecha: 28 de junio de 1977

 

Anexo A
a la Orden Ejecutiva No. 77-2

Modelo de Orden Ejecutiva

 

 SECRETARIA GENERAL

Orden Ejecutiva No.______

ASUNTO:

I. Facultad legal: (En esta secci�n se citar�n las disposiciones que autoricen la expedici�n de esta decisi�n. Cuando exista una decisi�n espec�fica de la Asamblea General o de los Consejos, la cita incluir� el n�mero y t�tulo de la resoluci�n y el n�mero del p�rrafo resolutivo pertinente. Si la decisi�n se funda en las responsabilidades generales que la Carta le asigna al Secretario General, se citar� la parte pertinente del art�culo 115 de la Carta, o correspondiente art�culo de la Carta o de las Normas Generales. Se debe utilizar el texto que sigue)

El Secretario General, en ejercicio de las facultades que le acuerda la Carta, art�culo... (o la resoluci�n AG/RES... etc.)

ORDENA

II. (En esta secci�n aparecer� el texto de la Orden Ejecutiva). (En el caso de Ordenes Ejecutivas a que se refiere la secci�n II A. 3 de esta Orden Ejecutiva, el texto ser� el que sigue):

Los cambios en ( a )

seg�n se indica en el anexo de esta Orden entrar�n en vigencia en la fecha que se indica m�s abajo.

(En el anexo se debe transcribir la p�gina modificada de la Orden Ejecutiva, Memor�ndum Administrativo, Reglamento o manual pertinente, con el nuevo texto aprobado y se har� constar, al pie de la p�gina, el n�mero y fecha de la nueva Orden Ejecutiva. En caso de que la modificaci�n extienda el texto a m�s de una p�gina, la p�gina o p�ginas siguientes se numerar�n con el n�mero de la p�gina original seguido de una letra min�scula; por ejemplo, 3a, 3b, 3c, etc. En tales casos, la primera p�gina de la modificaci�n indicar� el n�mero de p�ginas de la enmienda).

III. Anulaci�n o enmienda de decisiones anteriores: (En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas que se anulen o enmienden por la pertinente Orden Ejecutiva).

IV. Vigencia: (En esta secci�n se indicar� la fecha en que entrar� en vigencia la Orden Ejecutiva. Debajo y a la derecha, aparecer� lo que sigue).

APROBADO:

 

  Alejandro Orfila
Secretario General

 

Fecha:

 

Anexo B
a la Orden Ejecutiva No. 77-2

Modelo de Memor�ndum Administrativo

 

 SECRETARIA GENERAL

Memor�ndum Administrativo No. ______

ASUNTO:

I. Por decisi�n del Secretario General, entrar�n en vigencia las siguientes disposiciones.

II. (En esta secci�n aparecer� el texto de la decisi�n cuyos p�rrafos y subp�rrafos ser�n identificados por letras o n�meros. Aun cuando los Memoranda Administrativos no pueden modificar el Reglamento de Personal, el Reglamento Presupuestario y Financiero, el Sistema Uniforme de Contrataciones o los manuales, en caso de que la decisi�n afecte un procedimiento incluido en un manual, la sustituci�n o enmienda se incluir� como anexo al Memor�ndum en forma de p�gina sustitutiva, siguiendo el mismo procedimiento indicado en el Anexo A para las Ordenes Ejecutivas).

III. Anulaci�n o enmienda de decisiones anteriores: (En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas y/o sus partes que queden anuladas o enmendadas por la presente Orden Ejecutiva).

IV. Vigencia: (En esta secci�n se indicar� la fecha en la cual entrar� en vigencia el Memor�ndum Administrativo. Debajo y a la derecha, aparecer� lo que sigue).

POR ORDEN DEL SECRETARIO GENERAL

 

Subsecretario de Administraci�n

Fecha:

 

Anexo C
A la Orden Ejecutiva No. 77-2

Procedimiento para la Preparaci�n y Consideraci�n de Ordenes Ejecutivas y Memoranda Administrativos

PROCEDIMIENTOS

I. Ordenes Ejecutivas

A. Origen y responsables de su preparaci�n. Las Ordenes Ejecutivas pueden originarse tanto en la Oficina del Secretario General como en las del Secretario General Adjunto, Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios. Cuando no se originen en la Oficina del Secretario General, antes de su presentaci�n a �ste deber�n seguirse todos los procedimientos establecidos en la presente Orden Ejecutiva, de cuyo cumplimiento ser�n individualmente responsables.

B. Preparaci�n del proyecto de Orden Ejecutiva y consultas. Las Ordenes Ejecutivas se redactar�n en ingl�s y en espa�ol bajo la supervisi�n de los funcionarios arriba mencionados. Cada proponente tendr� la responsabilidad de consular las dem�s �reas de la Secretar�a General y de preparar la informaci�n indicada en estos procedimientos. Una vez redactado el proyecto, su proponente lo har� circular a cada una de las dem�s �reas de la Secretar�a General y al Departamento de Asuntos Jur�dicos.

C. Presentaci�n del proyecto de Orden Ejecutiva al Secretario General. El proponente, al concluir las consultas indicadas anteriormente, preparar� el proyecto de Orden Ejecutiva para la consideraci�n del Secretario General en forma de legajo ("dossier") que incluya lo siguiente:

Anexo a. Descripci�n de la propuesta y su justificaci�n, as� como citas de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General o de los Consejos.

Anexo a-1 Resumen de los puntos de vista de otras �reas de la Secretar�a.

Anexo a-2 Texto de la o las resoluciones de la Asamblea General o los Consejos.

Anexo a-3 Opini�n del Departamento de Asuntos Jur�dicos

Anexo a-4 An�lisis Presupuestario: (Si la propuesta no tiene implicaciones presupuestarias o si no afecta el programa-presupuesto aprobado por la Asamblea General, este anexo s�lo contendr� una indicaci�n en tal sentido. En caso contrario, se incluir� un an�lisis presupuestario -preparado en consulta con la Oficina de Programa y Presupuesto- con la proyecci�n de costos futuros y la fuente para obtener cualquier recurso adicional requerido.)

Anexo a-5 An�lisis de personal. (Si la propuesta no tiene implicaciones de personal o si no afecta al n�mero y/o destino/funci�n de los miembros de personal reflejado en el programa-presupuesto aprobado por la Asamblea General, este anexo s�lo contendr� una indicaci�n en tal sentido. En caso contrario, se incluir� un an�lisis que refleje las implicaciones de la propuesta en cuanto al personal, incluso la descripci�n del n�mero y la clase de los miembros del personal que afecta y cualesquiera cambios consiguientes en su destino/funci�n.

Anexo b. Proyecto de Orden Ejecutiva

D. Consideraci�n por el Secretario General. Luego del an�lisis del legajo ("dossier") por el funcionario correspondiente de su oficina, el Secretario General podr� aprobar o rechazar la propuesta; devolverla al proponente para que la modifique o para que proporcione informaci�n adicional; o bien, optar por presentarla con el pertinente legajo ("dossier") a la consideraci�n de la Junta Ejecutiva.

E. Publicaci�n y distribuci�n. Una vez firmada la Orden Ejecutiva por el Secretario General, el Subsecretario de Administraci�n ser� el responsable de su publicaci�n y distribuci�n.

II. Memoranda Administrativos

A. Origen y responsable de su preparaci�n. El Subsecretario de Administraci�n est� autorizado para proponer Memoranda Administrativos, a la consideraci�n del Secretario General. Las dem�s �reas de la Secretar�a General que deseen presentar tales propuestas deber�n enviarlas al Subsecretario de Administraci�n, quien se encargar� de la preparaci�n del proyecto conforme a los tr�mites indicados en las secciones I, B y I, C.

B. Consultas. S�lo se celebrar�n consultas con las �reas directamente afectadas por el asunto de que trate el Memor�ndum propuesto y, si correspondiere, con el Departamento de Asuntos Jur�dicos.

C. Consideraci�n por el Secretario General. El Subsecretario de Administraci�n presentar� las propuestas al Secretario General junto con un memor�ndum en que aparecer� un espacio para que �ste indique su aprobaci�n. El legajo ("dossier") presentado a la consideraci�n del Secretario General, adem�s de la descripci�n y justificaci�n de la propuesta, comprender� �nicamente los anexos que sean pertinentes. Luego de analizar la propuesta, el Secretario General indicar� si est� de acuerdo con ella, o bien la devolver� al Subsecretario de Administraci�n para que sea modificada o para que proporcione informaci�n adicional.

D. Publicaci�n y distribuci�n. Una vez que el Secretario General haya dado su aprobaci�n por escrito, el Subsecretario de Administraci�n firmar� el Memor�ndum Administrativo seg�n lo dispone el Anexo B de esta Orden Ejecutiva y lo publicar� y distribuir�.