Resoluciones Asamblea General


OEA/Ser.P
AG/RES. 1818 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: español

RESOLUCIÓN

"DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS" APOYO A LAS TAREAS QUE DESARROLLAN LAS PERSONAS, GRUPOS Y ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA LA PROMOCIÓN Y
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS

(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001) 

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO la resolución AG/RES. 1711 (XXX-O/00) sobre "Defensores de los Derechos Humanos en las Américas", que encomienda al Consejo Permanente que, en el marco del diálogo sobre el funcionamiento del sistema interamericano de derechos humanos para su fortalecimiento y perfeccionamiento, promueva el análisis del tema, y que presente un informe sobre su cumplimiento;

CONSIDERANDO:

Que en el marco del diálogo sobre el funcionamiento del sistema, y en cumplimiento con el mandato contenido en el punto resolutivo 3 de la resolución AG/RES. 1711, en fecha 28 de febrero de 2001 se llevó a cabo una sesión de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente donde se consideró el tema y se verificó un constructivo diálogo con la participación de representantes de diferentes organizaciones no gubernamentales de derechos humanos regionales y nacionales de los Estados Miembros;

Que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en sus últimos informes anuales ha señalado su grave preocupación sobre la situación de los defensores en la región y recomendó a los Estados Miembros a que, conforme con el compromiso colectivo expresado en las resoluciones AG/RES. 1671 (XXIX-O/99)" y AG/RES. 1711 (XXX-O/00), adopten las medidas necesarias para proteger la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de quienes han asumido la tarea de trabajar por el respeto de los derechos fundamentales;

TENIENDO PRESENTE la práctica de la CIDH en ésta materia y las medidas adoptadas por la misma para la protección de los derechos fundamentales de los defensores;

RECORDANDO:

Que en la Segunda Cumbre de las Américas, celebrada en Santiago, Chile, los Jefes de Estado y de Gobierno expresaron que "el respeto y promoción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los individuos constituye una preocupación primordial para nuestros gobiernos" y que en la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en Quebec, Canadá, ratificaron que "buscarán promover e instrumentar la Declaración de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos";

Que la Asamblea General de la Organización se ha pronunciado en el mismo sentido sobre esta materia reiterando a los Estados Miembros para que otorguen las garantías y facilidades necesarias a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos a fin de que puedan continuar contribuyendo a la promoción y defensa de los derechos humanos y respeten la libertad e integridad de los miembros de tales organizaciones;

RECONOCIENDO la importante tarea que desarrollan, en el plano nacional y regional, los defensores de los derechos humanos en las Américas, y su valiosa contribución para la protección y promoción de los derechos y libertades fundamentales;

PREOCUPADA de que en las Américas persistan actos que, directa o indirectamente, impiden o dificultan las tareas de las personas, grupos u organizaciones que trabajan en la protección y promoción de los derechos fundamentales; y

CONSCIENTE de la necesidad de promover la observancia de los propósitos, principios y normas fundamentales enunciados en los instrumentos del sistema interamericano e internacional sobre esta materia,

RESUELVE:

  1. Reiterar su respaldo a la tarea que desarrollan, en el plano nacional y regional, los defensores de los derechos humanos y reconocer su valiosa contribución en la protección, promoción y respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales en el Hemisferio.
  2. Condenar los actos que directa o indirectamente impiden o dificulten las tareas que desarrollan los defensores de los derechos humanos en las Américas.
  3. Exhortar a los Estados Miembros a que intensifiquen los esfuerzos para la adopción de las medidas necesarias para garantizar la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los mismos, de acuerdo con su legislación nacional y de conformidad con los principios y normas reconocidos internacionalmente.
  4. Invitar a los Estados Miembros a que promuevan la difusión y aplicación de los instrumentos del sistema interamericano y las decisiones de sus órganos en ésta materia, así como de la Declaración de las Naciones Unidas sobre "el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas".
  5. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe prestando la debida atención a la situación de los defensores de los derechos humanos en las Américas y que considere la elaboración de un estudio integral sobre la materia que, entre otros aspectos, caracterice sus labores para su análisis en las instancias políticas pertinentes.
  6. Instruir al Consejo Permanente que de seguimiento a la presente resolución y presente a la Asamblea General un informe sobre su cumplimiento en ocasión de su trigésimo segundo período ordinario de sesiones.