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Protocolo de modificaciones al Convenio Interamericano sobre Permiso Internacional de Radioaficionado (IARP)

  • 6 septiembre 2021

En el trigésimo tercer período ordinario de la Asamblea General de la OEA, a través de la Resolución AG/RES.1947 (XXXIII-O/03) se adoptó el Protocolo de modificaciones al Convenio Interamericano sobre el Permiso Internacional de Radioaficionado diseñado para otorgar a los titulares de licencias de radioaficionado de los países miembros de la Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) que han aplicado la Recomendación “Licencia de radioaficionado CEPT” (T/R 61-01) los mismos derechos y privilegios que se conceden a los titulares del IARP de los Estados Miembros de la CITEL que pasen a ser Estados partes del Protocolo, sujetándose a la extensión por parte de la CEPT a los titulares del IARP los mismos privilegios y exenciones concedidos a los titulares de licencias de radioaficionado CEPT de los Estados Miembros de la CEPT que han aplicado la referida Recomendación.

Este nuevo procedimiento reducirá el trabajo de los países y por lo tanto los costos involucrados y será de importancia primordial, en particular, en los casos de situación de emergencia. El depositario es la Secretaría General de la OEA para RA, AC y AD.

Países Signatarios Fecha de Firma
(dd/mm/aaaa)
RA/AC/AD
(dd/mm/aaaa)
Fecha de Depósito del Instrumento
(dd/mm/aaaa)
El Salvador 21/07/2010 - 15/09/2010
Panamá 21/11/2006 RA - 21/11/2006

Este Protocolo entró en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que los dos Estados pasaron a ser Partes del mismo.

Se insta a los Estados Miembros a la firma del Convenio y del Protocolo de modificaciones teniendo en cuenta la importancia de este método de comunicación en las situaciones de desastre.

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