F. Personas en situación particular de vulnerabilidad: En relación a las personas privadas de libertad: 50. Corregir la excesiva aplicación de la prisión preventiva, y aplicarla excepcionalmente, haciendo uso de otras medidas cautelares no privativas de la libertad. En este marco, garantizar la inmediata puesta a disposición del juez de las personas detenidas, a fin de restringir la detención sin orden judicial en los casos de presunta flagrancia y flagrancia equiparada.
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2015
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Personas Privadas de Libertad
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Condiciones de Detención
Derecho a la Libertad Personal
Garantías Judiciales
Prisión Preventiva
Protección Judicial
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México
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Fortalecimiento Institucional
Legislación/Normativa
Políticas Públicas
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Cumplimiento Pendiente