F. Personas en situación particular de vulnerabilidad: En relación con pueblos indígenas y graves violaciones a derechos humanos: 47. Adoptar medidas para que se utilice una perspectiva culturalmente adecuada y se tome en cuenta el carácter colectivo de las comunidades y pueblos indígenas, cuando éstos o sus integrantes sean víctimas de violaciones a derechos humanos.
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2015
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Pueblos Indígenas y Tribales
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Igualdad y No Discriminación
Propiedad Colectiva sobre Tierras, Territorios y Recursos Naturales
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México
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Fortalecimiento Institucional
Legislación/Normativa
Políticas Públicas
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Cumplimiento Parcial Sustancial