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Actualmente, existe una propuesta de Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, que ya ha sido aprobada por la Cámara de Diputados y se encuentra en consideración del Senado de la República. Este proyecto de ley fue elaborado con la participación de múltiples actores y tiene en cuenta los Principios Rectores del Desplazamiento Interno, lo que refleja un compromiso significativo para avanzar en la protección de los derechos de las personas desplazadas en el país.
Sin embargo, también se están llevando a cabo acciones legislativas para la protección de los derechos de las personas desplazadas internas a nivel estatal. Por ejemplo, en Chiapas, se ha implementado la Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Interno, que establece un marco conceptual que garantiza los derechos de las personas obligadas a abandonar su lugar de residencia habitual por diversas causas. Esta ley define lo que se considera una persona desplazada internamente y establece los derechos correspondientes, además de mandar la creación del Programa Estatal para la Prevención y Atención del Desplazamiento Interno y la coordinación interinstitucional a través del Consejo Estatal de Atención Integral al Desplazamiento Interno.
Por su parte, Guerrero aprobó en 2014 la Ley Número 487 para prevenir y atender el desplazamiento interno, que tiene como objetivo establecer las bases para la prevención, protección, ayuda y asistencia de las personas desplazadas. Esta ley resalta la importancia de considerar las necesidades específicas de las poblaciones indígenas y de mejorar la situación de grupos vulnerables como mujeres, menores, ancianos y personas con discapacidades, atendiendo sus necesidades particulares en salud, seguridad, trabajo y educación.
En Michoacán, se aprobó en 2023 la Ley para la Prevención, Acompañamiento, Seguimiento y Atención del Desplazamiento Forzado Interno, que establece un marco normativo para la atención de las víctimas de desplazamiento forzado interno. Esta ley crea el Programa Estatal para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno y el Consejo Estatal de Atención Integral al Desplazamiento Forzado Interno, encargado del Registro Estatal de Personas Desplazadas.