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Informes de Recomendaciones : Estado Miembro

Informes de País

Situación de Derechos Humanos en México
Estado Miembro

México

Institución Responsable

Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Suprema Corte de Justicia de la Nación

Fecha de Envío

Septiembre 15, 2023


Política Pública / Programa / Plan / Proyecto / Ley

Expediente de Recepción de sentencias de tribunales internacionales 3/2023 Acción de Inconstitucionalidad 61/2022


Indicadores

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Documento Principal

Actualmente la SCJN se encuentra en proceso de tramitación del Expediente de Recepción de sentencias de tribunales internacionales 3/2023 el cual abordará los efectos y alcances que tiene la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Daniel García y otro Vs. México en el que se establecieron criterios y obligaciones con relación a la prisión preventiva oficiosa. Por otro lado, en el periodo de reporte, la SCJN ha reafirmado su doctrina constitucional en torno a la invalidez de normas locales que pretenden regular la prisión preventiva oficiosa, los requisitos para el otorgamiento de los sustitutivos de la pena y de los beneficios preliberacionales en delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, así como de su relación con el principio de reinserción social. Precisamente en la Acción de Inconstitucionalidad 61/2022, se impugnó la validez constitucional de una porción normativa del artículo 8 del Código Penal para el Estado de Colima que preveía los supuestos por los que procede imponer prisión preventiva oficiosa, al considerar que el Congreso local excedió su esfera competencial al pretender legislar aspectos puramente de procedimiento penal. La SCJN reiteró los criterios establecidos en precedentes semejantes y consideró que las facultades para regular aspectos procedimentales en materia penal es una facultad exclusiva del Congreso de la Unión contemplada en el artículo 73, fracción XXI, inciso c). Así, determinó la invalidez de la porción normativa impugnada y precisó los efectos de tal declaración. El Gobierno Federal, a través de la SSPC, propuso al Gobierno del Estado de México (EDOMEX) el traslado de personas privadas de la libertad internadas en sus centros penitenciarios que requieren medidas especiales de vigilancia a un centro penitenciario federal con la finalidad de establecer una línea de colaboración en materia penitenciaria y así apoyar la gobernabilidad, la seguridad y la estabilidad de los centros penitenciarios de dicho estado. Asimismo, el EDOMEX ha colaborado con las autoridades judiciales federales para proporcionar informes de la situación jurídica de las personas privadas de la libertad, con la finalidad de que se les conceda el beneficio de libertad anticipada, lo cual contribuye a reducir la sobrepoblación de los centros penitenciarios


Principales Desafíos Asociados con el Cumplimiento

Avanzar en el uso de otras medidas cautelares no privativas de la libertad.


Resumen

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Éxito
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Error
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