Honduras
Instituto Nacional Penitenciario
Febrero 18, 2022
Ley del Sistema Penitenciario de Honduras Ley del Trabajo para las Personas Privadas de Libertad
En actualización al reporte de 2021 y en cuanto al régimen del aislamiento se informa lo siguiente: 1. El reglamento del régimen disciplinario determina las faltas y sus sanciones correspondientes; con las acciones establecidas en la Ley del Sistema Penitenciario; y como la forma en que el director o directora de cada establecimiento penitenciario debe de imponerla y el procedimiento a seguir en el caso de la Persona Privada de Libertad que hayan cometido alguna falta grave estipulada el artículo 56 numeral 9 de la Ley del Sistema Penitenciario, que se le pueden imponer sanciones por la comisión de faltas disciplinarias: aislamiento en celdas destinadas para tal fin, dentro del Centro Penitenciario o en su defecto a las de otros Centro que cuente con las mismas; 2. Las sanciones disciplinarias son impuestas mediante un procedimiento que garantiza a la persona interna su derecho a ser informada de la falta que se le imputa y hacer oída en lo que alegue su defensa; y, 3. Según el artículo 9 de esta ley Las condiciones por las cuales se desarrolla este régimen especial de permanencia para las Personas Privadas de Libertad de alta peligrosidad y agresividad en los establecimientos penitenciarios del país. En lo que respecta a la Ley del Trabajo para PPL, esta continúa vigente. Asimismo se informa que se aperturó la Unidad Coordinadora de trabajo en el mes de abril del 2020, la cual tiene como finalidad el organizar y ejecutar el trabajo que deben realizar las PPL como parte de los procesos de rehabilitación, readaptación social y terapia ocupacional, sin hacer diferencias de trato fundadas en perjuicios y estigmas. A través de la Unidad Coordinadora de trabajo se han recopilado los diferentes instrumentos legales nacionales e internacionales para consolidar un instrumento interno del Instituto Nacional Penitenciario donde se reglamenten todo lo relacionado con el trabajo penitenciario, este instrumento se encuentra en etapa de elaboración.
Continuar aplicando el régimen de aislamiento de manera excepcional y como último recurso.
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