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2003
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El 21 de octubre de 2020, la Asamblea General de la OEA aprobó la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre acceso a la información. En dicha instancia, la Asamblea General resolvió:

1. Instar a los gobiernos de la región, a apoyar a los órganos especializados del acceso a la información y la transparencia y a consolidar las políticas públicas que fomentan la democracia participativa mediante el ejercicio eficaz de este derecho ciudadano.

2. Instar a los gobiernos nacionales de la región a trabajar en conjunto con los gobiernos locales a fin de que los principios básicos que dan contenido al derecho de acceso a la información pública sean uniformes en todo el territorio, más allá de donde el derecho sea ejercido, sin que ello implique una vulneración a las autonomías locales (provinciales, estaduales o municipales) dado que el acceso a la información pública es un derecho humano tal como lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

3. Instar a los gobiernos de la región a que, si bien se tiene la necesidad de tomar medidas para contener la actual emergencia sanitaria, debe considerarse el carácter del derecho humano que reviste el acceso a la información pública, a fin de que no se implementen medidas que en la práctica anulen absolutamente el ejercicio de este derecho, sino que atendiendo al interés y orden público, se promuevan acciones de transparencia en materia de acceso a información pública durante la emergencia sanitaria y en particular aquellas que estén relacionadas con la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) y la protección de otros derechos como son los vinculados a la salud, trabajo, educación, entre otros.

4. Aprobar la Ley Modelo Interamericana 2.0 sobre Acceso a la Información Pública y solicitar al Comité Jurídico Interamericano y al Departamento de Derecho Internacional, en su calidad de Secretaría Técnica de dicho Órgano, que le dé a la Ley Modelo 2.0 la mayor difusión entre los diversos actores interesados y continúe apoyando los esfuerzos de los Estados miembros que así lo soliciten en la adopción o adecuación apropiada de legislación que garantice el acceso a la información pública, tomando como referencia la Ley Modelo 2.0.

La aprobación de esta Ley Modelo 2.0 fue un punto clave de un camino iniciado en 2003, cuando la Asamblea General empezó a aprobar resoluciones sobre el Acceso a la Información Pública, las que han determinado el marco político y jurídico dentro del cual se han producido desarrollos posteriores. En 2008, el Comité Jurídico Interamericano aprobó los Principios sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública y en 2010 el Departamento de Derecho Internacional presentó a la Asamblea General una propuesta de Ley Modelo Interamericana que a lo largo de una década ha servido como referente para los procesos de reforma legal e institucional emprendidos en numerosos países de la región.

Con el propósito de coadyuvar con una mejor implementación de la Ley Modelo, en 2016 la Asamblea General adoptó el Programa Interamericano sobre Acceso a la Información Pública.

En 2017, la Asamblea General encomendó al Departamento de Derecho Internacional que mediante un amplio proceso de consultas identificara las áreas en las que la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública de 2010 podría ser ampliada o actualizada, y que remitiera un proyecto de Ley Modelo 2.0 al Comité Jurídico Interamericano (CJI) para su consideración. Luego de analizar y aprobar dicho proyecto, el CJI lo remitió la Propuesta de Ley Modelo Interamericana 2.0 a los órganos políticos de la Organización en marzo de 2020, que resultó aprobada en octubre de 2020.



INTEGRAR A ESTE TEXTO:

En el año 2017, la Asamblea General solicitó al Departamento de Derecho Internacional (DDI) que “en consulta con los puntos focales del Programa Interamericano sobre Acceso a la Información Pública, y tomando en cuenta las contribuciones de la sociedad civil, identifique las áreas temáticas en las que se estima necesario la actualización o ampliación de la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública, y remita los resultados al Comité Jurídico Interamericano (CJI) para su desarrollo”.

El proceso de consultas desarrollado por el DDI, que incorporó una perspectiva de género desde sus primeras etapas, concluyó en junio de 2019. En julio de ese mismo año, el DDI en su carácter de Secretaría Técnica del CJI, sometió a la consideración de dicho órgano un anteproyecto de Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública 2.0.

El CJI consideró dicho anteproyecto en sus períodos ordinarios de sesiones de agosto de 2019 y marzo de 2020 y posteriormente aprobó la Propuesta de Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública 2.0, misma que fue aprobada por la Asamblea General de la OEA el 21 de octubre de 2020.



Objetivos
  • Apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos por garantizar el ejercicio del derecho al acceso a la información pública por parte de la ciudadanía
  • Ofrecer leyes modelo actualizadas periódicamente
  • Apoyar a los Estados miembros en la implementación efectiva y eficiente de sus leyes de acceso a la información


Actividades
  • Implementar el Programa Interamericano sobre Acceso a la Información Pública.
  • Crear borradores de Leyes Modelo en la materia y presentarlos al CJI y los órganos políticos para su consideración.



(VER SI ESTE TEXTO ABAJO SE INTEGRA EN ACTIVIDADES O SE HACE UN RESUMEN EN DESCRIPCIÓN)

Programa Interamericano sobre Acceso a la Información Pública

El Programa Interamericano Sobre Acceso a la Información Pública, aprobado por la Asamblea General de la OEA el 14 de junio de 2016, reconoce el papel imprescindible de los instrumentos internacionales en la promoción y protección del acceso a la información pública, así como el rol fundamental del acceso a la información pública en el proceso electoral y democrático, en la gobernabilidad del Estado, en la transparencia y combate a la corrupción, en la protección y promoción de los derechos humanos, y, en particular,, los derechos de libertad de pensamiento, de expresión y de prensa.


Se releva también el principio de máxima publicidad como consustancial al acceso a la información pública; y se reafirma la importancia que tiene la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública en la promoción del acceso a la información pública.


El Programa identifica acciones concretas que deberían desarrollar tanto los Estados Miembros de la Organización y la Secretaría General de la OEA como la sociedad civil y otros actores sociales, entre ellas, la coordinación por parte del Departamento de Derecho Internacional (DDI) de las acciones que lleven a su plena implementación. En este sentido, la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) del Consejo Permanente celebra sesiones anuales en las que los Estados Miembros presentan informes voluntarios de avance en la implementación del Programa e intercambian experiencias, además de escuchar el informe del DDI.

Más Resultados
Resultados
Elaboración de la Ley Modelo 2.0 de Acceso a la Información Pública
Países Beneficiarios
Antigua y Barbuda
Antigua y Barbuda
Argentina
Argentina
Barbados
Barbados
Belize
Belize
Bolivia
Bolivia
Brasil
Brasil
Canadá
Canadá
Chile
Chile
Colombia
Colombia
Costa Rica
Costa Rica
Bandera de Cuba
Cuba
Dominica
Dominica
Ecuador
Ecuador
El Salvador
El Salvador
Estados Unidos de América
Estados Unidos de América
Grenada
Grenada
Guatemala
Guatemala
Guyana
Guyana
Haití
Haití
Honduras
Honduras
Jamaica
Jamaica
Las Bahamas
Las Bahamas
México
México
Nicaragua
Nicaragua
Panamá
Panamá
Paraguay
Paraguay
Perú
Perú
República Dominicana
República Dominicana
Saint Kitts y Nevis
Saint Kitts y Nevis
San Vicente y las Granadinas
San Vicente y las Granadinas
Santa Lucía
Santa Lucía
Suriname
Suriname
Trinidad y Tobago
Trinidad y Tobago
Uruguay
Uruguay
Venezuela
Venezuela
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Equipo
Dante Negro
Director
Recursos
Resolución del Comité Jurídico Interamericano, Agosto 2008