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Noviembre 2021

Novedades en el derecho internacional privado


La Asamblea General, reunida en su quincuagésimo primer período ordinario de sesiones del 10 al 12 de noviembre, aprobó una resolución en la que, por primera vez, se incluye una sección dedicada al derecho internacional privado (DIPr), lo cual muestra la creciente importancia del tema para los Estados Miembros de la OEA (AG/doc.5730/21, “Derecho internacional”, sección ii). En dicha resolución se solicita a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos que explore estrategias para que la OEA reemprenda sus actividades en materia de codificación y desarrollo progresivo del DIPr. En ella se solicita también que el Departamento de Derecho Internacional (DDI) continúe promoviendo una mayor difusión de los instrumentos relativos a esta temática, que organice reuniones conjuntas con las áreas especializadas en DIPr en los Estados Miembros, que siga trabajando en cooperación con otros organismos internacionales activos en la materia, y que los Estados parte en las diversas convenciones interamericanas mantengan al día la información sobre las autoridades centrales designadas con arreglo a dichas convenciones.

Por otro lado, los días 4 y 5 de noviembre, el DDI y la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP) patrocinaron las XIV Jornadas de la ASADIP, que este año se llevaron a cabo en formato virtual y que fueron dedicadas al tema “Derecho internacional privado y tecnologías modernas”. Este evento anual es el foro regional preeminente sobre DIPr, el cual no se había celebrado en 2020 debido a la pandemia. La sesión inaugural de las Jornadas brindó la oportunidad de conocer, en términos generales, los desafíos que plantea la transformación digital. El tema fue explorado en mayor profundidad en cinco paneles en los que participaron 35 expertos. En las presentaciones de esos expertos se hizo un análisis de las nuevas tecnologías y su relación con el DIPr, particularmente en datos y el conflicto regulatorio; las implicaciones para los elementos de vinculación tradicionales en DIPr; la inteligencia artificial, blockchain y los contratos inteligentes; la resolución de controversias transnacionales y cooperación jurídica internacional. El DDI participó en un panel especial al lado de representantes de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) y de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado. En dicho panel se abordaron los impactos de la tecnología en la codificación del DIPr. El Comité Jurídico Interamericano tomará en consideración algunos elementos que surgieron a lo largo de estas presentaciones para incluirlos en el tema de su agenda de trabajo relativo a “las nuevas tecnologías y su relevancia para la cooperación jurídica”. Para aquellas personas que estén interesadas en las Jornadas, en su debido momento se publicará una grabación en el sitio web de la ASADIP.

En fecha reciente, Ucrania depositó instrumentos de adhesión a la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias (adoptada el 15 de julio de 1989 en la CIDIP-IV) y a la Convención Interamericana sobre Pruebas e Información acerca del Derecho Extranjero (adoptada el 8 de mayo de 1979 en la CIDIP-II). Los detalles a este respecto se encuentran en el sitio web del DDI: [tabla de resumen].

El 26 de septiembre, el DDI y el Kozolchyk National Law Center copatrocinaron un seminario web sobre “Financiamiento del comercio transfronterizo” en el que se consideraron instrumentos relevantes de la OEA y de la CNUDMI, en particular, la Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias, la Convención de las Naciones Unidas sobre Garantías Independientes y Cartas de Crédito Contingente y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Cesión de Créditos en el Comercio Internacional. Si bien las leyes modelo de la OEA y de la CNUDMI sientan las bases para un “cambio de paradigma” hacia los préstamos basados en activos, estas dos convenciones forman parte del paquete de reformas legislativas que pueden mejorar aún más los préstamos garantizados y, en particular, el financiamiento de operaciones comerciales. Los Estados tienen la opción de implementar la ley modelo y luego agregar más normas financieras especializadas, o bien pueden crear sus regímenes poco a poco ratificando primero las convenciones. En el seminario web se destacaron las características fundamentales de ambas convenciones y se explicó la forma en que su implementación podría contribuir a mejorar los marcos comerciales en la región. Las personas interesadas en la grabación del seminario web pueden ponerse en contacto con [email protected].

» Para visitar la página del Departamento de Derecho Internacional sobre Derecho Internacional Privado, haga click aquí.

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