Guía de Estrategias y Mecanismos para la Gestión Pública Efectiva (GEMGPE) - Mexico




Presupuesto Público

Todos los años el Presidente de la República, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), presenta y explica ante el Congreso de la Unión las iniciativas relativas al presupuesto que son: a) la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, y b) la iniciativa de Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación

Estos proyectos de ley presupuestarios se someten a la aprobación de los representantes de la nación, para allanar los consensos sobre la distribución de los recursos, las fuentes de donde provendrán y la forma cómo se van a gastar. Las contralorías internas de las dependencias y entidades tienen la facultad y responsabilidad de controlar su ejercicio.

Los Arts. 74, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política establecen la normatividad en materia de programación, elaboración del presupuesto, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales. La regulación de estas materias se encuentran establecidas en la "Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria", publicada el 30 de marzo de 2006; así como en el "Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria", publicado el 28 de junio de 2006.

En México, la institución nacional a cargo del presupuesto público es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) .

La SHCP es la entidad nacional que tiene por misión proponer, dirigir y controlar la política económica del gobierno federal en materia financiera, fiscal de gasto, de ingreso y deuda pública, así como de estadísticas, geografía e información, con el propósito de consolidar un crecimiento económico de calidad, equitativo, incluyente y sostenido.

De acuerdo con el Art. 31 de la "Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", publicada el 29 de diciembre de 1976 a la SHCP le corresponde, entre otras funciones, el despacho de las siguientes funciones:

a) Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal;

b) Manejar la deuda pública de la Federación;

c) Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público;

d) Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito;

e) Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría;

f) Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que correspondan;

g) Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;

h) Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la unidad de apoyo para la inspección fiscal y aduanera;

i) Proyectar y calcular los egresos del gobierno federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;

j) Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos a la consideración del Presidente de la República;

k) Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera el control y la evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos, así como presidir las instancias de coordinación que establezca el Ejecutivo Federal para dar seguimiento al gasto público y sus resultados; y

l) Ejercer el control presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control del gasto en ese rubro.

Cabe señalar que la Cámara de Diputados desempeña dos funciones de vital importancia en el proceso de aprobación del presupuesto público:

a) Examinar, discutir, en su caso modificar, y aprobar anualmente la Ley de Ingresos de la Federación y la Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación; y

b) Supervisar que se cumpla la ejecución del presupuesto en los términos cordados.

Asimismo, una vez que el Ejecutivo ha enviado las iniciativas al Congreso de la Unión, la Constitución Política  dispone que los diputados deberán discutir primero la  Ley de Ingresos de la Federación; y, una vez aprobada y enviada al Senado, el proyecto de la Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Mientras que ambas Cámaras deben discutir y aprobar la Ley de Ingresos de la Federación y la Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación, es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados lo concerniente a la Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación

La función fiscalizadora del Congreso de la Unión también le corresponde a la Cámara de Diputados a través de la Auditoría Superior de la Federaciónresponsable de revisar las cuentas  públicas, es decir, comprobar si el Ejecutivo se ha ajustado a lo que los legisladores aprobaron para el año fiscal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) viene implementando varias estrategias para promover una mejor gestión de los recursos y rendimiento de cuentas al ciudadano. Entre estos programas se destacan los siguientes:

1. El Presupuesto basado en Resultados (PbR) que se basa en el enfoque de gestión basado en resultados que tiene cinco principios básicos: a) centrar el diálogo en los resultados; b) alinear la planeación, programación y elaboración del presupuesto, monitoreo y evaluación con resultados; c) promover y mantener procesos sencillos de medición e información; d) gestionar para, no por, resultados; y e) usar la información sobre resultados para aprender, apoyar la toma de decisiones y rendir cuentas.

2. El Portal de Transparencia Presupuestaria  que es una plataforma virtual que tiene como finalidad ofrecer a los ciudadanos herramientas prácticas para que conozcan cómo se gastan los recursos provenientes de la Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación. Esta página de Internet brinda información sobre el desempeño de los Programas Presupuestarios utilizando gráficas, cuadros y mapas, difundiendo los indicadores de desempeño generados a través del Presupuesto basado en Resultados (PbR) y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED).

3. El Presupuesto Ciudadano que es una iniciativa gubernamental para informar de forma sucinta acerca de la destinación de los recursos públicos, el proceso de elaboración del presupuesto y los mecanismos de veeduría.

Última actualización: 14 de Febrero, 2012