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En México, la evaluación de las políticas públicas está a cargo del Gobierno Federal a través de las Secretarías e instituciones sectoriales que reportan sus resultados al Presidente de la República, y quienes a su vez rinden cuentas anualmente al Congreso de la Unión.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 6 de la "Ley de Planeación", publicada el 5 de enero de 1983, el Ejecutivo Federal presenta cada año a la consideración del Congreso de la Unión un Informe de las acciones y resultados de la Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y de los Programas Sectoriales, el cual muestra los avances alcanzados en los ejes de política pública que articulan el Plan Nacional de Desarrollo (PND) (2007-2012).
Para realizar la evaluación se toman en cuenta los objetivos, metas e indicadores planteados en el PND en cuanto a la política federal y las políticas sectoriales. Esta evaluación se hace en consonancia con el Art. 134 de la Constitución Política el cual establece que los órganos político-administrativos federales y demás demarcaciones territoriales, administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Asimismo, dentro de la estructura de la Subsecretaría de la Función Pública se encuentra la Unidad de Evaluación de la Gestión y el Desempeño Gubernamental (UEGDG) entre cuyas atribuciones le corresponde establecer criterios y metodologías para la evaluación integral de la gestión.
De la misma forma que el Ejecutivo Federal, los Secretarios de Estado y los Jefes de los Departamentos Administrativos dan cuenta anualmente al Congreso de la Unión acerca del estado que guardan los sectores que por razón de su competencia, les correspondan. Específicamente, informarán sobre el avance y grado de cumplimiento de los objetivos y prioridades fijados en la Plan Nacional de Desarrollo (PND) (2007-2012) (Art. 8 de la "Ley de Planeación", publicada el 5 de enero de 1985).
La Secretaría de la Función Publica (SFP) juega un rol central en la evaluación de políticas y programas del Poder Ejecutivo Federal. Esta institución tiene como propósito coordinar, evaluar y vigilar el ejercicio público del Gobierno Federal y cumplir la misión de "consolidar un gobierno honesto, eficiente y transparente.
Las atribuciones y facultades que se le encomiendan a la SFP están consignadas en elArt. 37 de la "Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", publicada el 29 de diciembre de 1976.
Asimismo, la SFP a través de la Unidad de Evaluación de la Gestión y el Desempeño Gubernamental (UEGDG) le corresponde diseñar, coordinar y establecer criterios, metodologías o modelos y herramientas para la evaluación integral de la gestión y el desempeño gubernamental en la administración pública federal.
Las atribuciones de la UEGDG son las siguientes (Art. 24 del "Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública (SFP)", publicado el 15 de abril de 2009):
a) Establecer, organizar y coordinar, con la participación de la Unidad de Control de la Gestión Pública, el sistema de control y evaluación gubernamental, a cuyo efecto realizará las acciones que en materia de evaluación permitan conocer el resultado de la gestión de las dependencias, las entidades y la Procuraduría en su integralidad;b) Realizar las acciones que en el ámbito de competencia de la Secretaría se requieran para el funcionamiento del sistema de evaluación del desempeño previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a fin de conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, el impacto social de los programas y proyectos realizados con recursos públicos e identificar la eficiencia, economía, eficacia y calidad en las dependencias, las entidades y la Procuraduría;
c) Proponer al Secretario, en el ámbito de su competencia, la emisión de normas de carácter general, lineamientos y políticas que rijan el funcionamiento del sistema de control y evaluación gubernamental en las dependencias, las entidades y la Procuraduría, en coordinación con la Unidad de Control de la Gestión Pública;
d) Validar los indicadores de gestión que en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria son la base para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas de los programas y proyectos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, y el desempeño de éstas en la ejecución de los mismos;
e) Promover y coordinar, en el ámbito de competencia de la Secretaría, con la participación de las unidades administrativas que correspondan, las acciones de concertación que se realicen con las dependencias, las entidades y la Procuraduría, en relación con el sistema de evaluación del desempeño;
f) Establecer criterios de evaluación, así como metodologías o modelos en esa materia que permitan la operación del sistema de control y evaluación gubernamental;
g) Administrar la información que en materia de evaluación se genere, realizar el análisis de la misma y formular, en su caso, las recomendaciones a las dependencias, las entidades y la Procuraduría, a cuyo efecto podrá establecer mecanismos de coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría que coadyuven al cumplimiento de sus atribuciones;
h) Realizar o encomendar las investigaciones, estudios y análisis necesarios en las materias de su competencia;
i) Elaborar, en el ámbito de su competencia, los proyectos de disposiciones jurídicas relacionadas con el sistema de evaluación del desempeño que compete emitir a la Secretaría con la participación que corresponda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) , así como emitir opiniones a los proyectos que en esa materia elabore la citada dependencia;
j) Ser el conducto de la Secretaría para encauzar en el ámbito de su competencia las relaciones con las entidades paraestatales en materia de evaluación gubernamental;
k) Integrar los informes derivados de las evaluaciones realizadas sobre la gestión de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como realizar el análisis de las mismas para llevar a cabo la evaluación que compete a la Secretaría y difundir sus resultados;
l) Diseñar y coordinar, en el ámbito de competencia de la SHCP, las herramientas que auxilien a la estandarización y homologación de los datos e información de los beneficiarios de programas a cargo del Gobierno Federal, propiciando el eficiente ejercicio de los recursos públicos, con el objetivo de evaluar y transparentar la entrega, manejo, operación y control de servicios, subsidios y transferencias otorgados con recursos públicos federales; y
m) Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Secretario.
En cuanto a la evaluación de las políticas sociales, esta tiene un rol central en la institucionalidad del Estado Mexicano. De acuerdo con el Art. 32 de la "Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", publicada el 29 de diciembre de 1976 la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) se encarga de formular, conducir y evaluar la política general para el combate efectivo a la pobreza. Esta función es coordinada por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales de la SEDESOL.
Por su parte, el Consejo Nacional de Evaluación de las Políticas de Desarrollo Social (CONEVAL) es un organismo público descentralizado de la administración pública federal, con autonomía y capacidad técnica para generar información objetiva sobre la situación de la política social y la medición de la pobreza en México, que permita mejorar la evaluación, toma de decisiones y evaluar las políticas y los programas sociales para mejorar el desempeño de la política de desarrollo social.
La evaluación de políticas y programas sociales del Ejecutivo Federal está regulada por el "Decreto que establece la Ley General de Desarrollo Social", publicado el 20 de enero de 2004 y el "Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social", publicado el 18 de enero de 2006 que determinan la creación del CONEVAL.
La Secretaría de la Función Pública (SFP) y el Consejo Nacional de Evaluación de las Políticas de Desarrollo Social (CONEVAL), en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitieron los "Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal", publicado el 30 de marzo de 2007con el objetivo de orientar los programas y el gasto público al logro de objetivos y metas, así como medir sus resultados mediante indicadores relacionados con el impacto del gasto social público, y la eficiencia y la calidad en la administración pública federal.
El Lineamiento noveno, indica que las dependencias y entidades del Estado deberán elaborar una matriz de indicadores de cada programa federal, que deberá contener al menos la siguiente información:
a) Resumen narrativo, que incluye: resultados, productos, gestión, e Indicadores;
b) Medios de recolección o verificación de la información; y
c) Supuestos: estos consisten en la descripción de los factores externos que están fuera del control de las instancias responsables de un programa federal, pero que inciden en el cumplimiento de los objetivos del mismo.
El Lineamiento décimo sexto, divide la Evaluación de Programas Federales en:
a) Evaluación de Consistencia y Resultados,
b) Evaluación de indicadores,
c) Evaluación de Procesos,
d) Evaluación de Impacto, y
e) Evaluación Específica.
En el Título Quinto de los Lineamientos, se establece el sistema integral de monitoreo y evaluación basado en resultados de los programas federales, que ha de tomar como base la matriz de indicadores de cada programa federal y estar vinculado con el Sistema de Evaluación del Desempeño implantado por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
A fin de dar cumplimiento a las atribuciones que en materia de evaluación integral de la gestión pública les corresponde, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP) han establecido los procedimientos de trabajo y atención hacia las instituciones del Gobierno Federal, siendo los más relevantes:
1. Sistema de Evaluación del Desempeño (SED): Este sistema es un modelo gubernamental para la gestión de las asignaciones presupuestarias orientado al logro de resultados (Presupuesto basado en Resultados -PbR). El SED busca elevar la eficiencia del gasto público, contribuir a mejorar la calidad de los bienes y servicios públicos, y fortalecer los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas.
El SED cuenta con dos componentes principales: a) un componente de evaluación de las políticas públicas y programas presupuestarios mediante el cual se verifica el grado de cumplimiento de objetivos y metas con base en indicadores estratégicos y de gestión, y b) un componente de la gestión para la calidad del gasto.
2. Programa Anual de Evaluación (PAE): Este programa lo realiza la Unidad de Evaluación de la Gestión y el Desempeño Gubernamental (UEGDG), de la SFP en coordinación con la SHCP y el CONEVAL.
La evaluación del PAE le permite al Gobierno Federal de México, tener elementos para mejorar el desempeño de los programas, aportando información que repercute en la eficiencia de la operación de programas.
Las evaluaciones pueden ser de tres tipos:
a) Diseño: Se identifica si el programa atiende correctamente el problema al que va dirigido,
b) Procesos: Se analiza la eficiencia y la eficacia de la operación del programa, y
c) Consistencia y resultados: Se analiza el diseño y el desempeño global del programa, midiendo sus resultados con base en indicadores.
El PAE 2011 establece que la Secretaría de la Función Pública (SFP) debe coordinar evaluaciones de Diseño, Procesos y Consistencia y resultados de 12 programas federales, operados por las siguientes dependencias:
a) Secretaría de Seguridad Pública (3 programas),
b) Secretaría de Gobernación (5 programas),
c) Comisión Federal de Telecomunicaciones (1 programa),
d) Secretaría de Economía y Comisión Federal de Mejora Regulatoria (1 programa), y
e) Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (2 programas).