Guía de Estrategias y Mecanismos para la Gestión Pública Efectiva (GEMGPE) - Ecuador




Registro Civil

El Registro Civil facilita la prestación de servicios a la comunidad. Las bases legales e institucionales necesarias para su funcionamiento están fundamentadas en la Ley 278"Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976, a través de la cual se armoniza la legislación previa con las innovaciones introducidas en el derecho civil ecuatoriano.

La inscripción en el Registro Civil de los ecuatorianos, cuyos nacimientos no estuvieren registrados, cualquiera que fuere la fecha en que éstos hayan ocurrido, es obligatoria (Art. 124 de la Ley 278 "Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976). Asimismo, se establecen dos tipos de procedimiento para reformar o rectificar la información del Registro Civil (un procedimiento judicial y un procedimiento administrativo).

El procedimiento judicial, establecido en el Art. 89 de la Ley 278 "Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976 dispone, salvo las excepciones señaladas en sus Arts. 25 y 94, que el interesado podrá solicitar al juez competente en lo civil que declare la nulidad o la reforma de la partida correspondiente. En ese sentido, el interesado deberá interponer una demanda en juicio sumario que será resuelta en plazo previo a los dictámenes del Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación de la capital provincial y del Ministerio Público.

Junto al procedimiento judicial está el procedimiento administrativo, para casos de error manifiesto o de hecho (Art. 90 de la Ley 278 "Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976) que indica que en caso de error manifiesto que se desprenda de la simple lectura o de los antecedentes de la inscripción, aunque se refieran a datos esenciales de ella, podrá solicitarse la reforma respectiva al Director General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, quien, de encontrar procedente la petición, y previo dictamen del Departamento Jurídico, expedirá la resolución pertinente, ordenando al Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación, la reforma correspondiente.

La identidad personal de los habitantes de la República se acreditará mediante la cédula de identidad o la de identidad y ciudadanía, que serán expedidas por las Jefaturas de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Esta cédula de identidad no tiene fines electorales y por ello se aplica a extranjeros y a todos aquellos que no pueden votar (Art. 97 y siguientes de la Ley 278 "Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976).

Por el contrario, la otra cédula (de ciudadanía) se refiere a quienes tengan ciudadanía y derechos políticos plenos. El Art. 106 de la Ley 278 "Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976 establece que la cédula de identidad y ciudadanía tiene por objeto identificar a los ecuatorianos en el goce de los derechos políticos. Esta cédula es el documento idóneo para ejercer el derecho de sufragio.

La Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación es la institución encargada del Registro Civil en Ecuador. Ésta se creó en 1900 y tiene la responsabilidad de elaborar los padrones electorales y asumir la Dirección Nacional de Seguridad. La situación de la Institución fue incierta hasta 1959, año en el cual comenzó a funcionar como Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, dependiente del Ministerio de Gobierno.

La Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación está basada en los siguientes artículos de la Ley 278 "Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976: Art. 1 (Funciones de la Dirección General), Art. 6 (Registros Especiales), Art. 11 (Sede y Funciones), Art. 14 (Organización), Art. 32 (Datos de Inscripción), Art. 33 (Filiación) y Art. 90 (Procedimientos Judiciales).

La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación funciona, como dependencia del Ministerio de Gobierno, en la capital de la República. Corresponde a esta Dirección la celebración de matrimonios, la inscripción de los hechos y actos relativos al estado civil de las personas (residentes en el territorio de la República y de los ecuatorianos residentes en el exterior), y su identificación y cedulación. Tiene por finalidad específica organizar dichas inscripciones, otorgar las cédulas de identidad y las cédulas de ciudadanía.

Sedes del Registro Civil. En cada capital de provincia, cabecera cantonal y cabecera de parroquia rural, hay una Jefatura de Registro Civil, Identificación y Cedulación, que tiene competencia dentro de su respectiva circunscripción territorial. Esto se encuentra establecido en el Art. 14  de la Ley 278 "Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976 que complementa institucionalmente a la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Competencias en el Registro Civil. El Jefe de Registro Civil de la capital provincial es el superior jerárquico administrativo del personal de Registro Civil, Identificación y Cedulación de toda la provincia; y el Jefe de Registro Civil de la cabecera cantonal lo es para el personal en todo el cantón. Esto se encuentra establecido en el Art. 14  de la Ley 278 "Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Decreto Supremo" publicada el 21 de abril de 1976 que complementa institucionalmente a la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
           
Sistema Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación.  Fue creado mediante el Decreto Ejecutivo No 331 "Créase el Sistema Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación" publicada el 28 de julio del 2005. Su fin es garantizar el derecho a la identidad de los ciudadanos ecuatorianos y de los extranjeros residentes en el territorio nacional para el ejercicio de sus derechos constitucionales.

En el 2010, el Gobierno de Ecuador empezó un Proyecto de Modernización del Sistema Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación para articular la  visión estratégica del Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir 2009-2013, y buscar la promoción del desarrollo humano completo que incluye el ejercicio universal de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales. Este proyecto erige al Estado como promotor del proceso y garante del acceso a los servicios y los bienes públicos.

Para cumplir el propósito de garantizar la participación pública y política (Objetivo 10 del Plan Nacional para el Buen Vivir), el Registro Civil cuenta con las siguientes estrategias:          

1. Recursos Humanos y Simplificación de procesos Administrativos: El proyecto de modernización lanzado por la Dirección General de Registro Civil, Cedulación e Identificación del Ecuador contempla la capacitación de sus oficiales de registro civil en temas de atención a la ciudadanía y manejo de tecnologías, lo que fomentaría una buena percepción de la institución por parte de la población y una mejora en la atención de los servicios ofertados por el  registro civil.

El Gobierno ha llevado a cabo esfuerzos para simplificar los trámites administrativos y para mejorar el manejo de tiempos y líneas de espera. Estas medidas contribuyen al fortalecimiento del capital humano, porque se han abierto ventanillas de atención especializada para los distintos trámites, mejorando el tiempo de respuesta a la población.

2. Infraestructura Física y Tecnológica: El plan de modernización de la Dirección General de Registro Civil, Cedulación e Identificación del Ecuador tiene como objetivo la restructuración de la infraestructura de las oficinas del Registro Civil en las principales ciudades del país. Dentro de su plan de remodelación, se contemplan acciones en la compra de equipos de cómputo avanzado, desarrollo de edificios inteligentes y sistemas de líneas y colas.

Actualmente en la ejecución del plan se han modernizado cuatro oficinas (Quito, Turubamba, Salinas, Guayaquil) con dicha tecnología, en un periodo de seis meses. Además de contar con la tecnología y el material para la expedición y aseguramiento de los datos de las cédulas de identidad, documento de vital importancia para el desarrollo de la gobernabilidad y el fortalecimiento de la democracia.

3. Alianzas Interinstitucionales: La Dirección General de Registro Civil, Cedulación e Identificación del Ecuador se ha fijado como meta institucional la participación en conjunto con las demás entidades gubernamentales, de la sociedad civil e internacionales, que lleguen a la población objetivo de la institución. Asimismo, la Dirección se fija metas específicas como el acompañamiento interinstitucional en el desarrollo de campañas de registro y sensibilización, el combate al subregistro, las unidades móviles, entre otras, con el objetivo de masificar sus procesos de inscripción con calidad.

Con el objetivo de que la población tenga acceso a los servicios otorgados del registro civil, en la forma y tiempo adecuado, se han construido varias alianzas, algunas de estas son: Petro-Ecuador, Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, Policía Nacional, Ministerio de Electricidad, Correos del Ecuador, y Consejos de Cámaras y Asociaciones de la Producción.

Última actualización: 16 de Agosto, 2011