Acerca de la Comisión

Funciones

De conformidad con el artículo 22 del Reglamento del Consejo Permanente, la CISC cumple con las siguientes funciones:

Artículo 22.  La Comisión sobre Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA, tiene las siguientes funciones:

a.         En lo referente al Proceso de Cumbres:

i.          Coordinar las actividades de la Organización en apoyo al Proceso de Cumbres de las Américas;

ii.         Coordinar las actividades de seguimiento e implementación de los mandatos asignados a la Organización por las Cumbres;

iii.        Solicitar y recibir contribuciones de la sociedad civil en relación con su participación en el Proceso de Cumbres para su consideración en el Grupo de Revisión e Implementación de Cumbres (GRIC);

iv.        Estudiar y formular recomendaciones al Consejo Permanente sobre los temas relacionados con el Proceso de Cumbres que le encomiende el Consejo o la Asamblea General;

v.         Conocer los informes elaborados por la Secretaría Ejecutiva del Proceso de Cumbres y la dependencia técnica responsable de las reuniones ministeriales y otras reuniones sectoriales vinculadas al Proceso de Cumbres.

b.         En lo referente  a la Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA:

i.          Implementar las “Directrices para la participación de las organizaciones de la sociedad civil en las actividades de la OEA” y presentar al Consejo Permanente las modificaciones que la Comisión considere pertinente.

ii.         Diseñar, implementar y evaluar las estrategias necesarias para aumentar y facilitar la participación de la sociedad civil en las actividades de la OEA;

iii.        Promover el fortalecimiento de las relaciones que se establezcan entre las organizaciones de la sociedad civil y los órganos y dependencias de la OEA en el ámbito de las funciones que la Carta de la OEA le concede al Consejo Permanente;

iv.        Estudiar y formular recomendaciones al Consejo Permanente sobre los temas relacionados con la participación de la sociedad civil en las actividades de la OEA que le presenten las organizaciones de la sociedad civil o que le encomiende el Consejo Permanente o la Asamblea General;

v.         Analizar y remitir al Consejo Permanente las solicitudes que las organizaciones de la sociedad civil presenten al Secretario General para participar en las actividades de la OEA;

 

El Secretario de esta Comisión es Alejandro Aristizábal ([email protected])