Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta al Grupo Interdisciplinario de Expertas y Expertos Independientes (GIEI) para Bolivia. El GIEI se instala en cumplimiento del acuerdo suscripto por la CIDH y el Estado Plurinacional de Bolivia el pasado 2 de diciembre de 2019, con el objetivo de crear un mecanismo encargado de apoyar la investigación de los actos de violencia y las violaciones a los derechos humanos que han ocurrido en dicho país, entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre de 2019.
Las personas que integran el GIEI son profesionales de alto nivel técnico y reconocida trayectoria en la protección de los derechos humanos. Fueron seleccionadas por la CIDH.
Juan Méndez dedicó su carrera legal a la defensa de los derechos humanos. Fue Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes y Presidente de la CIDH. Se desempeñó como Comisionado Adjunto de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG). Fue miembro del Comité de Selección para nombrar magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz y miembros de la Comisión de la Verdad establecida como parte de los Acuerdos de Paz de Colombia. Durante 15 años, trabajó con Human Rights Watch, en asuntos de derechos humanos en el hemisferio occidental. Es profesor de Derecho de los Derechos Humanos en la “American University – Washington College of Law”.
Julian Burger Profesor visitante en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Essex (Reino Unido). También ha impartido cursos de Derechos Humanos en instituciones como la Escuela de Estudios Avanzados de la Universidad de Londres y la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid). Durante más de 20 años dirigió el programa sobre los pueblos indígenas y las minorías en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en Ginebra, donde fue responsable de las negociaciones de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y ayudó a establecer el principal mecanismo de garantía relacionados con los pueblos indígenas. Ha escrito extensamente sobre los derechos humanos y sobre pueblos indígenas.
Marlon A. Weichert es Fiscal federal en Brasil desde 1995. Actualmente ejerce como Procurador Federal Adjunto de los Derechos del Ciudadano. Es especialista en justicia transicional, seguridad pública, derechos humanos y empresas, y prevención de atrocidades masivas. Participó como experto en casos ante la Corte-IDH y la CIDH sobre justicia transicional y seguridad pública. Fue parte de equipos de investigaciones y enjuiciamientos relacionados con crímenes con violaciones de derechos humanos durante la dictadura en Brasil; e inició el programa para buscar e identificar los restos de víctimas de desaparición forzada. Posee una maestría en Derecho Constitucional. Fue investigador en la Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York - Hauser Global Fellows Program.
Patricia Tappatá Valdez es Directora del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos - UNESCO, con sede en Buenos Aires. Trabajó para la defensa de los Derechos Humanos en Argentina, El Salvador, Haití y Perú. Fue Directora de la Comisión de la Verdad para El Salvador que investigó el conflicto armado de ese país. Además, coordinó diversos programas de justicia y democracia, en América Latina y África. Fue consultora del PNUD en Haití para investigar los graves hechos de violación de los derechos. Fue Directora a cargo de la relación con organizaciones de la sociedad civil en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Argentina. Es miembro de la facultad de LLM en Derechos Humanos Internacionales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
El Grupo tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: elaborar Planes de Investigación de los actos de violencia cometidos contra personas, organizaciones y autoridades en Bolivia, en el curso de las tensiones sociopolíticas, protestas y movilizaciones sociales ocurridas en el país; realizar un análisis técnico de las líneas de investigación desarrolladas, efectuar las recomendaciones a las que haya lugar, y actuar como coadyuvante en las investigaciones, para así asegurar su adecuación, exhaustividad y coherencia con los estándares internacionales de derechos humanos aplicables; proponer la adopción de medidas para garantizar la seguridad de quienes participen en las investigaciones; y realizar un análisis técnico, con recomendaciones si es del caso, de un Plan de Atención Integral a las Víctimas de los hechos investigados.
El GIEI cuenta con garantías de autonomía e independencia, para asegurar
el derecho a la verdad e identificar debidamente a los responsables de
violaciones de los derechos humanos.
Para el desarrollo de estas labores, el Estado de Bolivia garantizará a los
expertos y expertas el pleno acceso a los expedientes de las investigaciones
y causas penales iniciados con motivo de los hechos, el acceso a la
información pública gubernamental relativa a los hechos, y el acceso a las
instalaciones, infraestructura, recursos y medios necesarios para cumplir su
tarea, así como las medidas de seguridad requeridas para desarrollar su
trabajo, todo ello de conformidad con la normatividad boliviana vigente.
El mandato del GIEI será de seis meses, y podrá extenderse por acuerdo de las partes por el tiempo que sea necesario para cumplir su cometido. El Grupo dará a conocer al Estado de Bolivia, a través de su Cancillería, los resultados parciales y finales de su gestión, y las recomendaciones que se estimen convenientes, y elaborará un informe público final de su trabajo. La CIDH dará seguimiento a los trabajos y las recomendaciones proporcionadas por el GIEI.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 013/20