CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH comunica la publicación de los Informes No. 105/19, del Caso 12.961 A, Bolívar Salgado Welban y Otros; Informe No. 101/19, del Caso 12.961 C, Marcial Coello Medina y Otros; e Informe No. 104/19, del Caso 12.961 D, Jorge Enrique Valladares Argueñal y Otros, de Honduras

14 de agosto de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar tres acuerdos de solución amistosa relativos a los Casos 12.961 A, Bolívar Salgado Welban y Otros; 12.961 C, Marcial Coello Medina y Otros; y 12.961 D Jorge Enrique Valladares Argueñal y Otros, de Honduras, aprobados a través de los Informes de Solución Amistosa No. 101, 105 y 104 de 2019, respectivamente. La CIDH congratula al Estado hondureño y a los peticionarios por sus esfuerzos para alcanzar estos resultados.

Los tres casos se relacionan con la responsabilidad internacional del Estado de Honduras por las violaciones de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, derivadas del despido masivo e injustificado del personal de la Policía Nacional de diferentes escalas a través del Decreto 58-2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 29,504 el 16 de junio de 2001. Si bien en marzo de 2003, la Corte Suprema de Justicia de Honduras declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del mencionado decreto, los efectos retroactivos de la sentencia no habrían sido aplicados a favor de las víctimas.

En noviembre de 2014, las partes iniciaron el proceso de negociación de una solución amistosa y sostuvieron una reunión de trabajo con la facilitación del Comisionado James Cavallaro el 5 de septiembre de 2017, en el marco del 164 período de sesiones de la CIDH. Asimismo, el 5 de diciembre de 2018, las partes sostuvieron otra reunión de trabajo con la facilitación del Comisionado Joel Hernández, durante el 170 período de sesiones de la CIDH. Dichas negociaciones se materializaron en la firma de cinco acuerdos de solución amistosa (en adelante “ASA” o “acuerdo”) el 20 de diciembre de 2018, 21 de enero de 2019, 3 de abril y 12 y 28 de junio de 2019, respectivamente. Al respecto, es de indicar que los tres primeros acuerdos de solución amistosa se encuentran cumplidos totalmente, y que la Comisión continua brindando sus buenos oficios a las partes para verificar la implementación de los dos ASAs suscritos en junio de 2019 en el marco de los casos 12.961 E, Jorge Alberto Cerrato Rivera y Otros y 12.961 F, Miguel Angel Chinchilla Erazo y Otros. Asimismo, es de indicar que en el marco del caso 12.961 G, Rufino Ferrufino Cárcamo y Otros, el Estado hondureño continuará en la via contenciosa con aquellas personas que no desearon adherirse a los acuerdos de solución amistosa pactados.

En los ASAs suscritos en los casos 12.961 A, C y D, por los peticionarios y el Estado hondureño, las partes pactaron como única y principal medida, la reparación económica de cada uno de los beneficiarios incluidos en los ASAs, a través del pago de un monto específico establecido sobre la base de las escalas salariales de policías, personal administrativo, clases y oficiales. En ese sentido, el Estado compensó económicamente a 147 policías destituidos, de la siguiente manera:

• En el marco del Caso 12.961 A, Bolívar Salgado Welban y Otros, 108 beneficiarios se adhirieron al ASA suscrito el 20 de diciembre de 2018. El Estado proporcionó la totalidad de los comprobantes de pago en los cuales consta el desembolso de 320,000L (trescientos veinte mil lempiras) a favor de 89 beneficiarios y el monto de 400,000L (cuatrocientos mil lempiras) a favor de 19 beneficiarios. Según la información aportada por el Estado, se desembolsó como compensación económica a favor de las 108 personas beneficiarias del ASA el monto total de 36’080.000L (treinta y seis millones ochenta mil lempiras) o aproximadamente $1’457.866 (un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y seis dólares).
• En el marco del Caso 12.961 C, Marcial Coello Medina y Otros, 19 beneficiarios se adhirieron al ASA suscrito el 21 de enero de 2019. Al respecto, la Comisión verificó que la totalidad de las compensaciones fueron canceladas de acuerdo a los comprobantes de pago aportados, en un monto total de cinco millones ochocientos cuarenta mil lempiras hondureñas (5’840.000L) o aproximadamente doscientos treinta y nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares ($239,253 USD).
• En el marco del Caso 12.961 D, Jorge Enrique Valladares Argueñal y Otros, 20 beneficiarios se adhirieron al ASA suscrito el 3 de abril de 2019. Al respecto, la Comisión verificó que la totalidad de las compensaciones fueron canceladas de acuerdo a los comprobantes de pago aportados, en un monto total de diez millones seiscientos sesenta mil lempiras hondureñas (10’660.000L) o aproximadamente cuatrocientos treinta y seis mil setecientos dieciocho dólares ($436,718 USD).

La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en los casos 12.961 A, C y D y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación de los acuerdos para alcanzar soluciones amistosas que resultaron compatibles con el objeto y fin de la Convención. Asimismo, la Comisión felicita a las partes por su disposición y voluntad de avanzar en la solución de los casos 12.961 A, C y D por fuera de la vía contenciosa y destaca positivamente el pago de la totalidad de las indemnizaciones y el cumplimiento total de los tres acuerdos.

Finalmente, la Comisión saluda los esfuerzos del Estado hondureño para construir una política pública en materia de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos. Al mismo tiempo, la Comisión invita al Estado hondureño a continuar utilizando el mecanismo de solución amistosa tanto en los otros casos derivados de los efectos del Decreto 58-2001, así como en otros asuntos en trámite en el sistema de peticiones y casos individuales con respecto al país.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 200/19