CIDH

Comunicado de Prensa

Audiencias Públicas realizadas durante el 169 Período de Sesiones en Boulder, Colorado
Anexo al Comunicado de Prensa 220/18

19 de octubre de 2018

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Boulder, Colorado, Estados Unidos – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró en Boulder su 169 Período de Sesiones, a invitación de la Universidad de Colorado, del 30 de septiembre al 5 de octubre de 2018. La celebración de sesiones fuera de la sede permite a la CIDH acercar los mecanismos de defensa, protección y promoción de los derechos humanos a las víctimas y los pueblos bajo su competencia, amplía la presencia pública del órgano en la región y estimula la democratización del acceso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. La CIDH expresa su agradecimiento a la Universidad de Colorado por la invitación a realizar estas sesiones en su sede y por su cooperación a fin de hacer posible la realización de todas las actividades programadas. La colaboración con instituciones académicas es uno de los programas del Plan Estratégico de la Comisión y la realización de esta sesión en la Facultad de Derecho de la Universidad refuerza esta colaboración estratégica.

A continuación se presentan los resúmenes de las audiencias públicas, en el orden cronológico en el que fueron realizadas.

Seguridad ciudadana y denuncias de uso irregular de fuerzas policiales en las actividades de exploración y explotación de recursos naturales en Perú

La organización solicitante de la audiencia planteó que las fuerzas públicas de Perú son privatizadas mediante convenios que favorecen los intereses de empresas extractivas, en detrimento de los derechos humanos de la población peruana. Mantuvo asimismo que la presencia de proyectos mineros generó conflictos sociales por el tema ambiental y que con el propósito de proteger a las empresas el estado empezó la firma de convenios que atentan contra los roles constitucionales tanto de Policía como de Fuerza Armada. Denunció asimismo la actuación de ambas instituciones que ha provocado algunos patrones de violación a derechos humanos. El Estado hizo referencia al marco legal que rige estos convenios que son extraordinarios y mantuvo que no había privatización de la fuerza pública ya que los agentes no trabajan como seguridad privada de las empresas. Agregó que no hay una relación laboral o de dependencia entre el funcionario policial y la empresa, y que el objeto del convenio tiene como finalidad preservar el orden interno, público y la seguridad ciudadana. La CIDH expresó su inquietud debido a que existen decretos que permiten de manera extraordinaria ofrecer servicios de seguridad privada a las empresas. Bajo el marco constitucional la policía tiene una función específica de garantizar el orden interno. Asimismo, recalcó que este era un problema recurrente que afectaba el desarrollo sostenible y expresó preocupación por el impacto sobre los derechos laborales de los agentes de policía.

Grave situación de la salud de los trabajadores mineros en Perú y responsabilidad del Estado y las empresas

Las organizaciones solicitantes de la audiencia plantearon su preocupación por la salud de los trabajadores mineros y de las distintas poblaciones y ofrecieron como ejemplo distintos casos, entre ellos el de la población de La Oroya (Junín) donde se han determinado casos de niños afectados por plomo en la sangre. Hicieron además énfasis en la escasa fiscalización y control del Estado peruano para proteger la salud de este grupo determinado de personas. A su vez, los representantes del Estado destacaron en su intervención la normativa vigente en Perú sobre las licitaciones de salud en el sector minero que se implementa en el Ministerio de Trabajo, además de los órganos de alcance nacional y regional que adecuan, y controlan dichas normas. La CIDH aludió a la importancia de visualizar este tipo de problemas y al deber de observancia por parte de los gobiernos, población civil y organizaciones internacionales de los objetivos de desarrollo sostenible, con énfasis en el objetivo 3.9 de reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades por productos químicos peligrosos para 2030.

Crisis de corrupción judicial en Perú y su impacto sobre los derechos humanos y a la libertad de expresión

Las representantes de la sociedad civil expusieron la grave situación de corrupción que permea el sistema judicial en Perú y que afecta principalmente a los derechos relacionados a las garantías judiciales y protección judicial, el acceso a una justicia independiente, imparcial y efectiva, libertad de prensa y expresión de periodistas. En concreto, las representantes establecieron que, si bien es cierto que la red de corrupción se centra en el Poder Judicial, para satisfacer intereses políticos y personales de sus funcionarios, esta situación ha involucrado también a distintos agentes políticos. El Estado, por su parte, manifestó su preocupación sobre la crisis referida, y estableció que el Poder Ejecutivo ha liderado todo un proceso de reforma al sistema de justicia para combatir la corrupción. Finalmente, la CIDH reconoció y valoró la iniciativa del Estado para hacer frente a esta crisis, y solicitó información concreta sobre las medidas que se estaban adoptando para proteger y garantizar que la prensa pudiera seguir ejerciendo su labor de denunciar estos hechos, ante los riesgos denunciados. Además, la CIDH solicitó que el Estado tomara medidas concretas para garantizar el curso de las investigaciones y la imposición de sanciones contra de los funcionarios implicados en la red de corrupción.

Proceso de búsqueda de personas desaparecidas en el conflicto armado de El Salvador

Las organizaciones solicitantes de la audiencia manifestaron diversas preocupaciones respecto a la búsqueda de personas adultas víctimas de desaparición forzada en el contexto del conflicto armado interno, tales como el hecho de que el organismo encargado de la búsqueda (CONABUSQUEDA) haya sido creado por decreto presidencial y no por una ley, lo que limita sus facultades y financiamiento, que su presupuesto es insuficiente y no es transparente. Agregaran que CONABUSQUEDA debe crear criterios de prioridades, pues hay víctimas enfermas y otras muriendo sin conocer la verdad. Asimismo, los solicitantes mostraron preocupación por el riesgo de retrocesos en la Asamblea Legislativa, puesto que se formó una comisión ad hoc integrada por personas que tienen antecedentes de participación en los actos de violación de derechos humanos que se pretende investigar. Los solicitantes también relataron que el Estado ha negado sistemáticamente acceso e información relevante y que, a pesar de la creación de una unidad especial en la Fiscalía General de la República para la investigación de delitos cometidos durante el conflicto armado interno, aún hoy no hay casos judicializados de personas desaparecidas adultas en el país. También afirman que hace falta la adecuación del ordenamiento jurídico, pues aunque el delito de desaparición forzada está tipificado, ha sido cuestionado por no cumplir con los estándares internacionales. Por su parte, el Estado señaló los avances en la localización de menores desaparecidos; el trabajo realizado por CONABÚSQUEDA, incluyendo la creación de bases de datos y cooperación técnica; los procesos de habeas corpus como el mecanismo idóneo para tratar los casos de desaparición forzada; y la suscripción de Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, cuya ratificación está pendiente. Por su parte, la CIDH expresó su preocupación por la falta de legislación de CONABUSQUEDA y por la composición de la comisión ad hoc de la Asamblea Legislativa; y por la falta de acceso a la información respecto a expedientes en posesión militar.

Derechos de las personas con discapacidad en El Salvador

Las organizaciones solicitantes argumentaron que hay barreras de derecho y de facto para el disfrute pleno de los derechos humanos de las personas con discapacidad, y en especial resaltaron la discriminación interseccional que sufren las niñas y mujeres con discapacidad en El Salvador. Las organizaciones solicitaron al Estado que se reconozca la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad y se opte por un sistema de apoyo; que se eleve a rango constitucional la prohibición expresa de discriminación en contra de las personas con discapacidad; así como la revisión integral de la legislación interna para adecuarla a los estándares de protección de los derechos de las personas con discapacidad. Por su parte, la representación del Estado expresó su compromiso de trabajar con un enfoque de derechos humanos que incluya los derechos de las personas con discapacidad. Destacó que distintas normas en el ámbito interno han permitido la inclusión de 2700 niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo a través de 30 escuelas de educación especial, y la colocación de 198 personas con discapacidad en plazas de trabajo. Finalmente, invitó a la sociedad civil a seguir trabajando conjuntamente en la formulación de políticas públicas para las personas con discapacidad. El Comisionado Francisco Eguiguren destacó que las personas con discapacidad sufren discriminación por parte del Estado, la sociedad e incluso la familia, por lo que superar las prácticas tradicionales de discriminación requieren de un gran esfuerzo.

Protección de personas defensoras de derechos humanos de las mujeres, personas LGBTI, y la niñez en El Salvador

Las organizaciones solicitantes expusieron sobre el contexto de violencia que las personas defensoras de derechos humanos viven en El Salvador, principalmente las y los defensores humanos de las mujeres, personas LGBTI y de la niñez, entre los cuales destacan negativamente: vivir en un contexto de estigmatización, agresiones, difamaciones contra sus personas y sus familias, y violencia relacionadas con sus luchas. Pese a este contexto, El Salvador no cuenta con un marco legal que procure por la seguridad de personas defensoras de derechos humanos y sus familias. El Estado por su parte reconoció la labor de personas defensoras de derechos humanos, e hizo hincapié en que no existe una política de Estado para negar u obstaculizar la labor de defensores de derechos humanos, sino más bien se busca reconocer su trabajo. El Estado hizo énfasis en la existencia de una ley de protección a víctimas y testigos en el contexto penal, que sirve también como marco de protección a personas defensoras de derechos humanos en caso de violencia y vulneración a sus derechos. Las y los comisionados resaltaron que la labor de las personas defensoras de derechos humanos es esencial para la construcción del Estado de derecho, a la vez resaltaron que además de cambios en el ámbito penal, otras medidas integrales deben tomarse para fomentar una cultura de respeto y prevención de violaciones de derechos. Por último, la Comisión hizo el ofrecimiento al Estado en dar su opinión técnica sobre la propuesta de ley para el reconocimiento y protección de las personas defensoras de derechos humanos para garantizar que la misma este en línea de los estándares interamericanos de protección a personas defensoras de derechos humanos.

Denuncias de graves violaciones de derechos humanos y desaparición de líderes y lideresas sociales y campesinos en Guatemala

La parte solicitante de la audiencia inició su participación refiriéndose a los antecedentes de graves violaciones de derechos humanos y casos de desaparición forzada de líderes y lideresas sociales y campesinos en Guatemala que datan de la época del conflicto armado en Guatemala. Denunciaron que la comunidad de trabajadores campesinos y sus líderes aún enfrentan ataques que perpetúan patrones sistemáticos de represión para desarticular a los movimientos sociales e indicaron que, en lo que va del año, han registrado el asesinato de 21 líderes campesinos. Solicitaron a la CIDH realizar “una visita urgente” de verificación. Por su parte, el Estado alegó que “no tiene sentido abrir heridas del pasado”, pero aseguró que está abierto al diálogo sobre de la problemática que ahora enfrenta la comunidad de trabajadores campesinos. Ante estas expresiones, los Comisionados y las Comisionadas de CIDH reiteraron enfáticamente que las violaciones denunciadas por los solicitantes no representan heridas del pasado, pues mientras los responsables no sean condenados, los hechos estarán siempre en el presente. La CIDH destacó la importancia del fortalecimiento de la institucionalidad en Guatemala para garantizar la protección a los derechos fundamentales de los trabajadores y campesinos, y solicitó al Estado dar cuenta de las investigaciones por crímenes cometidos desde 2011.

Derechos de las familias indígenas Maya Qéqchi afectadas por desalojos forzados en Guatemala

El pueblo Maya Q’eqchi’ ha vivido en su tierra desde tiempos inmemoriales, sin embargo, a lo largo de la historia, las comunidades han tenido grandes dificultades para el reconocimiento y registro de sus tierras, lo que ha ocasionado el desalojo y desplazamiento de algunas comunidades y la incertidumbre de otras ante dicha posibilidad. Las organizaciones solicitantes mencionaron violaciones a derechos humanos; como la quema de cosechas; la criminalización de líderes; el despojo de vestimentas tradicionales de las mujeres y los impedimentos a la celebración de los ritos mayas vinculados con tierras ancestrales; así como la falta de acceso a escuelas para niños y niñas. Por su parte, el Estado mencionó que las violaciones corresponden a gobiernos anteriores y que se encuentra cumpliendo con las medidas cautelares otorgadas por la CIDH y las recomendaciones de Naciones Unidas, entre las que destacan la capacitación a funcionarios del Ministerio Público para evitar la persecución de líderes indígenas, así como los procesos de devolución de fincas decomisadas a narcotraficantes y devueltas a sus dueños originales. Finalmente, alegó que el cumplimiento de las medidas requiere de tiempo y que la falta de cooperación de las comunidades ha dificultado su labor. La CIDH resaltó la gravedad y magnitud del problema, constatada mediante la visita in loco a Guatemala del 31 de julio al 4 de agosto de 2017, así como la duración y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas desplazadas.

Denuncias de criminalización de activistas y periodistas en Cuba

Las organizaciones solicitantes manifestaron que la libertad de expresión en Cuba es precaria y que persiste la criminalización del trabajo de los periodistas y activistas de derechos humanos. Expusieron que las personas que ejercen el periodismo sufren detenciones arbitrarias, presiones, amenazas y restricciones a su libertad de circulación y movimiento. Argumentaron que el gobierno aplicaba el derecho interno para silenciar a periodistas independientes, y que dicha manipulación del Código Penal intenta criminalizar su trabajo como resistencia o conductas antirrevolucionarias. Argumentaron que los arrestos, interrogatorios y detenciones se hacen sin estándares de derechos humanos, y además expusieron que las personas privadas de su libertad son sujetas a tratos crueles y degradantes, así como amenazas. La CIDH, por su parte, reiteró su preocupación y por la situación planteada por las organizaciones solicitantes, y lamentó la ausencia de representantes del Estado, ya que de esta manera se perdía una oportunidad de diálogo. Finalmente, hizo un llamado a que se respetaran los derechos de todas las personas, y solicitó al Estado que no se abstuviera de aplicar cualquier tipo de represalias contra las personas que asistieron a ofrecer información.

Igualdad de género, derechos sexuales y reproductivos y denuncias de esterilización forzada de mujeres en Perú

Las organizaciones solicitantes argumentaron que las mujeres víctimas de esterilizaciones forzadas realizadas en el marco de las políticas de salud pública impulsadas durante gobierno de Alberto Fujimori no han obtenido acceso a la justicia ni reparación y han sido re-victimizadas en el proceso de búsqueda de justicia. Al momento de la realización de la audiencia, los solicitantes señalaron que la Fiscalía de Perú no había aún formalizado la denuncia contra Alberto Fujimori y sus ex ministros. Asimismo, manifestaron que las políticas de atención de víctimas de esterilización forzadas vigentes en Perú han sido ineficaces e inadecuadas para garantizar los derechos de las mujeres víctimas. Por su parte, los representantes del Estado reiteraron su compromiso en dar una justa reparación a las víctimas. En ese sentido, informaron de la implementación de una mesa especial para abordar el tema, al mismo tiempo que afirmaron que el proceso de formalización de denuncia contra Alberto Fujimori y los ex-ministros de Salud de su Gobierno estaba en curso, en el momento de realización de la audiencia. Igualmente los representantes del Estado sostuvieron que se estaba modificando la implementación sobre salud sexual y reproductiva y planificación familiar, incluyendo aspectos relativos a interculturalidad y consentimiento previo, libre e informado. La CIDH subrayó que algunas víctimas llevan más de 15 años esperando justicia ante hechos de esterilizaciones forzadas. Expresó aún que lo ocurrido en Perú fue una práctica misógina y claramente discriminatoria dirigida hacia mujeres en situación de vulnerabilidad.

Garantías de independencia judicial y operadores de justicia en Bolivia

Los representantes de la sociedad civil destacaron la debilidad del órgano judicial boliviano y la falta de participación de la sociedad civil en la reforma de dicho poder, pues se les impidió participar en la Comisión de implementación de las conclusiones de la Cumbre Judicial. Por otra parte, señalaron que hoy se puede afirmar que el sistema judicial afronta una de sus mayores crisis. Esto debido a falta de institucionalidad de la judicatura y la promulgación de normas infra constitucionales que lesionan la Constitución misma. Ambos problemas se manifiestan en que hoy solo el 13% de los jueces son considerados como jueces de carrera, los demás son jueces y juezas transitorios. Por su parte, el Estado mantuvo que la Cumbre Judicial se enmarcó en las políticas de acceso a la justicia y de participación social, sin embargo para la implementaciones las recomendaciones se identificó que era necesario trabajo de carácter interinstitucional. Asimismo solicitó que no confundir el trabajo de políticas públicas de la Comisión con la administración de justicia. El Estado dijo se están tomando los pasos necesarios para implementar la carrera judicial para los funcionarios de la justicia y del Ministerio Público. En este sentido, La CIDH solicitó información adicional sobre el sistema de carrera judicial y manifestó su preocupación por la escasez de profesionales en dicha carrera y su carácter provisional, así como por el efecto que esto tiene en la independencia judicial. También solicitó información sobre el proceso de destitución de jueces y los pasos en dirección hacia la promoción de una ley de acceso a la información pública.

Denuncias de acoso y violencia contra lideresas sociales en Bolivia

Las organizaciones solicitantes manifestaron que las lideresas siguen siendo víctimas de acciones ilegales y violencia política en su contra en Bolivia. Que la situación y las condiciones de participación de las mujeres en los espacios políticos son preocupantes, con bajo porcentaje de denuncias en relación con la realidad de violencia que enfrentan las mujeres con compromisos políticos. Igualmente, aunque existen marcos normativos de protección a la participación política de las mujeres, estas leyes no se habrían implementado adecuadamente por diversas razones, incluyendo, factores temporales, económicos y administrativos así como la persistencia de estereotipos de género en instancias policiales. Destacaron aun el asesinato de la concejala Juana Quispe cuyo caso refleja muchas de las fallas estructurales que subsisten en instituciones y normativas del Estado. Por su parte, representantes del Estado boliviano sostuvieron que se han promoviendo mecanismos para la protección de las mujeres y promulgando leyes que garantizan su derecho a una vida libre de violencia. También subrayaron que la promulgación de la Constitución Política dispuso de una mayor participación política de las mujeres en Bolivia. La CIDH, por su parte, sostuvo que Bolivia ha cumplido un rol pionero promocionando la participación política de la mujer, alcanzando incluso la paridad de género en diversas instancias. La Comisión destacó la aprobación de la Ley contra el acoso y violencia política, pero recomendó reforzar su implementación efectiva con miras a erradicar la violencia política contra las mujeres y garantizar su pleno ejercicio, sin discriminación, a sus derechos políticos.

Denuncias sobre represión y violencia en contextos de protestas en Nicaragua

Los solicitantes señalaron que Nicaragua se encuentra sumergida en una grave crisis de derechos. La respuesta del Estado hacia quienes han ejercido su derecho a la protesta social ha sido represiva y violenta. Esta represión se ha ido agravado hasta llegar al punto de oficializar la criminalización de las protestas sociales al calificarlas como ilegales y amenazar con procesar a quienes la convocan y participan en ellas como fue anunciado recientemente por la Policía en un comunicado. Ante este contexto, los solicitantes informaron sobre la evolución de la grave crisis de derechos humanos en Nicaragua, haciendo especial énfasis en la respuesta violenta que ha tenido el gobierno en contra de defensores de derechos humanos, periodistas, manifestantes, medios de comunicación independiente y ciudadanía en general. Asimismo, abordaron graves violaciones a la libertad de expresión y a la libertad de prensa a través de una política de terror, incluyendo amenazas, agresiones, intimidaciones, ataques, robos, persecución, vigilancia, destrucción y censura de medios de comunicación y expulsión fuera del país. Indicaron que ejercer la profesión en Nicaragua es tratado como un crimen por el régimen. Señalaron además que la familia de Ortega controla casi un 70% de los medios en el país y que no hay acceso a fuentes informativas oficiales. Solicitaron a la CIDH que se continúe pronunciando públicamente sobre la grave situación de vulnerabilidad que se encuentran los periodistas y personas defensoras de derechos humanos de Nicaragua; que coordine con el Gobierno un protocolo para la implementación efectiva de las medidas cautelares; y que se incluya a Nicaragua en el Capítulo IV del próximo informe anual de la Comisión. Por su parte, la CIDH lamentó que no hubiera asistido la representación del Estado a la audiencia. La CIDH precisó que la presencia del MESENI en Nicaragua, como parte del cumplimiento de las recomendaciones de su informe de país, no obsta para que la CIDH pueda ejercer facultades o mandatos dentro de los cuales se encuentran las audiencias públicas. Asimismo lamentó que hace 3 años que el Estado no participa en las audiencias públicas. Finalmente hizo un llamado al Estado a que se abstuviera de adoptar represalias contra los peticionarios y la sociedad civil que plantean sus denuncias en las audiencias públicas.

Situación de personas defensoras de derechos humanos en Nicaragua: denuncias de detenciones arbitrarias y falta de acceso a la justicia

Las organizaciones solicitantes presentaron a la Comisión información sobre las violaciones de derechos humanos ocurridas en Nicaragua desde abril de 2018 en el contexto de las protestas sociales. En particular, las organizaciones informaron sobre la situación de violencia agravada que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos en el actual contexto. Según las organizaciones, a la fecha se contabilizan más de 400 personas privadas de libertad en el marco de las protestas y al menos 1900 personas habrían sido detenidas. En este contexto, desde junio se registra un aumento de las detenciones arbitrarias y el uso indebido del derecho penal particularmente en contra de manifestantes y líderes y lideresas de movimientos. Asimismo, han aumentado las campañas de difamación mediante la elaboración de listas de “golpistas” o “terroristas”, de acusaciones infundadas de delitos, o mediante la publicación de datos personales. Las organizaciones de la sociedad civil señalaron que algunas personas defensoras de derechos humanos han tenido que tomar la decisión de desplazarse a otros territorios al interior o fuera del país debido a la situación de constantes ataques y amenazas en su contra y la de sus familiares. Por su parte, la CIDH lamentó la ausencia del Estado de Nicaragua en la audiencia ya que con ello el Estado no solo incumple con sus obligaciones internacionales sino que falta el respeto a las organizaciones de la sociedad civil. La CIDH reiteró su compromiso permanente de utilizar todos los mecanismos a su disposición para atender la situación en Nicaragua y colaborar con las organizaciones nicaragüenses de la sociedad civil para que cese la violencia en el país y mantener el seguimiento de las recomendaciones de su informe en el marco del MESENI. Finalmente, la CIDH felicitó a las organizaciones presentes en la audiencia por su valentía.

Garantías de los derechos de la niñez en los 102 pueblos indígenas de Colombia

La organización solicitante planteó que la niñez indígena colombiana atraviesa una grave situación de derechos humanos, agudizada por el estado de vulnerabilidad en la que vive la mayoría de ellos, caracterizada por la pobreza extrema, exclusión social, racismo estructural y ausencia de mecanismos estatales efectivos para garantizar tales derechos. Manifestó su especial preocupación por la desnutrición infantil, suicidio adolescente, falta de acceso a la salud y a la educación, violencia sexual, embarazo y maternidad de adolescentes, entre otras. El Estado, por su parte, expresó que está dentro de sus prioridades la protección de los derechos de los niños indígenas. Refirió su voluntad de generar espacios de diálogo directo con las comunidades indígenas, así como también que ha puesto en marcha diversas acciones, principalmente en las áreas de salud y educación, orientadas a fomentar la pervivencia física y cultural de los 102 pueblos indígenas. A su vez, la CIDH manifestó su especial preocupación por las niñas indígenas víctimas de violencia y explotación sexual; los suicidios de adolescentes; y, el fallecimiento de 28 niños de la Comunidad Wayúu en lo que va del año, comunidad beneficiaria de medidas cautelares desde diciembre de 2015. Finalmente, solicitó información adicional en relación a los puntos planteados, y destacó la importancia del establecimiento de un sistema de protección de los derechos de la niñez, a fin de garantizar su pleno desarrollo y remediar estas carencias, ofreciendo orientación en relación al informe recientemente publicado por la Comisión en la materia.

Garantías de libertad de expresión, asociación y asamblea pacífica de las organizaciones sindicales en América

Las organizaciones solicitantes representadas en la Delegación Sindical de las Américas denunciaron múltiples casos de violaciones de derechos humanos a la libertad de expresión, asociación, y protesta. Los solicitantes detallaron un panorama sombrío para manifestantes y trabajadores que enfrentan actos de intimidación, amenazas, y asesinatos de dirigentes sindicales en varios países de América Latina Responsabilizaron a las autoridades de los respectivos Estados y de perpetrar este tipo de violaciones y vejaciones. Señalaron que tales actos se oponen a estándares internacionales en la materia; solicitaron a la CIDH que se mantenga vigilante de la situación en los países de la región y que trabaje a favor de las organizaciones sindicales. Respecto a la situación planteada, la CIDH resaltó la importancia de documentar y registrar las violaciones de derechos humanos a partir de trabajo de campo, con el objeto de contribuir a la formulación de protocolos que permitan enfrentarlas bajo la figura del uso desproporcionado de la fuerza. Asimismo, señalaron que el mandato de la CIDH intenta fortalecerse en alianzas con el sector académico para enfrentar estos ataques y violaciones de derechos.

Violaciones de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de personas LGBTI en la región

Las organizaciones solicitantes presentaron información recopilada durante la elaboración de su más reciente informe “Esperando la muerte” en que se documentan casos de violencia y discriminación contra las personas trans en Latinoamérica y el Caribe. Las organizaciones solicitantes denunciaron discriminación y exclusión social en diversos ámbitos de sus vidas, incluso aquellos que relacionados con el ejercicio de sus derechos económicos, sociales y culturales. Asimismo, expresaron preocupación debido a los basados en el odio, violencia, asesinatos y mensajes estereotipantes de grupos fundamentalistas en la región; y por la constante violación de su derecho a la identidad y a su reconocimiento legal. Por su parte, la CIDH reconoció la importante lucha de las organizaciones LGBTI en la región, así como también la importancia de un derecho tan esencial como el de la identidad, sin el cual otros derechos se ven comprometidos. La CIDH informó que se encuentra elaborando un informe específico sobre los derechos económicos, sociales y culturales de las personas trans en el hemisferio, por lo que la información e insumos presentados en la audiencia son sumamente valiosos para la Comisión.

Derechos de las personas en situación de desplazamiento interno forzado en Honduras

La organización solicitante de la audiencia planteó que los hechos violentos que causan el desplazamiento interno forzado en Honduras tienen relación directa con la criminalidad común y organizada, con la aquiescencia del Estado. Mantuvo asimismo la obligación del Estado de caracterizar y monitorear la situación, así como la necesidad de que adopte medidas legislativas para el control de armas de fuego. A su vez, el Estado enunció una serie de medidas e instituciones y proyectos impulsados por el mismo desde que realizó el reconocimiento oficial del fenómeno en el año 2013. Agregó también su intención de publicar un Informe sobre este asunto a finales de 2018 y destacó la reforma del código penal para 2019 con el objetivo de incluir el desplazamiento forzado entre los delitos contra la vida. Por su parte, la CIDH expresó su inquietud debido a los recursos económicos que se han asegurado a nivel nacional y regional para responder a las necesidades de protección de las personas desplazadas internas; así como su preocupación en torno a las medidas adoptadas para garantizar el goce efectivo de los derechos de distintos grupos en situación de vulnerabilidad.

Situación de personas criminalizadas y privadas de la libertad en el contexto del conflicto postelectoral en Honduras

Las organizaciones solicitantes manifestaron que tras los resultados presidenciales del 26 de noviembre de 2017, se desencadenaron protestas masivas que fueron reprimidas por los agentes del Estado mediante el uso excesivo de la fuerza. Indicaron que los hechos resultaron en 1.396 detenciones, y que actualmente 13 personas se encontrarían privadas de la libertad. De ellas, un total de 11 personas estarían en cárceles de máxima seguridad, las cuales –de acuerdo con los solicitantes– involucran la utilización de un régimen de aislamiento que no cumple con los estándares internacionales en la materia, y se caracterizan por la comisión de malos tratos y tortura. En suma, manifestaron su preocupación debido a que el derecho penal estaría siendo utilizado para someter a disidentes políticos y a líderes sociales sin debido proceso. Por su parte, el Estado refirió que se ha iniciado un diálogo político auspiciado por las Naciones Unidas, y apoyado por España, con el objeto de buscar soluciones al conflicto poselectoral. Asimismo, agregó que las personas privadas de libertad gozan de garantías judiciales. La CIDH valoró los esfuerzos realizados a fin de establecer las mesas de trabajo para el diálogo nacional, y reiteró su compromiso y seguimiento constante respecto de la protección de los derechos de las personas privadas de libertad.

Denuncias de criminalización por el ejercicio de la jurisdicción indígena en Ecuador

Las organizaciones solicitantes indicaron que Ecuador reconoció los derechos colectivos, así como la justicia indígena, pero a pesar de ello los indígenas aún siguen siendo discriminados y perseguidos al ejercer su derecho constitucional. Indicaron que la justicia indígena no es sancionatoria sino armónica, y que busca la complementariedad, dualidad, reciprocidad y equilibrio. Los solicitantes apuntaron que hay casos de la última década de jueces que fueron sancionados por haber declinado competencia y respetar lo dispuesto por la justicia indígena, lo que afecta a la independencia judicial en Ecuador y constituye criminalización del ejercicio de un derecho constitucional. Finalmente solicitaron una visita de la CIDH a Ecuador y la elaboración de un informe sobre dicha situación. Por su parte, el Estado destacó el reconocimiento constitucional de la jurisdicción indígena y que los jueces deben observar el principio pro indígena en las resoluciones de sus casos. Asimismo, señaló que el Código Penal no establece tipo penal alguno que criminalice a las autoridades indígenas. La CIDH destacó la importancia que tiene para la población ecuatoriana el reconocimiento en su Constitución de la multiculturalidad y pluriculturalidad y pidió al Estado que analizara la manera de evaluar lo planteado por la sociedad civil.

Situación de personas desaparecidas en Ecuador y el derecho a la verdad y la justicia

Las organizaciones solicitantes expresaron que, aunque el delito de desaparición forzada esté tipificado en el Código Penal, el mismo no tipifica la desaparición involuntaria, ni contiene disposición alguna que permita iniciar procesos investigativos penales cuando estos hechos ocurren, por lo que una instancia administrativa sin especialización asume el conocimiento de denuncias de tales hechos. Sin un respaldo normativo, dicha instancia no cumple con los requisitos para considerarse un recurso adecuado y eficaz que garantice el derecho al acceso a la justicia de las víctimas. Agregaron que las unidades administrativas especializadas están presentes en sólo 2 de 24 provincias del país, y que la rotación permanente de fiscales impide que se mantengan líneas permanentes de investigación y obstaculiza los procesos. Los solicitantes también relataran problemas como: la tendencia de la Fiscalía a archivar casos de desaparición por pequeños obstáculos procedimentales, tardando meses o años para reabrir los casos; diligencias que se realizan sin pericia o técnicas adecuadas, a veces invalidando o perdiendo pruebas importantes; la realización de diligencias revictimizantes para los familiares; y la falta de procedimientos adecuados para la sistematización de casos y de estadísticas unificadas. Pidieron a la Comisión que formule recomendaciones al Estado para que regularice sus estándares de investigación de acuerdo a lo establecido en los sistemas internacionales de protección; provea asistencia y ayuda psicosocial a los familiares de las víctimas; garantice la tutela judicial en los casos de desapariciones forzadas en centros de salud pública; y tipifique la desaparición involuntaria en la normativa penal. Por su parte, el Estado informó acerca de una serie de acciones tomadas para afrontar estos casos, entre ellos la digitalización de una base de datos de personas desaparecidas; esfuerzos de depuración y corrección de informaciones inconsistentes, así como trabajo de análisis estadística; herramientas tecnológicas en línea como parte de una política de transparencia; y la creación de unidades fiscales y oficiales especializadas, junto a la cual se desarrollaron protocolos de atención prioritaria a familiares de desaparecidos, apoyo jurídico y psicológico. La CIDH expresó dudas sobre el nivel de éxito de la base de datos; hizo un llamado al Estado ecuatoriano para que se comprometa con la causa de la búsqueda de soluciones con respecto a las desapariciones; y se comprometió al seguimiento continuo de la situación.

Denuncias de asesinatos, amenazas y desplazamiento forzado de personas defensoras de derechos a territorios afrodescendientes e indígenas en Colombia

Las organizaciones solicitantes plantearon su preocupación por el asesinato de líderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia. En particular, las organizaciones afirmaron que es precaria la protección por parte del gobierno a estas personas y a la población indígena a la que pertenecen. Hicieron énfasis particular en las amenazas y asesinatos de líderes participantes de Colombia Humana y del movimiento Alternativo Indígenas y Social (Mais). A su vez, los representantes del Estado destacaron las investigaciones en curso y las medidas de protección vigentes en favor de líderes sociales, además de la normativa, proyectos y propuestas que el Gobierno actual tiene previsto implementar para solucionar la situación. La CIDH expresó su preocupación sobre los continuos asesinatos de defensores de derechos humanos en Colombia, en especial los pertenecientes a pueblos indígenas y quienes se dedican a la protección de territorios. Por último, resaltó que ciertas protecciones no siempre son suficientes ni adecuadas para determinadas áreas territoriales.

Denuncias de violación de derechos de las comunidades afrocolombianas víctimas del conflicto armado en Colombia

Las organizaciones solicitantes plantearon la crisis humanitaria que enfrentan las comunidades afrocolombianas víctimas del conflicto armado e históricamente excluidas que viven en los contextos urbanos de algunas de las principales ciudades del país. Hicieron un análisis de la falta de diligencia del Estado colombiano para cumplir con sus obligaciones, especialmente con respecto a las órdenes expedidas por la Corte Constitucional en favor de la comunidad afrodescendiente. Enfatizaron el carácter estructural y la dimensión étnico-racial del desplazamiento forzado, la violencia sistemática en contra de líderes, y la situación de niños, niñas y adolescentes y el impacto diferenciado de este en las mujeres afrocolombianas. Por su parte, el Estado expuso las medidas implementadas a favor de los afrodescendientes y reconoció que las comunidades han sido afectadas de múltiples formas debido a la violencia en el país. Hizo énfasis en los avances en materia de reconocimiento y protección de las comunidades afrodescendientes y medidas de protección a la niñez, y aludió a la ruta étnica de protección de territorios, la formulación de los planes de reparación colectiva, la creación del observatorio contra la Discriminación Racial. La CIDH cuestionó al Estado sobre las medidas en cuanto al desplazamiento forzado, las medidas de reparación colectiva con enfoque de género, la importancia de investigar y actuar con la debida diligencia frente a asesinato de líderes e insistió en las medidas frente al proceso de paz con relación a la justicia, verdad, reparación, y garantías de no repetición.

Utilización de la fracturación hidráulica (fracking) y violación de derechos humanos de las comunidades y personas defensoras ambientales y territoriales en los países de las Américas

Las organizaciones solicitantes explicaron científicamente la técnica de fracturación hidráulica, su impacto actual y potencial sobre los derechos humanos y el ambiente. Específicamente, expresaron que se requiere un alto volumen de agua y alta cantidad de sustancias, gases, y materiales compuestos de los cuales las empresas no proveen información clara y suficiente, por lo cual se dificultad establecer los impactos y mitigar los riesgos. Entre las consecuencias de esta técnica, estipularon el incremento en la emisión de gases de efecto invernadero, el incremento de la violencia contra las mujeres y defensores sociales, contaminación de aguas subterráneas, problemas gastrointestinales, respiratorios, cutáneos, hormonales, alteración de funciones reproductivas, diabetes, algunos tipos de cáncer y daños psicológicos. La CIDH consultó sobre la posibilidad de aplicar esta técnica en armonía con la protección del ambiente y los derechos humanos, y requirió a los solicitantes que remitieran la mayor documentación posible con evidencia de violación de derechos humanos y datos desagregados que permitan analizar el principio de prevención. Además, la CIDH explicó la importancia de contar con información que incluya perspectivas comparadas para establecer estándares sobre agua saneamiento y alimentación y más estándares en materia de derecho a la salud.

Crisis política en Venezuela y sus efectos sobre las personas mayores y comunidad LGBTI

Las organizaciones solicitantes plantean que Venezuela no cuenta con planes adaptados al acelerado envejecimiento de la población, ni tampoco para afrontar la crítica situación de las familias venezolanas. Existe un desabastecimiento de alimentos y medicinas y la necesidad de la adopción de medidas para resolver estas dificultades. Actualmente el monto de las pensiones, aunque es igual al salario mínimo, no es suficiente para cubrir la canasta básica. Además no hay suficientes centros de atención para personas mayores y los existentes no cumplen con las condiciones necesarias de cuidado. Por su parte, el Estado declaró que diversas medidas se han tomado para reconocer los derechos de las personas mayores. Las personas mayores están protegidas por la Constitución y también las pensiones están atadas al monto del salario mínimo por mandato constitucional. Las personas mayores pueden acceder a las pensiones a partir de 55 años para mujeres y 60 años para hombres. La Relatora Especial para los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, Soledad García Muñoz, solicitó mayor información sobre el modelo venezolano que según información oficial tiene una cobertura del 100% de pensionados, así como también reiteró el interés de la CIDH en visitar el país y ofrecer asistencia técnica en el marco complejo que se vive actualmente en Venezuela. Por su parte, la delegación que pretendía referirse a los efectos de la crisis sobre la comunidad LGBTI no pudo estar presente en la audiencia, según se informó, por falta de recursos para movilizarse hasta la sede del Período de Sesiones.

Situación de personas privadas de libertad en el contexto de la crisis política en Venezuela (de oficio)

Las organizaciones solicitantes expresaron su especial preocupación por la situación de las personas privadas de libertad en recintos penitenciarios, y en centros de detención policial que serían utilizados de manera permanente. En general señalaron que las condiciones de detención a las que se enfrentan, no respondería a los estándares internacionales en la materia. Ante la alegada falta de autonomía e independencia del Poder Judicial, requirieron que las cifras de civiles procesados en tribunales militares se hicieran públicas, que se liberara a los presos políticos, y que cesara la criminalización de las y los defensores de derechos humanos mediante el indebido uso del derecho penal. Por su parte, el Estado se refirió a la transformación del sistema penitenciario, misma que habría permitido a las autoridades retomar control estatal de los establecimientos penitenciarios, así como fortalecer el respeto y garantía de los derechos humanos de esta población. De igual forma, el Estado venezolano reconoció como un actual desafío en la materia, la utilización prolongada de los centros de detención preventiva. La Comisión manifestó su preocupación por la situación que enfrentan las personas privadas de libertad, así como por la falta de mecanismos independientes, nacionales o internacionales, para monitorear sus condiciones de detención. En este contexto, la CIDH exhortó al Estado a ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de Naciones Unidas.

Situación humanitaria y mecanismos de control social en Venezuela

Las organizaciones solicitantes expusieron datos estadísticos para ilustrar la grave crisis económica que está atravesando Venezuela. En este sentido, manifestaron que el ingreso medio no es suficiente para cubrir la canasta básica, los hogares en situación de pobreza extrema han aumentado, no hay acceso a la medicina, entre otros factores que afectan enormemente la vida de los venezolanos. Agregaron que el sistema de subsidios funciona a través del llamado “carnet de la patria”, que no resguarda debidamente la privacidad de las personas y, además, se utiliza de manera discriminatoria por razones políticas y como un instrumento de control. Denunciaron graves afectaciones a los derechos humanos, la consolidación del autoritarismo y el incremento de la represión. El Estado, por su parte, señaló que era necesario hacer un análisis de las causas detrás de la crisis y de la realidad de los derechos humanos en el país, en particular la agresión económica y las medidas coercitivas aplicadas por Estados Unidos hacia el país. Sostuvo que tiene los recursos para satisfacer las necesidades de la población, pero que no puede aplicarlos debido a las medidas referidas. A su vez, la CIDH solicitó al Estado de Venezuela que otorgara la anuencia para que la Relatoría de los Derechos de la Niñez pueda visitar el país y confrontar informaciones valiosas para el conocimiento de la situación, así como también lo permita respecto de Relatorías en otras materias. La CIDH cuestionó aun si el Estado contaba con los recursos suficientes para cubrir las necesidades e hizo énfasis en los efectos de la crisis sobre la población más vulnerable.

Derechos de las personas afromexicanas y afrodescendientes en México

Las organizaciones solicitantes manifestaron que en México persiste el racismo institucional e histórico, y que los derechos individuales y colectivos de las comunidades afromexicanas no han sido reconocidos con rango constitucional. Expusieron asimismo que los pueblos afromexicanos sufren de un proceso de invisibilidad histórica lo que ha sido acompañado de discriminación estructural en los servicios públicos, particularmente en el sector dela salud. Señalaron que todo lo anterior afecta de manera especial a las mujeres, niñas y adolescentes afromexicanas, que sufren de discriminación racial, de género y por situación económica. Mencionaron que las personas migrantes afrodescendientes también son víctimas de la discriminación en México. El estado, por su parte, reconoció que enfrenta un desafío en los distintos ámbitos relacionados con los derechos humanos de la población afromexicana y afirmó que tiene la voluntad, capacidad y los medios de mejorar su situación. Sostuvo finalmente que los libros de texto han sido revisados para incluir el aporte de las personas afromexicanas a la Nación; que se han instalado grupos de trabajo para eliminar la discriminación, y que se realizan capacitaciones contra la utilización de perfiles raciales de migrantes respecto a las personas migrantes en México. La CIDH reconoció los esfuerzos del Estado mexicano y a la vez destacó que es necesario reforzar las leyes vigentes y acciones del gobierno en la materia, así como ratificar la Convención Interamericana contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia.

Política de drogas y denuncias de prácticas violatorias de derechos humanos del modelo de atención a la salud mental en México

Las organizaciones solicitantes expusieron que el modelo vigente en México explica la salud mental desde aspectos y procesos neuroquímicos, lo que se contrapone al que incorpora experiencias individuales y sociales; afirman que esto ha llevado a violaciones tales como tratamientos mediante privación de libertad, prácticas de tortura, abusos sexuales y malos tratos. Señalaron que la legislación vigente en México permite el internamiento por motivos de discapacidad de manera involuntaria; y que el nuevo modelo implementado por el gobierno es deficiente, ya que no dispone de una auténtica red de recursos para la reintegración social de las personas usuarias, y que los datos de los centros de atención no son de acceso público. El Estado, por su parte, reconoció la importancia del diálogo a fin de alcanzar acuerdos y reiteró su compromiso de consolidar un modelo de atención de la salud mental y una política de drogas respetuosa de los derechos humanos. La CIDH, por su parte, señaló que es necesario observar si efectivamente la ley actual requiere o no precisiones de responsabilidad de quienes actúan en la atención de salud, reconociendo la transición que se plantea sobre los derechos de las personas con discapacidad. Finalmente, hizo un llamado a que se respetan los derechos de todas las personas usuarias del sistema por medio de leyes en consonancia con la realidad actual de los derechos humanos, y reiteró la importancia del diálogo entre el Estado y la sociedad civil.

Demarcación y titulación de tierras indígenas en el Caribe

Las organizaciones solicitantes expresaron su preocupación por la situación de la demarcación y titulación de las tierras indígenas en los Estados caribeños de Belice, Guyana y Suriname. Los grupos indígenas en cada uno de estos países han enfrentado sus propios problemas con este proceso que incluye a los gobiernos estatales que ignoran las órdenes judiciales, tanto de la Comisión Interamericana como de la Corte de Justicia del Caribe, para llevar a cabo este proceso y reconocer legalmente los derechos a la tierra de estos grupos. Subrayaron la importancia cultural de su relación con la tierra y compartieron que las prácticas gubernamentales actuales sirven para socavar y desmantelar sus costumbres e instituciones. Además, las organizaciones indicaron que se necesita un diálogo abierto entre los Estados y los pueblos indígenas para fomentar una adecuada demarcación y titulación de tierras. La CIDH expresó que los derechos indígenas a la tierra son claros y que los Estados han optado por no respetarlos. Sugirió un posible informe temático sobre los pueblos indígenas del Caribe. Finalmente, la CIDH sugirió que las organizaciones continúen actuando conjuntamente como pueblos indígenas de la región para ampliar sus voces y solicitó que continúen enviando información sobre este tema.

Denuncias de violación de los derechos a la salud y a la seguridad social en República Dominicana

La organización solicitante de la audiencia planteó que la salud pública y el sistema de seguridad social en el país están atravesando una crisis estructural grave que pone en peligro el disfrute de estos derechos por parte de la población. En este sentido, señaló que los principales obstáculos en el pleno goce y ejercicio de tales derechos son el derecho a la libre empresa de las clínicas y, el régimen del copago, que consiste en la obligación de los afiliados de abonar una parte de la tarifa por la atención recibida, aporte que muchas personas no están en condiciones de afrontar. A su vez, manifestó su especial preocupación en torno a la baja inversión pública en materia de salud (solo 2% del PBI), la ausencia de atención primaria, la mortalidad infantil y la muerte materna. El Estado, por su parte, afirmó su compromiso de garantizar el acceso a estos derechos a la sociedad en igualdad de oportunidades; en razón de ello, expresó, busca modificar el régimen actual a fin de incorporar a la población informal, y así poder cumplir con su meta que es la de alcanzar una cobertura de más de un 90% para el año 2020. Asimismo, manifestó que, pese a tener una de las tasas de tributación más bajas de la región, emprendió diversas acciones como la construcción de nuevos hospitales, equipamiento de salas y contratación de personal médico, entre otras. Por otro lado, la CIDH manifestó su especial preocupación en relación a las personas con discapacidad, los adultos mayores, la población LGBTI, la mortalidad infantil, la muerte materna y el grado de privatización de la salud y de la seguridad social; dándole la oportunidad al Estado de que las respuestas sean enviadas por escrito a la Comisión.

Derechos humanos de personas migrantes y refugiadas venezolanas en la región (de oficio)

Las organizaciones solicitantes manifestaron graves preocupaciones respecto a la situación de las personas migrantes y refugiadas provenientes de Venezuela, así como de las poblaciones indígenas de las fronteras, y a la falta de provisión de documentos a estas personas por parte de los distintos Estados. Ilustraron la vulnerabilidad y riesgos específicos que siguen acompañando a las personas migrantes y refugiadas en todas las etapas del desplazamiento forzado internacional; la carencia de documentos de identidad; la apatridia, en particular de niños, niñas y adolescentes; la xenofobia y de discriminación de género, raza, etnicidad, orientación sexual y edad, entre otros. Solicitaron que la CIDH exhorte a los estados a reconocer, garantizar y proteger los derechos humanos de las poblaciones migrantes y refugiadas venezolanas y a desarrollar protocolos diferenciados de atención y protección para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. Además, solicitaron la elaboración de un informe especial que evalúe la manera en que los Estados respetan los estándares internacionales en materia de refugio y protección internacional. Por su parte, la CIDH reconoció la complejidad del tema del éxodo venezolano, y subrayó el importante trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en la vigilancia de la conducta de los Estados. Expresó finalmente la necesidad de elaborar protocolos regionales de cooperación para atender la llegada masiva de personas venezolanas; y de implementar medidas para promover la integración social a través del acceso a la educación, al trabajo e a la seguridad social y garantías contra la discriminación y xenofobia.

Titulación de tierras colectivas y protección de los pueblos indígenas Emberá, Wounaan, Kuna, Buglé, Ngöbe, Naso y Bribi en Panamá

Las organizaciones solicitantes plantearon que el Estado de Panamá ha negado el derecho de los pueblos indígenas a sus tierras ancestrales. Dijeron que el Estado accedió a la titulación de éstas, pero luego la detuvo bajo el argumento de que se trataba de tierras protegidas. Asimismo, sostuvieron que el Estado ha permitido el avance de las industrias extractivas en las mismas tierras, lo que amenaza el ambiente y a la cultura y autonomía de los pueblos indígenas; y por último pidieron que la CIDH otorgue medidas cautelares y realice una visita de investigación in loco a Panamá. Por su parte, el Estado afirmó su compromiso con la protección de los derechos humanos, en particular a la propiedad colectiva; a la consulta libre e informada; a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado; así como al acceso al agua y a las fuentes de alimentación de las comunidades indígenas. Destacó el progresivo fortalecimiento de la protección de la propiedad colectiva e individual, así como la creación del Ministerio del Ambiente y la promoción de nuevas reformas. A su vez, la CIDH pidió aclaración sobre los mecanismos de demarcación y titulación de tierras; el número y el estado de solicitudes; el estatuto legal aplicable al área protegida en relación con industria económica y extractiva; y el impacto que los proyectos de infraestructura han tenido sobre los derechos humanos de las poblaciones indígenas. Concluyó con un reconocimiento de los avances del gobierno panameño y una consulta sobre las medidas adoptadas por el Estado para asegurar los derechos de las comunidades indígenas y valorizar sus aportes en la conservación de la tierra.

Denuncias de asesinatos, desaparición y múltiples formas de discriminación en contra comunidades indígenas y mujeres nativas de Alaska en Estados Unidos

Las organizaciones solicitantes describieron la tasa de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes indígenas en los Estados Unidos como devastadora, especialmente las mujeres indígenas y nativas de Alaska. Afirmaron que el 84% de las mujeres nativas de Alaska han sufrido violencia en algún momento de su vida; además, denunciaron que las autoridades federales denegaron el acceso a la justicia a dichas víctimas, y que los crímenes no se están investigando adecuadamente. Por su parte, el Estado presentó información sobre su compromiso de adoptar medidas para erradicar la violencia contra la mujer en Alaska y señaló que los fiscales federales estaban trabajando para llevar ante la justicia a los autores de delitos violentos contra las mujeres indígenas. La CIDH reconoció los esfuerzos realizados por el Gobierno Federal en esta materia, especialmente el enjuiciamiento de los actos de violencia contra la mujer, y pidió a las autoridades de los Estados Unidos que tomaran las medidas adecuadas para comprender con precisión las raíces de este fenómeno y cumplir con su obligación de prevenir tales delitos contra la mujer.

Identificación de restos de personas migrantes desaparecidas en la frontera de Estados Unidos

Las organizaciones solicitantes comunicaron los obstáculos que enfrentan los familiares de las personas migrantes que han desaparecido en la frontera sur de Estados Unidos en sus intentos por identificar y repatriar sus restos. Además, subrayaron que los medios para identificar los restos de los migrantes existen y funcionan con éxito para los científicos forenses y las ONG, pero que la falta de voluntad política del Estado para cooperar con esos grupos ha menoscabado la eficacia del sistema. Afirmaron que, al no adoptar las medidas adecuadas para identificar y repatriar los restos de los migrantes desaparecidos, el Estado estaba violando las normas internacionales. El Estado, por su parte, expresó su profunda preocupación por esta situación y explicó sus prácticas y políticas actuales que impiden cierta colaboración con grupos externos. La CIDH planteó preguntas al Estado sobre las denuncias de cremación y fosas comunes públicas de migrantes no identificados, y condenó la falta de investigación para identificar los restos. Además, la CIDH elogió los esfuerzos humanitarios de las organizaciones de la sociedad civil y las universidades para proporcionar tranquilidad a los familiares de los migrantes desaparecidos, y destacó la importancia de adoptar medidas inmediatas para modificar las políticas y los estatutos que inhiben una mayor participación del Estado en esta labor.

Cuatro millones de ciudadanos estadounidenses residentes en Puerto Rico vs. Estados Unidos (P.13. 154) Roselló y otros vs. Estados Unidos (P. 13.326) - Reivindicación del Derecho al Voto en Puerto Rico

Los peticionarios argumentaron que a los ciudadanos estadounidenses que residen en Puerto Rico se les niega el derecho a votar y elegir al Presidente, al Vicepresidente y a los miembros del Congreso de los Estados Unidos que tienen derecho a voto; todo ello sobre una base discriminatoria por residir en un territorio de los Estados Unidos y no en un Estado. Destacaron que sólo pueden ejercer este derecho al voto si se trasladan y residen en un Estado o en un país extranjero. No obstante, las leyes federales de Estados Unidos se aplican a los ciudadanos de Puerto Rico, y las decisiones de las autoridades locales y estatales están sujetas a una junta federal de supervisión. De esta manera, alegaron que el Estado viola los artículos II (derecho a la igualdad ante la ley), XVII (derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y los derechos civiles), XVIII (derecho a un juicio justo) y XX (derecho a votar y a participar en el gobierno) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. El Estado afirmó que aunque el caso está enmarcado en términos de derecho al voto, los peticionarios buscan cuestionar el status político de Puerto Rico como Estado Libre Asociado en el sistema federal de los Estados Unidos, lo cual es un asunto puramente interno. Además, argumentó que las diferencias en los derechos de voto de los ciudadanos estadounidenses que residen en Puerto Rico no se basan en los factores identificados en el Artículo II de la Declaración Americana, sino en la naturaleza de lo que es un Estado federado, lo cual está definido en la Constitución de Estados Unidos. Además, el Estado afirmó que estos ciudadanos gozan de los mismos derechos civiles que todos los ciudadanos estadounidenses, tienen acceso a los tribunales de Estados Unidos, eligen a su propio Gobernador y a su propia legislatura y tienen derecho a votar en las elecciones de los Estados Unidos. Finalmente, la CIDH destacó la importancia del derecho al voto al afirmar que constituye la esencia de la ciudadanía en una democracia.

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La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 220A/18