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Comunicado de Prensa

La CIDH expresa profunda preocupación por bloqueo a juicio por graves violaciones a los derechos humanos en Suriname

2 de agosto de 2016

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresa su profunda preocupación respecto de las medidas adoptadas por el Presidente Dési Bouterse de Suriname en Junio de 2016 para bloquear la reanudación de un juicio sobre graves violaciones a los derechos humanos en donde él se encuentra entre los acusados.

La Comisión hizo un estrecho monitoreo de la situación de derechos humanos en Suriname durante la dictadura militar, y publicó informes  documentando las graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo masacres. Estas masacres incluyeron el caso emblemático del asesinato de 15 prominentes ciudadanos en Fort Zeelandia el 8 de diciembre de 1982. El Comité de Derechos Humanos de la ONU también estableció las violaciones al derecho a la vida en este caso. Adicionalmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencias relacionadas a graves violaciones a los derechos humanos en dicho período, en los casos sobre la Comunidad Moiwana (emitida el 15 de junio de 2005) y Aloeboetoe y otros (emitida el 4 de diciembre de 1991).

Años después, en 2007, se dieron pasos para iniciar un juicio, pero se frenó cuando el Congreso aprobó una ley de amnistía en 2012. Como lo indicó la CIDH en un comunicado de prensa emitido en ese entonces, “mediante esta legislación se busca consolidar la inmunidad por violaciones de derechos humanos cometidas durante la era militar (1982-1992) en Suriname y eliminar la excepción en la Ley de Amnistía de 1992 que se aplica a delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra”. La Comisión Interamericana subrayó que “las leyes de amnistía relacionadas con violaciones graves de derechos humanos son incompatibles con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, ya que impiden a los Estados investigar y castigar a los responsables”.

A fines de 2015, la Alta Corte decidió que debía reanudarse el juicio. El 9 de junio de 2016, la Corte Militar a cargo del caso habría sentenciado que la ley de amnistía no tendría efecto, abriendo la posibilidad de continuar con el juicio.

Sin embargo, versiones periodísticas indican que el Presidente Bouterse rechazó dicha sentencia, y que a fines de junio se dirigió a la Asamblea Nacional en una sesión privada para anunciar que invocaría el Artículo 148 de la Constitución, que establece que el gobierno establece la política general de investigaciones, y en el interés de asuntos de seguridad del estado, puede dar instrucciones al fiscal general sobre investigaciones. Los artículos indican que este es el mecanismo que utilizó el presidente para volver a frenar la marcha del juicio en su contra.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos reitera que Suriname, como un Estado miembro de la OEA y Estado parte de la Convención Americana de Derechos Humanos, se ha comprometido a investigar, llevar a juicio y castigar graves violaciones a los derechos humanos tales como este caso, conocido como los asesinatos de diciembre. Los asesinatos de diciembre han permanecido en la impunidad a través de la aplicación de una variedad de mecanismos que son incompatibles con las obligaciones internacionales del Estado.

La Comisión y la Corte Interamericanas han dejado sentado que el hecho de tener una ley de amnistía no es justificación para no investigar y asegurar el acceso a la justicia para las violaciones a los derechos humanos. Tampoco puede el Estado investigar y llevar a juicio violaciones a los derechos humanos en el sistema de justicia militar, ya que carece de las garantías requeridas de independencia y eficacia. La medida anunciada más recientemente, donde uno de los acusados instruye a frenar el juicio, continúa negando justicia a los familiares que la han estado buscando desde 1982, y niega además el derecho a la verdad a toda la sociedad surinamesa. El hecho de que aún no se haya establecido la Corte Constitucional que creó la Constitución representa otra deficiencia más en el acceso a la justicia.

Las leyes y otras medidas que no permiten la investigación diligente y el enjuiciamiento de graves violaciones a los derechos humanos son incompatibles con las obligaciones interamericanas en materia de derechos humanos. En cumplimiento de los estándares interamericanos desarrollados y consolidados en relación con la justicia y en contra de la impunidad, muchos Estados en la región han revisado e invalidado los efectos de sus leyes de amnistía y adoptado otras medidas similares, a fin de cumplir con las obligaciones establecidas en el sistema interamericano.

La Comisión Interamericana urge a las autoridades de Suriname adoptar todas las acciones que sean necesarias para cumplir con su obligación de investigar, enjuiciar y castigar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar, y en particular, aquellas cometidas el 8 de diciembre de 1982.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 108/16