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Comunicado de Prensa

CIDH anuncia que mantiene la realización del 175 Período de Sesiones en Haití

26 de febrero de 2020

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de mantener el 175 Periodo de Sesiones, a realizarse del 2 al 8 de marzo de 2020 en Puerto Príncipe, Haití, así como las audiencias y las reuniones de trabajo que se llevarán a cabo los días 5 y 6 de marzo, en el Hotel Karibe.

Los sucesos de violencia registrados durante las manifestaciones que tuvieron lugar en Puerto Príncipe el pasado domingo 23 de febrero, obligaron a la CIDH a evaluar la pertinencia de seguir adelante con el programa integral de las sesiones en Haití. Para tales efectos la Comisión entró en contacto inmediato con las autoridades gubernamentales, así como con actores relevantes de la sociedad civil nacional e internacional, organismos internacionales de derechos humanos y la Oficina de la OEA en Haití. Una vez verificada la disminución de la situación de tensión, la Comisión acogió con beneplácito el compromiso del Gobierno haitiano de reforzar las medidas de seguridad requeridas para el buen desarrollo de las sesiones, y en particular de las y los participantes. Compromiso que fue formalizado mediante nota escrita del día de hoy, 26 de febrero, recibida por medio de la Misión de Haití ante la OEA, en la que ofreció a la CIDH garantías de seguridad y trasporte para todas las personas participantes en el período de sesiones. Para tales efectos, tanto el Gobierno como la CIDH contarán con puntos focales de coordinación, cuyos datos serán comunicados próximamente a las y los participantes.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

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