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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington DC/ Managua. El Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) constata con preocupación que el Estado de Nicaragua ha adoptado una estrategia de impedimento de toda forma de manifestación o protesta social.
Desde la publicación de notas de prensa de la Policía Nacional que, primero, responsabilizaron a quienes convocaran a manifestaciones públicas por los hechos violentos ocurridos en ellas y, posteriormente, declararon ilegal toda manifestación que no contara con autorización previa de la autoridad policial, el MESENI identificó limitaciones que violan los estándares internacionales de derechos humanos.
El desproporcionado despliegue preventivo de personal policial antimotines, así como de otras unidades policiales en lugares en que tradicionalmente se protestaba, se unió ahora a la ocupación de establecimientos comerciales en que se habían realizado pequeños actos de protesta. Así, dicho patrón de extrema limitación del derecho a protestar se manifestó más concretamente.
Las detenciones producidas en Somoto y en un centro comercial de Managua en los últimos días, con la posterior imputación de cargos penales por entonar el himno nacional en un pequeño acto de protesta pública o por fotografiar a los policías desplegados en el centro comercial, permiten constatar ahora la decisión de criminalizar cualquier manifestación de disidencia.
Tal como le ha manifestado insistentemente la CIDH al Estado de Nicaragua, la protesta social y la libertad de expresión no pueden ser vistas como una amenaza en sociedades democráticas. En particular, en el contexto que vive hoy el país, la protesta social y la libertad de expresión son herramientas que contribuirán a explorar mecanismos de diálogo que aseguren la paz, la reconciliación y garanticen verdad, justicia y la reparación a que tienen derecho las víctimas, especialmente los cientos de familias que han perdido a sus seres queridos.
La CIDH hace un llamado para la generación de acciones que aseguren, además, la no repetición de las violaciones a los derechos humanos que se han constatado durante la crisis que enfrenta el país desde abril recién pasado. El ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a protestar también contribuirá a la construcción dialogada de dichas acciones
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 248/18