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Comunicado de Prensa

CIDH saluda aprobación de la nueva Ley de Migración en Brasil

16 de junio de 2017

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la aprobación legislativa y sanción de la nueva Ley de Migración en Brasil. La CIDH insta al gobierno federal brasileño a promover un proceso abierto y transparente para la reglamentación de la ley, con la participación de la sociedad civil, respetando los principios, normas y estándares interamericanos de derechos humanos.

La CIDH saluda la decisión del Estado brasileño de sustituir la anterior legislación migratoria, conocida como Estatuto del Extranjero, que viene de un periodo dictatorial, por una legislación moderna y en consonancia con los principios de su Constitución Federal. La nueva ley de migración incorpora al ordenamiento jurídico brasileño el repudio y la prevención de la xenofobia, el repudio de las prácticas de deportaciones sumarias o expulsiones colectivas, la no criminalización de la migración, la no discriminación en virtud los medios de entrada al territorio nacional, acogida humanitaria y acceso libre e igualitario a los servicios públicos, beneficios y programas sociales, diálogo social en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas migratorias y la promoción de la participación ciudadana del migrante, la protección integral y la atención al interés superior del niño, niña o adolescente migrante, la protección de las personas brasileñas en el exterior, la promoción del reconocimiento académico y el derecho a la migración y al desarrollo humano como derechos inalienables para todas las personas.

Además, refuerza el acceso para migrantes a los derechos y las libertades civiles y los derechos sociales, culturales y económicos, incluyendo el derecho a la reunificación familiar, los derechos de asociación y de reunión para fines pacíficos y la organización sindical. En el mismo sentido, refuerza las garantías de acceso a la justicia y de asistencia legal integral gratuita en caso que sea necesaria. La nueva ley hace más accesibles los trámites de regulación migratoria, independientemente de la situación migratoria de la persona extranjera, previendo mecanismos más claros y eficientes. Asimismo, actualiza y desburocratiza los procedimientos de naturalización en general.

Otra importante innovación legislativa es la creación de dos mecanismos de protección: la acogida humanitaria mediante la expedición de visado o residencia específicos para situaciones no previstas anteriormente (a la luz de la experiencia brasileña con la emisión de visas de carácter humanitario a ciudadanos y ciudadanas de Haití) y la protección a las personas apátridas. Este mecanismo en la ley brasileña es resultado del compromiso asumido en la Declaración y Plan de Acción de Brasil de 2014, conmemorativa de los 30 años de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984. Por el mecanismo creado en la legislación, la persona apátrida interesada en esa protección, tras la determinación de esa condición, recibirá permiso de residencia definitiva en Brasil y podrá optar voluntariamente por un mecanismo simplificado y rápido de naturalización brasileña.

La elaboración de la nueva ley brasileña se basó en procesos de amplia participación social desde su fase pre-legislativa. Se creó una Comisión de Expertos con la tarea de proponer un anteproyecto de ley y se realizó una Conferencia Nacional sobre Migraciones y Refugio. En la fase legislativa, muchas de las contribuciones de los expertos y de la sociedad fueron democráticamente consideradas por el proyecto de ley del Senado.  La CIDH destaca que se trata de la primera reforma migratoria integral hecha en Brasil que cuenta con el voto parlamentario. Las legislaciones anteriores fueron resultado de mecanismos que suprimieron la aprobación legislativa o fueron adoptados mediante decretos-ley de gobiernos autoritarios. Para garantizar que la legislación brasileña alcance los resultados sociales declarados, la CIDH insta al Estado brasileño a seguir con un proceso de reglamentación de la ley abierto y transparente, con participación de la sociedad civil, de conformidad con los principios, normas y estándares interamericanos de derechos humanos.

“Felicito a Brasil porque esta ley representa un avance importante para la protección de las personas migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana”, dijo el Relator sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH, Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva. “Esta ley incorpora un gran número de avances con relación al Estatuto del Extranjero, que representan buenas prácticas a seguir para otros Estados de la región.” El Relator Vargas destacó además que la elaboración de la ley se haya basado en procesos de amplia participación social desde su fase pre-legislativa. “Su contenido contaba con amplia aceptación y había sido aprobado por unanimidad en el Senado, por lo que no puedo dejar de lamentar los vetos que se le hicieron a la ley al final de este proceso”, señaló.

La CIDH lamenta los vetos realizados a la Ley de Migración, los cuales eliminaron la posibilidad de otorgar amnistía mediante un permiso de residencia a personas migrantes en situación irregular y también quitaron la posibilidad de no deportar a personas condenadas por la justicia. También se negó el derecho a los pueblos indígenas de poder transitar libremente sin importar las fronteras trazadas por los Estados. Los vetos eliminaron además la posibilidad de revocar las expulsiones decididas antes de la vigencia de la Constitución Federal de 1988, así como la posibilidad de que personas extranjeras pudieran algunas ejercer funciones públicas. La CIDH reitera que a efectos de que las políticas y leyes migratorias obedezcan a un verdadero enfoque de derechos humanos es necesario separar las funciones migratorias de las funciones de policía criminal. A pesar de esto, la CIDH valora y considera que la nueva ley brasileña representa un avance y una referencia importante para toda la region, en especial en un contexto global marcado por la adopción, por parte de diversos países, de políticas migratorias restrictivas y de mecanismos más rígidos de control contra la entrada de inmigrantes en sus territorios.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 078/17