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Washington, D.C. - En el contexto del Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge a los Estados a adoptar medidas urgentes a fin de garantizar el respeto de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en América.
"Las mujeres en la región están enfrentando obstáculos muy significativos en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. Algunas mujeres terminan en la cárcel por acceder a servicios de salud de emergencia durante un embarazo. Otras mujeres se ven obligadas a continuar con embarazos que ponen en riesgo sus vidas, o que son resultado de una violación sexual, debido a que el aborto está criminalizado bajo toda circunstancia en varios países de la región", indicó la Relatora sobre los Derechos de las Mujeres y Presidenta de la CIDH, Tracy Robinson.
"La falta de educación sexual y la falta de acceso a información sobre salud sexual y reproductiva es otro grave problema, porque se convierte en un impedimento para que las mujeres puedan efectivamente tomar decisiones autónomas sobre su salud sexual y reproductiva. Estos son sólo algunos de los graves problemas que hemos observado, y que nos preocupan profundamente", agregó la Relatora.
La Comisión Interamericana ha recibido información sobre los diversos obstáculos que enfrentan las mujeres para el ejercicio efectivo de sus derechos sexuales y reproductivos, tanto en visitas a países como en audiencias, en solicitudes de medidas cautelares y en el sistema de peticiones y casos individuales. Por ejemplo, se ha recibido información sobre el impacto negativo que tiene la criminalización del aborto en todas las circunstancias y su vínculo con el problema de mortalidad materna. A lo largo de los últimos años, la Comisión ha procesado peticiones relacionadas a casos que involucran esterilizaciones forzadas y la implementación de procedimientos quirúrgicos sin el consentimiento informado de las mujeres afectadas, lo cual resultó en la pérdida permanente de su capacidad reproductiva.
Asimismo, preocupa a la Comisión la dificultad en acceder a métodos de anticoncepción de emergencia en varios países debido a las restricciones impuestas sobre su distribución, venta y circulación. Continúa siendo un problema el acceso de las mujeres a la educación e información necesarias para tomar decisiones autónomas vinculadas con su salud sexual y reproductiva. En adición a esto, persiste la violencia obstétrica en los entornos de atención de salud, lo cual se expresa, por ejemplo, en la patologización de procesos naturales como el parto, la utilización de técnicas de aceleración sin obtener el consentimiento previo de la mujer, la práctica de cesáreas existiendo condiciones para un parto natural y sin consentimiento previo de la mujer, entre otros aspectos. La Comisión también ha recibido información preocupante sobre amenazas y hostigamiento contra las personas y las organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos sexuales y reproductivos.
"Para que podamos avanzar en la agenda de derechos de las mujeres, la salud sexual y reproductiva de las mujeres debe ocupar un lugar prioritario en la agenda pública de los Estados Miembros de la OEA", señaló la Comisionada Tracy Robinson.
Esto implica el deber de analizar de forma pormenorizada todas las leyes, normas, prácticas, y políticas públicas que puedan tener un impacto discriminatorio en las mujeres en su acceso a servicios de salud reproductiva y la obligación de eliminar todas las barreras de hecho y de derecho que impiden a las mujeres su acceso a servicios de salud materna que ellas necesitan. Las leyes restrictivas sobre los derechos reproductivos impactan de manera especial a las mujeres adolescentes, a las mujeres indígenas y afrodescendientes, a las lesbianas, a las mujeres que viven con discapacidad, a las mujeres rurales, y a las mujeres afectadas por la pobreza, entre otros factores de riesgo. Los Estados deben considerar en todas sus intervenciones el vínculo entre el respeto de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y el ejercicio de sus derechos a la vida, la integridad y la dignidad y a vivir libres de toda forma de violencia y discriminación.
"Es imprescindible que todas las acciones y medidas que adopten los Estados estén orientadas a facilitar el acceso a la información relacionada con salud sexual y reproductiva a fin de que las mujeres puedan tomar decisiones libres y autónomas sobre aspectos claves de su salud y su cuerpo", puntualizó la Relatora Robinson. "Además, las mujeres y las organizaciones que las representan deben tener un rol activo y participativo en el diseño de toda legislación y política pertinente a los derechos sexuales y reproductivos".
La CIDH destaca que el consentimiento informado es un requisito esencial para el respeto y la garantía de todos los derechos de las mujeres en el área de salud maternal y todas las esferas relacionadas con su capacidad sexual y reproductiva. Asimismo, la Comisión recuerda la importancia de las defensoras y los defensores que trabajan en los derechos sexuales y reproductivos, su rol esencial en la construcción de democracias incluyentes, y el deber del Estado de garantizar su seguridad para que puedan desarrollar su labor sin riesgos.
Por último, la CIDH urge a los Estados a implementar las recomendaciones contenidas en la “Declaración sobre Violencia contra las Mujeres, Niñas y Adolescentes y sus Derechos Sexuales y Reproductivos”, emitida en septiembre de 2014 en la Undécima Reunión del Comité de Expertos y Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la convención Belém do Pará (MESECVI).
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos y elegidas por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 024/15