CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH celebra decisión de la Corte de Apelaciones de Haití de investigar graves violaciones de derechos humanos cometidas bajo el régimen de Jean-Claude Duvalier

28 de febrero de 2014

Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebra la decisión emitida por la Corte de Apelaciones de Puerto Príncipe el 20 de febrero de 2014 de investigar las graves violaciones de derechos humanos cometidas bajo el régimen de Jean-Claude Duvalier.

Tras el regreso de Jean-Claude Duvalier a Haití en enero de 2011, un grupo de víctimas presentó una denuncia penal contra el ex presidente vitalicio por alegadas violaciones de derechos humanos cometidas bajo su régimen. El 27 de enero de 2012 el juez de instrucción declaró prescritos los delitos por violaciones de derechos humanos y decidió procesar a Duvalier por el delito de malversación de fondos públicos. Dicha decisión fue apelada por la defensa y por los representantes de las víctimas, constituidas en parte civil.

El 20 de febrero de 2014 la Corte de Apelaciones de Puerto Príncipe concluyó que el derecho internacional forma parte del derecho haitiano y que, por lo tanto, los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles. La Corte estableció además que existen indicios suficientes para investigar la responsabilidad penal de Duvalier y ordenó que se lleve a cabo una instrucción en la cual se escuche a todas las partes y se interrogue a todos los inculpados.

Las graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos cometidas bajo el régimen de Jean-Claude Duvalier fueron documentadas por la Comisión Interamericana en su Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití publicado en 1979, preparado con base en la visita de observación in loco realizada en dicho país en agosto de 1978. Con posterioridad al regreso de Duvalier a Haití, la CIDH emitió en mayo de 2011 un pronunciamiento sobre el deber del Estado haitiano de investigar dichas violaciones y destacó que “las torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas cometidas durante el régimen de Jean-Claude Duvalier son crímenes de lesa humanidad y, como tales, son imprescriptibles y no pueden quedar comprendidos dentro de una amnistía”. De acuerdo a la jurisprudencia consolidada del sistema interamericano de derechos humanos, la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es una norma imperativa de derecho internacional que no puede dejar de ser cumplida por los Estados.

La decisión de la Corte de Apelaciones de Puerto Príncipe representa un paso fundamental en el fortalecimiento del Estado de Derecho y en el restablecimiento de la confianza en el sistema judicial haitiano. La CIDH felicita a la República de Haití por este importante logro y espera que la instrucción se lleve a cabo respetando las garantías del debido proceso y con base en la premisa de justicia, verdad y reparación para las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 24/14