CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH expresa preocupación por muertes violentas en Centros Penitenciarios en Brasil

12 de noviembre de 2013

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por el alto número de muertes violentas ocurridas en lo que va del año 2013 en centros penitenciarios del estado de Maranhão, Brasil, particularmente en el Complejo Penitenciario de Pedrinhas. La CIDH insta al Estado a adoptar las medidas pertinentes para evitar la repetición de hechos similares y para investigar y sancionar a los responsables.

De acuerdo con información de público conocimiento, en lo que va de 2013, 47 internos habrían muerto y varios otros resultaron heridos en el Sistema Penitenciario del estado de Maranhão. Según la información recibida, 41 de estas muertes ocurrieron en el Complejo Penitenciario de Pedrinhas, de las cuales 17 fueron en octubre. De acuerdo con fuentes oficiales, el 10 de octubre el Gobierno del Estado de Maranhão habría decretado Situación de Emergencia en el Sistema Penitenciario de Maranhão por 180 días.

En atención a estos hechos, la CIDH reitera que los Estados, como garantes de los derechos de las personas privadas de libertad, tienen el deber fundamental de asegurar el control y la seguridad interna de las cárceles. El debido control por parte de las autoridades del orden interno en las cárceles es el presupuesto esencial para garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad. Asimismo, los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todas aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia.

En este contexto, la Comisión Interamericana hace un llamamiento urgente a las autoridades brasileñas de los distintos niveles de Gobierno y de los poderes públicos competentes, a fin de que adopten las medidas idóneas, incluyendo reformas estructurales, destinadas a prevenir brotes de violencia en los centros penitenciarios. En este sentido, entre las medidas concretas que el Estado debe adoptar están: el desarme de la población reclusa y los controles efectivos del ingreso de armas y otros objetos ilícitos; el incremento del personal destinado a la seguridad y vigilancia interior; la reducción de los niveles de hacinamiento; la investigación y sanción de los actos de violencia y corrupción que se registren dentro de los centros penitenciarios; y la prevención de las actividades de las organizaciones criminales presentes en las cárceles.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 86/13