CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH lamenta muerte de joven en República Dominicana

14 de noviembre de 2012

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lamenta la muerte de un joven durante la represión de una manifestación en Santo Domingo, República Dominicana, por parte de fuerzas de seguridad. La CIDH urge al Estado de República Dominicana a utilizar la fuerza estrictamente y de conformidad con sus obligaciones internacionales y los principios internacionales aplicables.

De acuerdo a información de público conocimiento, Willy Florián Ramírez, un estudiante de 21 años de edad, murió el 8 de noviembre de 2012 por herida de arma de fuego en Santo Domingo, durante enfrentamientos entre estudiantes y la Policía Nacional, en el marco de una manifestación. La información disponible indica que los efectivos policiales habrían hecho uso de la fuerza para controlar la manifestación, disparando con armas de fuego en contra de los manifestantes que salían del campus de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. En las inmediaciones del campus universitario, también habrían resultado heridos dos agentes policiales y otras cuatro personas.

Según la información ofrecida por la Jefatura de la Policía Nacional, se habría iniciado una investigación por la muerte del joven y los hechos de violencia, cuyos resultados iniciales indicarían que el presunto responsable del homicidio sería un funcionario policial, quién fue cancelado de sus funciones y está siendo procesado por estos hechos. Asimismo, otros 19 funcionarios policiales que participaron en el operativo habrían sido detenidos.

La CIDH valora las acciones realizadas por las autoridades estatales encaminadas a esclarecer judicialmente la muerte de Willy Florián Ramírez y los hechos de violencia. En ese sentido, la Comisión llama al Estado a reforzar todas aquellas acciones tendentes al desarrollo de una investigación de forma diligente e imparcial, y a procesar y sancionar a las personas que en su caso resulten responsables, así como reparar las consecuencias de estos hechos.

Asimismo, la CIDH reitera que es necesario adoptar mecanismos para evitar el uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes públicos en marchas y manifestaciones de protesta. En ese sentido, la Comisión Interamericana hace un llamado al Estado a adoptar de manera urgente todas las medidas necesarias para la debida protección de los manifestantes e integrantes de sus propias fuerzas de seguridad dentro del marco de respeto de los estándares interamericanos de derechos humanos.

Al respecto, la Comisión recuerda que el derecho de asociación y la libertad de expresión son derechos fundamentales garantizados la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Dada la importancia de estos derechos para la consolidación de sociedades democráticas, la Comisión ha sostenido que cualquier restricción de los mismos debe estar justificada en un interés social imperativo. En este sentido, la Comisión observa que un Estado puede imponer limitaciones razonables a las manifestaciones con el fin de asegurar el desarrollo pacífico de las mismas, así como dispersar aquellas que se tornan violentas, siempre que tales límites se encuentren regidos por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Por su parte, el accionar de agentes estatales no debe desincentivar los derechos de reunión, manifestación y libre expresión, por lo cual la desconcentración de una manifestación debe justificarse en el deber de protección de las personas. Los operativos de seguridad que se implementen en estos contextos deben contemplar las medidas más seguras y menos lesivas de los derechos fundamentales involucrados. El uso de la fuerza en manifestaciones públicas debe ser excepcional y en circunstancias estrictamente necesarias conforme a los principios internacionalmente reconocidos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 133/12