CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH deplora muertes violentas en cárcel de Venezuela

6 de enero de 2012

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la muerte violenta de cinco internos en el Centro Penitenciario de Occidente, conocido como “Cárcel de Santa Ana”, en el estado de Táchira. La Comisión urge al Estado venezolano a adoptar medidas a fin de investigar estas muertes y sancionar a los responsables, así como evitar la repetición de hechos similares.

De acuerdo con la información recibida, los ataques habrían estado dirigidos específicamente contra los cinco internos cuyos cuerpos fueron encontrados el 2 de enero.

La CIDH reitera que los Estados, como garantes de los derechos de las personas privadas de libertad, deben adoptar todas las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los reclusos. Los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todas aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia. Estas investigaciones no sólo deben estar orientadas a establecer los responsables materiales de los hechos, sino también a los posibles autores intelectuales y a aquellas autoridades que por acción u omisión pudieran haber tenido algún grado de responsabilidad.

Desde hace varios años la Comisión Interamericana ha venido dando seguimiento a la situación de las cárceles en Venezuela a través de distintos mecanismos, incluyendo casos contenciosos y medidas provisionales solicitadas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En mayo de 2010, frente a hechos de violencia ocurridos en esta cárcel, en los que se registraron varios muertos y heridos, la Comisión hizo un llamado urgente al Estado a adoptar las medidas necesarias para hacer frente a los altos índices de violencia en los centros penitenciarios venezolanos. La CIDH urge nuevamente a las autoridades venezolanas a adoptar las medidas idóneas destinadas a prevenir brotes de violencia en los centros penitenciarios.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.

No. 1/12