CIDH llama a Colombia a adoptar medidas urgentes para garantizar los derechos de los pueblos indígenas y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

29 de diciembre de 2021

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación ante la persistencia de desafíos estructurales para la consolidación de la paz en los territorios de los pueblos étnicos y urge al Estado a tomar medidas urgentes para salvaguardar la supervivencia de estos pueblos y comunidades y garantizar la vida e integridad personal de sus integrantes.

Durante 2021, la CIDH realizó una labor de monitoreo especializado sobre la situación de derechos humanos de los pueblos y comunidades étnicas de Colombia, con un énfasis en la situación de implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. En ese marco, la Comisión ejecutó distintas actividades para el monitoreo de la situación, incluyendo un ciclo de siete encuentros virtuales, realizados, entre febrero y abril de 2021, con más de 70 organizaciones representativas de los pueblos indígenas, y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

Los encuentros tuvieron el objetivo de conocer la perspectiva de los pueblos y comunidades étnicas sobre los avances y desafíos en la implementación del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz. Las personas participantes expresaron a la CIDH su preocupación por los impactos de la violencia en sus territorios y los avances dispares en la implementación integral del Acuerdo de Paz. Expresaron su dolor ante las situaciones de violencia que, según indicaron, buscan acallar las voces de los pueblos y comunidades étnicas y apoderarse de sus territorios.

La Comisión escuchó testimonios sobre el recrudecimiento de la violencia a causa de la ocupación de los territorios por parte de grupos armados, actividades de cultivo y tráfico de drogas, armas y personas, así como la deforestación y minería ilegal. Según la información presentada, la confrontación generada por la disputa de estos territorios entre distintos actores externos ha resultado en un creciente número de asesinatos, masacres, amenazas en contra de la vida e integridad y hostigamientos de las personas integrantes de los pueblos y comunidades étnicas, en particular de sus lideres y lideresas, así como en situaciones de confinamiento y desplazamiento masivo. Según informaciones, esta violencia se da en áreas del país con limitada presencia del Estado y con un impacto agravado en las mujeres indígenas y afrodescendientes, en las niñas, niños y adolescentes y personas que ejercen liderazgos en los pueblos y comunidades.

Además, la CIDH escuchó sobre los desafíos respecto a varios puntos relacionados con el Capítulo Étnico incluyendo denuncias por bajos niveles de titulaciones colectivas a favor de los pueblos y comunidades étnicas; insuficientes asignaciones presupuestarias para los procesos de formalización territorial étnica; los lentos avances en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial; la pendiente inclusión de candidatos de los pueblos y comunidades étnicas en las Circunscripciones Territoriales Especiales de Paz; inconformidades con la implementación del programa de sustitución de cultivos de uso ilícito; así como la necesidad de consolidar la coordinación y reconocimiento de los pueblos y comunidades étnicas como sujetos políticos, sus sistemas de justicia y sus demandas de verdad y búsqueda de personas desaparecidas. También expresaron preocupación por iniciativas estatales sobre reglamentación del derecho a la consulta previa, sin haber sido consultadas previamente con los propios pueblos.

Al respecto, la CIDH toma nota de la información del Instituto Kroc sobre el estado de implementación del Acuerdo de Paz, indicando que 30 por ciento de las 578 disposiciones del Acuerdo han logrado completarse y el 18 por ciento se encuentran en un nivel intermedio de implementación. Sin embargo, según la información disponible, los compromisos que tienen enfoque étnico no superan el 13 por ciento de las disposiciones completas y el 13 por ciento de las disposiciones en estado intermedio de implementación. Los puntos con un estado de nula o mínima implementación se relacionan con la Reforma Rural Integral y Participación Política, dada su gran envergadura por tratarse de problemas estructurales como el acceso a la tierra.

La CIDH reconoce los esfuerzos del Estado enfocados en el Capítulo Étnico, y a la vez, comprende que su implementación constituye uno de los principales desafíos para consolidar el derecho a la paz de los pueblos y comunidades étnicas en el contexto del Acuerdo de Paz. En línea con lo anterior, llama al Estado a redoblar los esfuerzos institucionales y presupuestales para la implementación efectiva y adecuada del Capítulo Étnico del Acuerdo de Paz con el objeto de garantizar la integridad y pervivencia de los pueblos y comunidades étnicas. Ello incluye avanzar con el acceso a la legalización de tierras a favor de los pueblos y comunidades étnicas, garantizando el respeto y la protección efectiva de sus tierras, territorios y recursos naturales de conformidad con los estándares interamericanos.

La Comisión urge al Estado a fortalecer los esfuerzos para asegurar una acción institucional oportuna y eficaz con enfoque intercultural y colectivo en la implementación de medidas diferenciales respecto de los contextos y riesgos específicos de los pueblos y comunidades étnicas, lo que incluye fortalecer sus propios sistemas de autoprotección, como la Guardia Indígena y Cimarrona.

En el marco del Programa Nacional Integral de Sustitución (PNIS) que forma parte del Acuerdo de Paz, la CIDH llama a su implementación efectiva, incluyendo a través de acuerdos de sustitución de cultivos ilícitos con los pueblos y comunidades étnicas como sujetos colectivos, ya sea a nivel de pueblos, de resguardo o de organización, y asegurando la pertinencia cultural de las medidas adoptadas para cumplir con este punto del Acuerdo de Paz.

Finalmente, la Comisión reitera la importancia de consultar en forma previa, libre e informada a los pueblos y comunidades étnicas, las iniciativas administrativas y legislativas que pudiesen afectar sus derechos, con el fin de obtener su consentimiento. Ello incluye cualquier iniciativa del Estado para la reglamentación de dicho derecho. En esa línea, tomar en cuenta e incorporar las propuestas formuladas por los propios pueblos y comunidades étnicas para su efectiva implementación.

La CIDH agradece a la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC), la Organizaciones Nacional Indígena de Colombia (ONIC), el Gobierno Mayor, CRIC Nacional, el Consejo Nacional de Paz Afrocolombiano (CONPA), la Instancia Especial de Alto Nivel de los Pueblos Étnicos (IANPE) y del International Work Group for Indigenous Affairs (IWGIA) por al apoyo brindado en el desarrollo de los encuentros virtuales con los pueblos y comunidades étnicas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 354/21

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