Oficina de Prensa de la CIDH
Washington - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó, el 1 de diciembre de 2021, la resolución 100/2021, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor del periodista Héctor Luis Valdés Cocho y su pareja, defensor de derechos humanos, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba.
Los solicitantes informaron que el señor Valdés Cocho es un periodista independiente que se identifica como gay y que habría sido objeto de hostigamientos, violencia y detenciones por parte de autoridades cubanas, así como su pareja sentimental “X”, afrodescendiente y defensor de los derechos humanos. Los solicitantes reportaron que los propuestos beneficiarios han sido objeto de constantes asedios, interrogatorios, hostigamientos y amenazas por parte de agentes de seguridad del Estado. La Comisión lamenta no contar con las observaciones del Estado, pese a que fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento.
La Comisión advirtió que las personas LGBTI y las personas defensoras de derechos humanos que trabajan en Cuba temas de orientación sexual, identidad y/o expresión de género y características sexuales aún sufren hechos de violencia, discriminación, restricciones a sus derechos de reunión y asociación, así como censura a su libertad de expresión y pensamiento. En particular, la Comisión observó que la intersección entre la discriminación por razones del origen étnico-racial, orientación sexual diversa e identidad de género afectaría de manera desproporcionada a la población LGBTI afrocubana. Especial preocupación expresó la Comisión al observar que el señor Valdés ha recibido hostigamientos y amenazas relacionados con su orientación sexual, incluso, agresiones mientras se encontraba bajo custodia del Estado. Al respecto, la Comisión señaló que “el involucramiento de la policía en actos de discriminación y violencia contra personas LGBT conduce a otros a creer que pueden hacer daño impunemente a personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas”.
Tras analizar la información disponible, la CIDH consideró que Héctor Luis Valdés Cocho y “X” se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que tienen limitaciones severas para poder desarrollar libremente sus actividades como periodista independiente en el caso del señor Valdés Cocho y como defensor de derechos humanos en el caso de “X”.
Por consiguiente, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó al Estado de Cuba que
El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 325/21
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