Día Internacional de la Mujer: la CIDH llama a los Estados a garantizar el principio de la debida diligencia reforzada y el derecho de acceso a la justicia durante la pandemia

8 de marzo de 2021

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Washington, D.C.- En el Día Internacional de la Mujer, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llama a los Estados a garantizar a las mujeres el acceso a la justicia, debido proceso y tutela judicial en el contexto de la pandemia de la COVID-19, velando por la continuidad en la prestación de servicios, la adopción de medidas alternativas de atención y denuncia, así como la administración de la justicia con una perspectiva de género.

La Comisión destaca que, a pesar de que los distintos instrumentos interamericanos e internacionales de derechos humanos, en especial la Convención Belém Do Pará, establecen que las mujeres de todas las edades tienen el derecho a vivir una vida libre de violencia y discriminación, se ha observado, con preocupación, la intensificación de la violencia física, sexual y psicológica contra las mujeres en el contexto de la pandemia. Según fuentes de información pública y monitoreo realizado por organismos internacionales especializados, se ha reportado el asesinato de, al menos, 1.400 mujeres en la región en el contexto de confinamiento por la pandemia de la COVID-19.

Con el objeto de contrarrestar la violencia, la CIDH emitió una serie de recomendaciones en sus informes temáticos, como el de Violencia y discriminación contra mujeres, niñas y adolescentes, comunicados de prensa y resoluciones, como la Resolución 1 y 4 de 2020. En estos instrumentos, la se recuerda que los Estados tienen el deber de garantizar el acceso a la justicia y la debida diligencia reforzada. Al respecto, deben prevenir, proteger, investigar, sancionar y reparar toda forma de violencia y discriminación basada en género con el apoyo de autoridades competentes e imparciales capacitadas en el tema, incluyendo identidad de género y atención especializada a las víctimas.

No obstante, la CIDH refirió en su comunicado de prensa 284/20 que identificó, que con frecuencia, actores de justicia no cumplen con los estándares interamericanos, ya que refuerzan estereotipos de género e ignoran la comprensión de la violencia sexual y de género como una violación del derecho a la integridad física y psicológica. Además, en el contexto de la pandemia, la Comisión observa con preocupación la suspensión de la actividad jurisdiccional y fiscal, que ha tenido consecuencias directas en la protección de los derechos humanos de las mujeres, niñas y adolescentes.
Por otro lado, se recibió información de que algunos Estados de la región adoptaron mecanismos alternativos de denuncia para casos de violencia basada en género, incluyendo la comunicación por servicios de mensajería instantánea y redes sociales. La Comisión valora dichas iniciativas y llama a los Estados a continuar la implementación de los mecanismos alternativos; sin embargo, recuerda tener en cuenta la brecha digital que prevalece en la región, así como las necesidades lingüísticas, comunicacionales y culturales de las mujeres de todas las edades, considerando, además, la intersección con otros grupos en especial situación de vulnerabilidad, como indígenas, afrodescendientes y tribales, migrantes y personas con discapacidad.

Además, la CIDH urge a los Estados establecer instituciones especializadas en la atención de la violencia basada en género y a fortalecer la protección integral de mujeres víctimas de violencia, garantizando refugios y albergues, entre otras medidas libres de prácticas discriminatorias contra personas lesbianas, bisexuales, trans e intersex, de acuerdo con el principio de igualdad y el derecho a la identidad de género que se encuentran en la jurisprudencia de la Corte IDH.

Asimismo, la Comisión insta a los Estados a incorporar la perspectiva de género en las medidas de respuesta a la pandemia que puedan obstruir el acceso de las mujeres a la justicia, lo que involucra analizar los impactos directos e indirectos que dichas medidas puedan tener, desde una perspectiva interseccional, tomando en cuenta factores de vulnerabilidad históricos y estructurales como la edad, origen étnico-racial, estatus migratorio, situación socioeconómica, orientación sexual, identidad/expresión de género, diversidad corporal.

Finalmente, la CIDH reitera su llamado a los Estados a que, con urgencia, adopten legislación, políticas públicas, programas y mecanismos de protección judicial, que contengan la perspectiva de género y el enfoque interseccional para prevenir, responder y remediar hechos de violencia y discriminación en contra de las mujeres; y a redoblar sus esfuerzos para crear un cambio cultural hacia la no discriminación y fortalecer los recursos judiciales disponibles para reparar de manera adecuada a las víctimas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 052/21