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Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
Washington D.C. - La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su preocupación por las sentencias que condenaron a la periodista brasileña Schirlei Alves a prisión y al pago de una indemnización civil por difamación, tras publicar una investigación que criticaba la actuación judicial en un caso de violencia sexual en Brasil. La RELE alerta sobre el efecto inhibitorio que esta decisión puede tener en la libertad de expresión, particularmente de mujeres que denuncian violencia de género.
De acuerdo con la información pública, el pasado mes de noviembre, el 5 Juzgado Criminal de Florianópolis condenó a la periodista Schirlei Alves a un año prisión en régimen abierto y al pago de 400 mil reales (aproximadamente 80 mil USD) en concepto de daños y perjuicios, a favor del juez y el fiscal que la demandaron, por el presunto delito de difamación. La sentencia, dictada en primera instancia, aún puede ser evaluada en instancias superiores frente a la presentación de apelación.
La decisión está relacionada con un reportaje publicado en 2020 por la periodista en el periódico The Intercept Brasil, en el que describía una serie de discursos humillantes por parte de un abogado contra una víctima de violencia sexual, durante el desarrollo de audiencias judiciales, y criticaba la decisión de dicho proceso en primera instancia. El 14 de noviembre de 2023, el Consejo Nacional de Justicia de Brasil sancionó administrativamente con una advertencia al juez que conoció el caso, por omisión en la debida conducción de la audiencia al haber permitido un “comportamiento excesivo por parte del abogado de defensa del acusado”.
Esta Oficina ya había registrado presuntas vulneraciones a la libertad de prensa a raíz de la publicación del artículo de Schirlei Alves. En noviembre de 2020, una jueza ordenó a The Intercept Brasil y a otros medios de comunicación a que editaran los reportajes que publicaron sobre las audiencias del caso. Esta decisión generó fuertes reclamos por parte de organizaciones de la sociedad civil y fue considerado por los medios de comunicación involucrados como una interferencia directa en su labor periodística.
Según pudo conocer la RELE, el reportaje de Schirlei Alves ha tenido un importante impacto a nivel social, y ha contribuido a cambios legislativos. Por ejemplo, en 2021, se aprobó una ley para “impedir la práctica de actos que atenten contra la dignidad de la víctima y de los testigos y establecer causales para aumentar la pena por el delito de coacción durante el transcurso del proceso”.
La Relatoría recuerda que, como ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “en caso de un discurso protegido por su interés público, como son los referidos a conductas de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, la respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es convencionalmente procedente para proteger el honor del funcionario”. Asimismo, ha señalado que la imposición de una sanción civil elevada puede ser tan o más intimidante e inhibidor para el ejercicio de la libertad de expresión que una sanción penal, en tanto tiene la potencialidad de comprometer la vida personal y familiar de quien denuncia a un funcionario público, resultando en la autocensura.
Además, resalta que el periodismo es un canalizador privilegiado del debate público y los medios de comunicación tienen un rol crucial en la erradicación de los patrones socioculturales de violencia y discriminación hacia las mujeres. Como indica el Informe de la RELE “Mujeres y libertad de expresión”, los Estados deben reconocer este rol positivo que la prensa puede tener en la concientización sobre la prevalencia de estereotipos, prejuicios y actitudes sesgadas hacia las mujeres en razón de su género y el impacto en su derecho a vivir una vida libre de violencia y discriminación.
Tal como señaló la Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión y Justicia de Género de 2022, las mujeres que denuncian violencia de género no deben ser acusadas de difamación penal, ni ser sometidas a demandas por difamación malintencionadas. Los Estados deben garantizar que dichas expresiones gocen de una protección especial, ya que lo contrario puede obstaculizar la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Frente a las consideraciones previas, la Relatoría hace un llamado al Estado de Brasil a respetar y garantizar el derecho a la libertad de expresión; y a las autoridades judiciales competentes para conocer el caso en instancias superiores a tener en cuenta los estándares interamericanos sobre libertad de expresión.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
No. R318/23
12:23 PM