Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa R25/13

COMUNICADO DE PRENSA

R25/13

 

RELATORÍA ESPECIAL PRESENTA SU INFORME ANUAL 2012

 

Washington, D.C., 17 de abril de 2013. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el 16 de abril de 2013, ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos de la Organización de Estados Americanos (OEA) su Informe Anual 2012, en el cual se incluye el Informe Anual 2012 de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.

 

En su Informe la Relatoría Especial resalta los avances más importantes alcanzados en la región en 2012 en materia de libertad de expresión y pone de presente los desafíos existentes en la materia. En cuanto a los avances, la Relatoría Especial manifiesta su satisfacción por la aprobación de leyes en materia de acceso a la información, así como el impulso de las investigaciones y procesos judiciales que han logrado esclarecer la responsabilidad de crímenes cometidos contra periodistas en años previos. El Informe de la Relatoría Especial señala también los avances en materia judicial o legislativa, como la derogatoria de leyes de desacato o de disposiciones penales que permitían enjuiciar a periodistas por la publicación de información de interés público que pudiere ofender a las autoridades.

 

Asimismo, en el Capítulo II del Informe, la Relatoría Especial pone de presente los más importantes desafíos en materia de libertad de expresión y formula las recomendaciones procedentes de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia del sistema interamericano de protección de derechos humanos.

 

En particular, la Relatoría Especial llama la atención sobre el sensible aumento de la violencia contra las y los periodistas asociada al ejercicio de su profesión. Durante el 2012, al menos 26 personas fueron asesinadas en la región por motivos que podrían estar relacionados con el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. A estos lamentables hechos se sumaron cientos de denuncias sobre actos de violencia, agresión, amenaza e intimidación contra comunicadores y medios de comunicación, como represalia por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. En la mayoría de los casos, los actos de violencia contra las y los periodistas se produjeron luego de que estos reportaran hechos vinculados con el crimen organizado o con fenómenos de corrupción política o policial. Estos hechos de violencia han generado un aumento sensible en la autocensura de medios y periodistas como mecanismo para proteger su vida e integridad, y sin embargo, salvo algunas excepciones reportadas, no se han visto acompañados de medidas destinadas a reforzar su prevención o a impedir la impunidad de los crímenes cometidos.

 

A este respecto la Relatoría Especial recomienda a los Estados adoptar mecanismos de prevención adecuados para evitar la violencia contra las y los comunicadoras, incluyendo la condena pública a todo acto de agresión; la adopción de medidas eficaces de protección para garantizar la seguridad de quienes se encuentran sometidos a un riesgo especial por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión; la realización de investigaciones serias, imparciales y efectivas sobre los hechos de violencia cometidos contra periodistas y trabajadores de medios de comunicación social; el juzgamiento y la condena a todos los responsables de estos hechos, y la reparación adecuada a sus víctimas y familiares.

 

Asimismo, la Relatoría Especial pudo constatar que en algunos Estados se ha producido un aumento significativo en el número de periodistas procesados penalmente luego de haber difundido informaciones u opiniones sobre asuntos de marcado interés público. En este sentido, la Relatoría Especial señala la necesidad de derogar el delito de desacato y promover la modificación de las leyes sobre difamación criminal a fin de eliminar la utilización de procesos penales para proteger el honor y la reputación cuando se difunde información sobre asuntos de interés público, sobre funcionarios públicos o sobre candidatos a ejercer cargos públicos. La protección de la privacidad o el honor y la reputación de funcionarios públicos o de personas que voluntariamente se han interesado en asuntos de interés público, debe estar garantizada sólo a través del derecho civil. Asimismo, la Relatoría Especial hace un llamado a los Estados a adecuar sus normas en materia civil para evitar la imposición desproporcionada de las sanciones pecuniarias por el cubrimiento de hechos de interés público.

 

Al aumento de los procesos contra periodistas se suma, en algunos Estados de la región, un preocupante clima de polarización que ha conducido a estigmatizar tanto a periodistas críticos como a medios de comunicación comerciales y comunitarios, por parte de altos funcionarios públicos. Resulta particularmente preocupante para la Relatoría que, en algunos de estos casos, a tales declaraciones les hayan seguido actos violentos o la apertura de procedimientos disciplinarios que amenazarían con el retiro de las concesiones, permisos o licencias de funcionamiento de los medios críticos. Como lo pone de presente la Relatoría Especial, en aquellos lugares en los cuales existe una alta polarización política o social, este tipo de discursos estigmatizantes pueden conducir a un aumento en el nivel de riesgo de las y los comunicadores. Sobre este asunto, la Relatoría Especial en su Informe, exhorta a las autoridades estatales a abstenerse de hacer declaraciones públicas o a utilizar los medios estatales para hacer campañas públicas que puedan incentivar la violencia contra las personas por razón de sus opiniones. En particular, evitar las declaraciones que puedan estigmatizar a periodistas, medios de comunicación y defensores de derechos humanos.

 

En el Informe, la Relatoría Especial se refiere también a otros fenómenos de marcada importancia en materia de libertad de expresión, como la necesidad de regular mecanismos que pueden ser utilizados como medios de censura indirecta – como la asignación de publicidad oficial –; la importancia de proferir leyes de acceso a la información y de adoptar mecanismos adecuados de implementación de las leyes existentes; y la utilidad de impedir la concentración pública o privada en el control y la propiedad de los medios de comunicación social, entre otros asuntos.

 

En los Capítulos III y IV del Informe Anual, la Relatoría Especial presenta una síntesis de la jurisprudencia proferida por los más altos tribunales nacionales de la región, en materia de libertad de expresión y acceso a la información. Este estudio continúa la práctica de la Relatoría Especial de documentar y difundir en sus informes anuales aquellas decisiones judiciales nacionales que representan avances a nivel interno, o enriquecen la doctrina y jurisprudencia regional, a la vez que incorporan en su razonamiento estándares interamericanos en materia de libertad de expresión.

 

Finalmente, en el Capítulo V del Informe, la Relatoría Especial formula una serie de recomendaciones destinadas a afrontar los desafíos mencionados.

 

La Relatoría Especial agradece a los Estados, a las organizaciones de la sociedad civil y a las y los periodistas su colaboración en la realización del Informe y en general, en el cumplimiento del mandato asignado a la oficina.

 

El Informe Anual 2012 de la Relatoría Especial está disponible en el siguiente enlace: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/anuales/Informe%20Anual%202012.pdf

 

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.