Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa 57/01

GRAVE PREOCUPACION DEL RELATOR ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESION POR SITUACIÓN PROCESAL DE PERIODISTA PANAMEÑO

El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH manifiesta su preocupación por la existencia de un proceso penal por el delito de calumnias e injurias en contra del periodista Miguel Antonio Bernal. De acuerdo a la información recibida, el juicio fue iniciado en febrero de 1998 como consecuencia de declaraciones realizadas por Bernal en un reportaje televisivo donde habría atribuido responsabilidad a agentes policiales en el asesinato de cuatro presos de la Isla Penal de Coiba. La querella fue presentada por el entonces Director General de la Policía Nacional y está basada en los artículos 172,173 y 173 A del Código Penal de Panamá. El artículo 173 A establece penas de prisión de 18 a 24 meses "en caso de calumnia y de 12 a 18 en caso de injuria", cuando las expresiones sean cometidas a través de medios de comunicación social. En el día de mañana tendrá lugar una audiencia del proceso contra Bernal, tras la cual el periodista podría ser condenado.

De acuerdo a lo señalado por el principio 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión: "Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas."

La Relatoría ha señalado en reiteradas oportunidades que la existencia y el uso del delito de calumnias o injurias con el fin de acallar las expresiones críticas a la gestión pública es contraria al libre ejercicio de la libertad de expresión.

Eduardo Bertoni
Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH
11 de mayo de 2002
Washington, D.C.