Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa R201/18

Relatoría Especial condena ataques, presiones políticas y censura indirecta contra periodistas y medios de comunicación en Nicaragua 

8 de septiembre de 2018

Washington D.C. - La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la persistencia de amenazas constantes contra la seguridad de los periodistas, vigilancia y presiones políticas a los medios de comunicación en Nicaragua. Entre otras prácticas, medios de comunicación denunciaron la puesta en marcha de mecanismos de censura indirecta por parte del Estado en contra del equipo periodístico del Canal 10. La Relatoría Especial hace un llamado urgente al Estado a hacer cesar estas acciones y garantizar el libre e independiente funcionamiento de los medios de comunicación en el país.

Según información constatada por el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), la redacción de "Acción 10", el noticiero de mayor audiencia de Nicaragua se encuentra bajo presión gubernamental desde el comienzo de la crisis política en ese país. El 20 de agosto, Oscar Ortiz, quien sería jefe de prensa de Canal 8 de Nicaragua afín al gobierno, se hizo presente en la sede de Canal 10 con la finalidad de asumir la jefatura de prensa del noticiero "Acción 10". Los periodistas del mencionado programa de noticias se opusieron a la medida y denunciaron el hecho como un nuevo intento del gobierno para controlar la línea editorial del medio.

Seguidamente, la Unidad de Análisis Financiero (UAF) de Nicaragua inició un "proceso de inteligencia financiera" contra el gerente general de Canal 10, Carlos Alberto Pastora Rossler, por presunto "Lavado de Activos" y se habría dictado una orden de retención migratoria que le impediría salir del país. De acuerdo a la información disponible, el 22 de agosto Carlos Pastora ingresó a la sede de la Embajada de Honduras en Nicaragua y solicitó protección diplomática a ese país, del que también es nacional. Asimismo, solicitó protección frente a las acciones del Estado de Nicaragua en su contra y los riesgos a su vida e integridad personal, debido a las amenazas directas y seguimientos que denunció haber sido víctima.

El noticiero "Acción 10" de canal 10 es uno de los programas informativos con mayor alcance y audiencia, producido por una empresa periodística independiente del propio canal.  Al inicio de las protestas sociales en abril de este año, "Acción 10" debió suspender sus transmisiones durante dos días por presiones directas del gobierno. El programa de noticias regresó al aire luego de que el equipo periodístico hiciera pública las presiones y exigiera al propietario del canal reportar sobre las protestas sin restricciones. Según información disponible, también habría presiones por parte del gobierno para adquirir directamente el canal a su actual propietario, el empresario Ángel González. 

Según documentó la CIDH en su informe sobre las "Graves violaciones a los derechos humanos en el marco de las protestas sociales en Nicaragua", durante los primeros días de las protestas que culminaron en la crisis política y social actual, varios periodistas y medios de comunicación recibieron órdenes de autoridades para restringir la difusión de información sobre los sucesos. Al menos quince periodistas pertenecientes a tres de los principales canales de televisión del país renunciaron a sus puestos de trabajo como rechazo a la censura impuesta. En ese período, Canal 12, Canal de Noticias de Nicaragua (CDNN23), Telenorte y Canal 51, este último de la Conferencia Episcopal, fue suspendida durante 24 horas. El canal 100% Noticias estuvo 6 días sin poder transmitir, tras haberse negado a aceptar las presiones del órgano regulador de las telecomunicaciones (TELCOR) para sacar del aire programas percibidos como opositores. La CIDH también dictó medidas cautelares para proteger la vida e integridad de los periodistas de Radio Darío, incendiada por fuerzas que respondían al gobierno durante los primeros días de protesta.

La CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión también han observado con grave preocupación estigmatización, agresiones, seguimientos y ataques contra periodistas y camarógrafos que cubren la crisis política que persiste en el país, así como las movilizaciones de los distintos sectores. A las agresiones de periodistas que cubren protestas o el acoso a periodistas extranjeros, esta semana, el medio digital Confidencial denunció vigilancia y acoso de motorizados parapoliciales sobre varios de sus periodistas.

"Los reiterados intentos del gobierno de controlar a los medios de comunicación a través de presiones y mecanismos regulatorios carentes de independencia representan una grave amenaza a la libertad de expresión en Nicaragua, que se suma a los numerosos casos de amenazas, agresiones e intimidación contra quienes informan sobre protestas sociales", afirmó el Relator Especial, Edison Lanza. "Hoy más que nunca el sistema democrático de Nicaragua necesita de una prensa independiente y crítica, por lo que resulta indispensable que los medios de comunicación sean protegidos de interferencias de naturaleza política y presiones en función de su línea informativa", manifestó el relator.

En cuanto al acoso a periodistas, la Relatoría Especial recuerda que los periodistas "no deben ser molestados, detenidos, trasladados o sufrir cualquier otra limitación a sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Inclusive, sus herramientas de trabajo no deben ser secuestradas".

El marco jurídico interamericano es consistente en condenar las presiones políticas y medidas estatales que constituyen medios indirectos de restricción a la libertad de expresión. El artículo 13.3 de la Convención Americana establece que, "[n]o se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o [.] por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones".

En igual sentido, el principio 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH dispone que, "[l]a censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión". El principio 13 de la Declaración de Principios establece que, "la utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias [,] entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión".

A este respecto, la Corte Interamericana ha mencionado que "el uso de una facultad permitida del Estado con el objetivo de alinear editorialmente al medio de comunicación con el gobierno" constituye una forma de restricción indirecta incompatible con la Convención Americana y que "puede llegar a generar un efecto disuasivo, atemorizador e inhibidor sobre todos los que ejercen el derecho a la libertad de expresión, lo que, a su vez, impide el debate público sobre temas de interés de la sociedad". La  Relatoría Especial llama de manera urgente al Estado de Nicaragua a hacer cesar todo tipo de presión contra Canal 10, sus directivos y periodistas y a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de sus labores de manera libre e independiente.

R201/18