La Relatoría Especial manifiesta preocupación por detención en Cuba del artista Danilo Maldonado, conocido como "El Sexto"
23 de diciembre de 2016
Washington D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su preocupación por la detención el 26 de noviembre de 2016 en Cuba del artista Danilo Maldonado, conocido por el nombre artístico "El Sexto", tras realizar un grafiti en la Habana en alusión a la muerte del ex Presidente Fidel Castro.
De acuerdo con la información recibida, el 26 de noviembre de 2016 el artista conocido como "El Sexto" fue detenido por funcionarios en su casa en La Habana bajo cargo de daños a la propiedad del Estado. Luego de conocerse la muerte del ex Presidente Fidel Castro, Maldonado habría realizado grafitis en una pared del Hotel Habana Libre y en la fachada de otros dos edificios estatales, en los que se podía leer "Se fue". Según lo informado, el artista sigue detenido y se encontraría actualmente en la prisión de máxima seguridad "Combinado del Este", en La Habana, pese a que la falta que se le imputa se castigaría con una multa, y no con privación de la libertad
Esta no es la primera vez que Maldonado es detenido. El 25 de diciembre de 2014 fue detenido durante 10 meses, tras haber sido arrestado por desacato vinculado a un performance que se disponía a realizar en un parque de La Habana que consistía en liberar a dos cerdos pintados de verde con dos nombres escritos en rojo sobre sus cuerpos: Fidel y Raúl, en alusión a la obra "Rebelión en la granja", de George Orwell. No se le proporcionó fecha para el inicio del juicio en su contra, y pese a que presentó una solicitud para que le explicaran el motivo de la detención, el recurso fue denegado. Finalmente en octubre de 2015 fue puesto en libertad sin que se le hubiese realizado un juicio, ni presentado cargos formales en su contra.
A la Relatoría Especial le preocupa la persecución selectiva y deliberada que existe en Cuba en contra de periodistas, activistas, artistas, defensores de derechos humanos y opositores del gobierno por sus expresiones y posiciones críticas a la política e instituciones del país. En este caso en particular, le preocupa la imposición de una medida privativa de la libertad originada en un grafiti, que no es otra cosa que la manifestación de su opinión sobre un hecho de evidente relevancia pública como lo es la muerte y el funeral del ex mandatario cubano que se mantuvo en el poder por casi 50 años. Se trata de un juicio crítico que forma parte de la libertad de pensamiento y que las personas tienen derecho a expresar de conformidad con el derecho a la libertad de opinión garantizado en el artículo IV de la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre. En este caso, los daños a la propiedad que podrían haberse ocasionados son de una entidad menor y eventualmente pueden ser reparados mediante otras vías menos lesivas para el derecho a la libertad de expresión.
La Relatoría Especial ha señalado en diversas oportunidades que la captura, encarcelamiento y procesamiento penal de una persona por el simple hecho de haber manifestado opiniones que molestan a las autoridades, está expresamente prohibida por los estándares interamericanos de libertad de expresión. Adicionalmente, el onceavo principio de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH señala que "[l]os funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como 'leyes de desacato' atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información".
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
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