Libertad de Expresión

Comunicado de prensa R149/16

CIDH y su Relatoría Especial manifiestan preocupación por acciones de retaliación del Estado cubano contra una organización dedicada a la defensa de la libertad de expresión

Octubre 13, 2016

Washington D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión expresan preocupación ante la persistencia de actos de hostigamiento y actos de retaliación contra los miembros de la organización no gubernamental Cubalex (Centro de Información Legal) por parte de agentes del Estado. Estos episodios ocurrieron tras la presentación de un informe realizado por Cubalex sobre la situación de libertad de Expresión en Cuba y presentado ante las Naciones Unidas. La CIDH y su Relatoría Especial instan al Estado cubano a cesar estas acciones y a asegurar de manera efectiva que los integrantes de esta organización puedan ejercer sus derechos y la defensa de derechos humanos libre de interferencias indebidas.

De acuerdo a la información recibida, el 23 de septiembre la sede de Cubalex en La Habana fue allanada sin orden judicial por la policía y los oficiales de la seguridad del Estado y sus bienes de trabajo fueron decomisados, como parte de una presunta investigación fiscal por supuestas actividades económicas ilícitas. La abogada Laritza Diversent, quien dirige el Centro, manifestó a un medio cubano, que las verdaderas razones del operativo habrían sido "la respuesta oficial a un informe sobre la situación de libertad de Expresión en Cuba" que Cubalex presentó semanas atrás al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, en la sede del organismo en Ginebra.

Según lo informado, una hora antes del allanamiento, la comunicación de los celulares de los miembros de Cubalex que se encontraban en la sede, la de sus familiares, así como la línea de teléfono fijo de la organización, fueron cortados por el gobierno.

Durante el registro del inmueble habrían sido confiscados cinco computadoras, incluido un servidor, cuatro laptops, tres impresoras, varios teléfonos móviles, las cámaras de seguridad, así como documentos y archivos confidenciales de diversos casos atendidos por la oficina. Adicionalmente, los integrantes de Cubalex habrían sido sometidos a interrogatorios y cinco de ellos, cuatro mujeres y un hombre, habrían sido obligados a desnudarse para realizarles un chequeo corporal. A los miembros de la organización no se les habría permitido ingerir alimentos durante 13 horas. También se informó que dos miembros del equipo habrían sido detenidos. El activista Dayán Alfredo Pérez Noriega habría sido liberado mientras que el abogado independiente Julio Alfredo Ferrer Tamayo, todavía se encontraría hasta la fecha en una prisión en La Habana.

El allanamiento de la sede de Cubalex se sumaría a la detención arbitraria de Laritza Diversent, que habría tenido lugar a su regreso de Ginebra el 12 de agosto de 2016 y a otros similares ocurridos anteriormente.

Laritza Diversent y otros miembros de Cubalex son beneficiarios de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual solicitó el 22 de abril de 2015 que el Estado cubano adoptara medidas necesarias para preservar su vida e integridad personal. Adicionalmente, la CIDH solicitó a Cuba que se les permitiera ejercer su trabajo sin ser víctimas de hostigamientos.

La Comisión y su Relatoría Especial recuerdan que las personas que se constituyen en una asociación tienen el derecho a tener opiniones y difundir informaciones de toda índole, incluso políticas, sin interferencia por parte del Estado y sin límites de fronteras. En efecto, la protección de la libertad de las personas de divulgar información y promover de manera concertada sus intereses y demandas es uno de los objetivos del derecho a la libertad de asociación, sin el cual perdería su eficacia y razón de ser.  Al respecto, la Corte Interamericana  ha sostenido que la libertad de asociación no se agota con el reconocimiento teórico del derecho a formar asociaciones, "sino que comprende además, inseparablemente, el derecho a utilizar cualquier medio apropiado para ejercer esa libertad"

Adicionalmente, la CIDH y su Relatoria Especial reiteran que los miembros de asociaciones, particularmente aquellas dedicadas a defender derechos humanos, deben gozar de un amplio derecho a la libertad de expresión en relación con sus actividades y demandas, que incluye la libertad de formular críticas acerca de la política del gobierno. Si los miembros de las organizaciones defensoras de derechos humanos no cuentan con la posibilidad de expresarse libremente, y difundir informaciones para defender los derechos y comunicarlos al gobierno y a la comunidad general, se les priva de uno de los medios de acción y presión legítimos más importantes.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

 

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