Libertad de Expresión

7 - Capítulo VI – Consideraciones Finales y Recomendaciones

                                             

 

           1.         En el hemisferio existe una gama muy amplia de violaciones al derecho a la libertad de expresión. Estas violaciones van desde un estado de censura casi absoluta, como es el caso de Cuba, hasta simples impedimentos administrativos o burocráticos en la búsqueda de información.

 

           2.         El asesinato de periodistas es la mayor preocupación de la Relatoría, debido principalmente al valor de la vida humana que se vulnera y el efecto amedrentador que siembra sobre toda la sociedad.  El Relator Especial recomienda a los Estados miembros que, en el caso de asesinatos, secuestros, amenazas e intimidaciones a periodistas, se realice una investigación seria, imparcial y efectiva de los hechos y se juzgue y sancione a todos los responsables.

 

           3.         Más allá de la gravedad de los asesinatos a periodistas, el obstáculo principal para el goce pleno del derecho a la libertad de expresión es la legislación utilizada por las autoridades para silenciar las críticas.  Es fundamental que se reforme en algunos casos, y se incorpore en otros, principios normativos que garanticen el derecho a la libertad de expresión.  La ley y el respeto a la misma, como así también la libertad de expresión, son pilares fundamentales para la existencia de una sociedad democrática.  La deficiencia en ambas áreas, como ocurre en algunos Estados del hemisferio, representa una amenaza constante para la estabilidad democrática del hemisferio.

 

           4.         El Relator Especial recomienda a los Estados miembros que adecuen su legislación interna conforme a los parámetros establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y sé de pleno cumplimiento a lo dispuesto por el artículo IV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Asimismo recomienda a los Estados miembros que consideren adecuar su legislación interna y sus prácticas según los parámetros establecidos por la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. 

 

1.                 El Relator Especial recomienda a los Estados miembros derogar las leyes que consagran la figura de desacato, ya que restringen el debate público, elemento esencial del funcionamiento democrático y además son contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

2.                 Asimismo, el Relator recomienda a los Estados incorporar en sus legislaciones el sistema de protección dual en relación a las personas públicas y privadas, que trae como consecuencia práctica la aceptación de la doctrina de la “real malicia” y la consecuente modificación de las leyes de calumnias e injurias. 

 

3.                 El Relator Especial recomienda a los Estados miembros que se garantice efectivamente, tanto de iure como de facto el acceso a la información y habeas data a todos los ciudadanos, por ser ambos elementos esenciales de la libertad de expresión y del sistema democrático.

 

4.                 El Relator Especial recomienda asimismo la eliminación de cualquier calificativo que pueda implicar una censura previa a la libertad de expresión, tal como la exigencia de veracidad de la información.

 

5.                 El Relator quiere agradecer a los diferentes Estados que han colaborado durante este año con la Relatoría, así como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y su Secretaría Ejecutiva por su constante apoyo.

 

6.                 Por último, el Relator Especial quiere agradecer a todos aquellos periodistas independientes que día a día cumplen con una de las funciones más importantes de la sociedad democrática, como es el de informar a los ciudadanos para que éstos ejerzan sus derechos y cumplan sus obligaciones contando con la información necesaria.