CIDH

Palabras de la Comisionada Flavia Piovesan

Palabras de la Comisionada Flavia Piovesan en Acto de firma de Acuerdo de Solución Amistosa caso 13.017 C Familiares de víctimas de la dictadura militar de octubre de 1968 a diciembre de 1989 en Panamá

Panamá, 23 de mayo de 2019

Buenos días a todos y todas,

Al Honorable Estado panameño,
A los miembros de la organización Comité de Familiares  Asesinados y Desaparecidos de Chiriquí
A los familiares de las víctimas presentes en este acto solemne,

Es un honor en el día de hoy dirigirme a ustedes en esta ceremonia de firma del acuerdo de solución amistosa en el Caso 13.017 C Familiares de víctimas de la dictadura militar de octubre de 1968 a diciembre de 1989, en representación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en mi calidad de Relatora de la CIDH para Panamá.

Este caso se relaciona con las graves violaciones de los derechos de 15 personas en un contexto de violencia y abuso de poder que imperó durante la dictadura militar en el país, misma que operó desde el 11 de octubre de 1968 hasta el 20 de diciembre de 1989.

Para la CIDH es de gran relevancia el que las partes hayan decidido utilizar el mecanismo de solución amistosa y que hayan avanzado de manera tan ágil, con la facilitación de la Comisión, en el diseño de las medidas de reparación ajustadas a las necesidades de los familiares sobrevivientes de las víctimas en este caso.

En ese sentido, quiero destacar la importancia del componente de satisfacción relacionado con el reconocimiento público de los hechos y las violaciones ocurridas por parte del Estado panameño, toda vez que dicho reconocimiento constituye la piedra angular de la reconciliación y la reivindicación de los daños ocasionados.

Asimismo, quiero resaltar algunos elementos valiosos del acuerdo suscrito entre las partes el día de hoy. Primero, el carácter fundamental del reconocimiento de las partes de las acciones realizadas en materia de investigación y que culminaron con sentencias penales contra los perpetradores de varios de las violaciones de derechos humanos. La medida de justicia es de vital importancia para evitar la repetición de los hechos y en este caso constituye un aporte a la reconstrucción de la verdad material de lo ocurrido.

Finalmente, otro elemento que deseo destacar de este acuerdo de solución amistosa es la medida del monumento a los ejecutados y desaparecidos durante la dictadura militar en la localidad de Chiriquí, con la renovación de una placa en memoria de aquellos que vieron violados sus derechos a la vida y a la libertad personal y que ya no nos acompañan el día de hoy, pero cuya historia permanecerá incólume en el tiempo en virtud de la medida pactada, que al mismo tiempo sirve como una medida para preservar la historia de lo ocurrido y recordar el compromiso del Estado panameño de no repetición de los hechos y del deber de prevención de las consecuencias devastadoras de la violencia y la represión.

El procedimiento de solución amistosa ha sido priorizado por la Comisión por ser un importante componente del Sistema de Peticiones y Casos Individuales, que constituye un mecanismo para el arreglo pacífico y consensuado de las controversias. Se trata de un proceso que facilita la CIDH con el objetivo de lograr que el Estado concernido y las presuntas víctimas y/o personas peticionarias alcancen un acuerdo, fuera de la vía contenciosa, que permita la solución de la alegada violación de derechos humanos, con la voluntad de las partes como elemento esencial. El procedimiento ha sido y es muy efectivo en la resolución alternativa de asuntos, avanzado con mucho éxito en la consecución de medios de reparación a víctimas de violaciones de derechos humanos ajustada a sus intereses y necesidades.

Dentro de ese contexto de priorización del mecanismo de soluciones amistosas, la participación del Gobierno panameño, en este y otros casos en negociación, ha dado cuenta de la voluntad política del Estado panameño de colaboración y compromiso con el Sistema Interamericano como mecanismo de alerta temprana para identificar situaciones de derechos humanos que requieren el actuar del Estado para la reparación integral de víctimas de violaciones de derechos humanos. El Estado panameño ha avanzado con la firma de este acuerdo en la construcción de una política pública de soluciones amistosas y cumplimiento de lo pactado en dichos acuerdos.  Y es eso los que nos reúne aquí el día de hoy.

Por otro lado, como ustedes saben no siempre es posible obtener una reparación ad integrum de los daños ocasionados. En este caso, no es posible devolverle la vida a los ejecutados y la libertad a los desaparecidos. Pero si es posible a través de las medidas de no repetición establecidas en el acuerdo de solución amistosa evitar en que en el futuro se sigan cometiendo hechos similares de violencia.

La Comisión desea destacar y reconocer la lucha incansable del Comité de Familiares  Asesinados y Desaparecidos de Chiriquí, y su diligencia en la reivindicación de los derechos de las familias de Julio Mario Villarreal de las Casas, José Manuel Morantes Madrid, Everett Clayton Kimble Guerra, Ariosto González Gómez, Cruz Mojica Flórez, Candelario Torres Sánchez, Julio Alberto Samudio Silvera, Luis Antonio Quiróz Morales, Cecilio Fuentes Justavino, Diego Villarreal Serrano, Alonso Sabin Castillo, Edwin Eredio Amaya, Marta Morán Jiménez, Félix Antonio Serrano Rodríguez y Carlos Efraín Guzmán Baúles.

La Comisión considera que el Estado panameño ha avanzado con el mayor compromiso en el desarrollo de la negociación y le felicita por esa labor, y al mismo tiempo le insta para que inicie la ejecución de las medidas de reparación incluidas en este acuerdo de solución amistosa, y en particular la medida del acto de reconocimiento de responsabilidad, para lo cual me pongo a disposición para acompañar dicho acto en el país.

La experiencia de la Comisión refleja que la construcción de una relación de confianza entre peticionarios y los Estados es indispensable tanto en la fase de negociación como en la fase de cumplimiento de los acuerdos de solución amistosa. En ese sentido, la confianza entre las partes y el cumplimiento de lo pactado aportan a la legitimidad del mecanismo de solución amistosa y construyen el camino hacia la resolución del caso que pende ante la Comisión por la vía amistosa.

La Comisión felicita a las partes por su disposición y voluntad de avanzar en la solución de este asunto por fuera de la vía contenciosa, y continuará dando seguimiento a la implementación de las medidas restantes hasta su cumplimiento total.