Discursos

FRANCISCO CARRIÓN MENA, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DEL ECUADOR, MISIÓN PERMANENTE DEL ECUADOR ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
INTERVENCIÓN DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DEL ECUADOR, FRANCISCO CARRIÓN MENA, ANTE EL CONSEJO PERMANENTE DE LA OEA

9 de enero de 2007 - Washington, DC


Señora Presidenta del Consejo Permanente,
Señor Secretario General,
Señor Secretario General Adjunto,
Señores Representantes Permanentes,
Señoras y Señores:

Constituye un alto honor para el Canciller del Ecuador acercarse nuevamente a este Consejo Permanente de nuestra Organización, el más alto foro político del Hemisferio, a fin de plantear un tema que preocupa profundamente a mi país y afecta actualmente la tradicional buena relación que ha mantenido con Colombia.

Quiero en primer lugar reiterar aquí ante todos ustedes, señores Representantes de los países del Continente Americano, que el Gobierno del Ecuador ratifica su total compromiso en la lucha contra el narcotráfico, en el marco de las Convenciones Internacionales vigentes y el Derecho Internacional, campo en el cual mi país, por propia convicción y no por imposición externa, ha dado muestras inequívocas de su firme voluntad de luchar y condenar dicho flagelo. Prueba de ello, son sus innegables logros, a pesar de los escasos recursos económicos con que cuenta para ese propósito. El Ecuador ha realizado voluminosas capturas de estupefacientes y ha desarticulado importantes redes de narcotraficantes en los últimos años.

Ecuador se mantiene igualmente firme en el respeto al principio de No Intervención en asuntos internos de terceros Estados y defiende de manera efectiva su soberanía nacional, por lo cual no se involucrará en las acciones que el Gobierno de nuestro vecino país lleva adelante, ni realizará acciones o ejercicios militares combinados, conjuntos, ni coordinados con las Fuerzas Armadas de Colombia.

Quiero reiterar enfáticamente que el Ecuador no ha asumido frente al conflicto interno colombiano una posición de neutralidad y que considera como su único interlocutor legítimo al Gobierno de Colombia. Qué mejor muestra de ello que la lucha permanente y con resultados efectivos que el Ecuador mantiene contra el narcotráfico y la generosa y solidaria aceptación que mi país ha dado a más de 500 mil ciudadanos desplazados por el conflicto interno de Colombia y que hoy residen en territorio ecuatoriano.

El Ecuador ha mantenido una invariable posición como política de Estado, en el sentido de promover el adelanto socio económico de la región fronteriza con Colombia, a través de proyectos binacionales de integración y desarrollo, y de realizar ingentes esfuerzos por mantener una efectiva presencia de fuerzas de seguridad del Estado ecuatoriano en la frontera común, con el fin de resguardar la soberanía nacional, la seguridad y la integridad territorial.

El Ecuador, fiel a los principios rectores de la convivencia pacífica recogidos por el Derecho Internacional, ha hecho todos los esfuerzos para, a través de un diálogo permanente y de promoción de una agenda positiva, obtener de Colombia la superación de asuntos que en los últimos años han afectado su relación fronteriza, uno de los cuales es el relacionado con las aspersiones aéreas con glifosato en la frontera común, que desde hace aproximadamente 5 años afecta a la población, a la flora, a la fauna y al medioambiente de la región fronteriza ecuatoriana.

El Ecuador ha debido acudir hoy al seno del Consejo Permanente de la OEA para presentar ante este alto foro político-diplomático regional, este problema que desde mediados de diciembre último está perturbando nuevamente las tradicionales relaciones de amistad y de cooperación que han existido entre Ecuador y Colombia.

El tema de las aspersiones aéreas con glifosato y sus elementos químicos coadyuvantes, que el Gobierno de Colombia efectúa en la zona de frontera vecina al Ecuador, desconoce e incumple los acuerdos a los que los dos países habían llegado, a través del Comunicado Conjunto suscrito por los Cancilleres de Ecuador y Colombia, de 7 de diciembre de 2005.

En efecto, el compromiso colombiano recogido en ese instrumento fue esencialmente:

1. La suspensión temporal de las fumigaciones aéreas con glifosato;
2. El incremento de sus brigadas de erradicación manual en la zona como procedimiento alternativo de eliminación de cultivos ilícitos; y,
3. La participación con el Ecuador en la elaboración de los términos de referencia de la realización de los estudios científicos para determinar los efectos del glifosato y sus coadyuvantes en la salud humana, el medio ambiente, la diversidad biológica y los procesos productivos en la zona, recomendados por Naciones Unidas.

Precisamente, los Acuerdos a los que llegamos con Colombia, el 7 de diciembre de 2005, permitieron reactivar importantes temas de la rica relación bilateral. Es así como luego de dos años de inactividad, se pudo realizar la XV Reunión de la Comisión de Vecindad e Integración, en abril de 2006, en la ciudad de Quito, con una destacada participación de delegados de instituciones públicas y privadas de los dos países, la misma que logró importantes avances en los temas de desarrollo e integración para la Zona de Integración Fronteriza ecuatoriano-colombiana.

Es por ello lamentable que la positiva reactivación de los procesos de integración fronteriza entre el Ecuador y Colombia, se vean hoy bruscamente paralizados por la reanudación de las fumigaciones aéreas con glifosato por parte del Gobierno de Colombia.

Estos procesos que abren la posibilidad de implementar importantes proyectos de carácter binacional para el mejoramiento de las condiciones de vida de la población fronteriza de ambos países generaron opciones de cooperación internacional para participar en su financiamiento.

La ONU en su informe de la “Misión Técnica Preliminar de las Naciones Unidas, en la cual se propone realizar estudios sobre el impacto de las aspersiones aéreas y acciones complementarias en la frontera norte”, destacó como positiva la decisión del Gobierno de Colombia, de suspender temporalmente las fumigaciones, “medida que ha contribuido al desarrollo de la agenda positiva que comparten ambos países dentro de la cual se inserta el Plan Binacional para el Desarrollo de la Zona de Integración Fronteriza a ser adoptado por los Gobiernos de Ecuador y Colombia”.

Las misma Organización mundial expresó, igualmente, que “ve con profundo agrado los Acuerdos logrados entre los Cancilleres del Ecuador y Colombia en su reunión de 7 de diciembre de 2005, entre los cuales el Gobierno de Colombia aceptó participar en la elaboración de los términos de referencia del estudio sobre el impacto de las fumigaciones que sería propuesto por las Naciones Unidas, así como la decisión del Gobierno del Ecuador de compartir el Informe de la Misión Técnica de las Naciones Unidas, con el Gobierno de Colombia”.

Deseo hacer hincapié en que el Gobierno del Ecuador, en cuanto recibió dicho informe, lo remitió a la Cancillería colombiana el 2 mayo de 2006, conforme lo acordado en el Comunicado Conjunto de 7 de diciembre de 2005. En dicha ocasión se invitó al Gobierno colombiano, tal como se había convenido, a sumarse en el propósito de elaborar de manera conjunta los términos de referencia para los estudios propuestos por la Misión Técnica de la ONU y a dar todas las facilidades que sean necesarias para la iniciación y culminación de los mismos. Ante la falta de respuesta oportuna esta posición fue reiterada a la Cancillería colombiana el 10 de Octubre de 2006.

Lamentablemente, sólo una vez reanudadas las fumigaciones aéreas con glifosato, como reacción a la protesta presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador al Embajador de Colombia en Quito, la Cancillería de ese país, el 20 de diciembre de 2006 propuso “la realización a la brevedad posible, de una reunión entre los Gobiernos de Ecuador y de Colombia, con la Organización de las Naciones Unidas, a fin de clarificar estas preocupaciones del Gobierno de Colombia, de manera que se pueda dar cumplimiento a lo acordado sobre el particular en el Comunicado Conjunto de 7 de diciembre de 2005”.

Quisiera hacer referencia que ante los constantes reclamos ecuatorianos sobre los efectos del glifosato, Colombia siempre ha pretendido fundamentar la validez de sus acciones en el estudio denominado “Efectos del Programa de Erradicación de Cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea con glifosato y de los cultivos ilícitos en la salud humana y en el medio ambiente”, realizado en el año 2005 por encargo de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas (CICAD), con el auspicio de los Gobiernos de Estados Unidos, Gran Bretaña y Colombia, cuyo único objetivo fue probar la supuesta “inocuidad” del glifosato.

Dicho estudio ha sido ampliamente cuestionado por parte de prestigiosos científicos e investigadores, así como por universidades e instituciones académicas en el Ecuador y en otros países del mundo por la falta de metodología y rigor científico utilizado en la investigación, incluyendo un profundo y detallado estudio realizado por el Instituto de Estudios Ambientales de la Universidad Nacional de Colombia.

Me permito señalar únicamente cinco aspectos de este último estudio que cuestionan la validez científica del análisis hecho por la CICAD, porque:

1. Llega a conclusiones que no se pueden extraer de los datos presentados.
2. Desestima estudios críticos al glifosato que hubieran alterado las conclusiones.
3. Se estudian los efectos en ecosistemas casi sin afectación y no se pone interés en determinar la destrucción de la biodiversidad, la eliminación de cultivos y la erosión de suelos.
4. No se estudian los impactos sobre la población.
5. Se desconoce las más de 8.000 denuncias presentadas por campesinos de ambos países sobre daños a los cultivos lícitos, pérdidas de animales y afectaciones a la salud humana.

Por otro lado, mientras el estudio de la CICAD “estimaba” (no afirmaba en forma definitiva) que la deriva, es decir que la desviación causada por el efecto del viento, no era superior al 1%, un estudio de científicos estadounidenses confirmó (no hizo estimaciones), que por cada dos hectáreas de coca fumigada se destruía una hectárea de cultivos legales o de bosques. Por ello, la propia American Medical Association -AMA-, con más de 6 millones de profesionales estadounidenses en salud, pidió el cese de las fumigaciones aéreas en Colombia.

Así mismo, el propio manual de instrucciones de utilización del glifosato, en su nombre comercial “roundup”, de la empresa MONSANTO fabricante del producto dice: “las aplicaciones aéreas deben evitarse si existe peligro de que el químico se ponga en contacto con especies deseables… cantidades mínimas de este herbicida pueden causar daños severos o destrucción de cultivos y plantas hacia las cuales no estaba dirigido el tratamiento. El riesgo de daño por roundup (glifosato) es mayor cuando la velocidad del viento excede de 8 kilómetros por hora”. Igualmente señala dicho instructivo, que “debe evitarse la contaminación de semillas y alimentos de consumo humano o animal”.

Consecuentemente, el Gobierno del Ecuador no puede considerar al estudio realizado por la CICAD, que ha sido ampliamente cuestionado, como suficiente para avalar la condición de “inocuidad” del glifosato y sus componentes químicos en las aspersiones aéreas que efectúa el Gobierno de Colombia en su frontera con el Ecuador, respecto de cuyas mezclas químicas y grado de concentración no hay certeza, y, es más, existen incluso contradicciones entre las versiones que han proporcionado altas autoridades de Colombia, como lo resalta la prensa de ese país, sobre la verdadera composición y mezcla del producto y sus coadyuvantes.

Por dicha razón, cuando Colombia y la CICAD invitaron al Ecuador a participar en calidad de observador en una segunda fase de ese estudio, mi país señaló que se encontraba a la espera de la respuesta del Gobierno de Colombia para la elaboración conjunta de los términos de referencia de los cinco tipos de estudios propuestos por la Misión Técnica de la ONU, tal como se había acordado en el Comunicado Conjunto de 7 de diciembre de 2005.

Resulta, asimismo, muy ilustrativa la clara referencia realizada por el Relator de las Naciones Unidas sobre Derechos y Libertades de los Pueblos Indígenas, señor Rodolfo Stavenhagen, en algunos párrafos de su informe relativo a su visita al Ecuador, que tuvo lugar entre los días 25 de abril y 4 de mayo de 2006, en donde establece que “la fumigación aérea de glifosato mezclado con otros productos en los plantíos ilícitos en Colombia, en la zona limítrofe con el Ecuador, ha generado efectos nocivos sobre recursos del medio ambiente y la salud de las personas y los animales.” Entre los principales efectos que señala el relator Stavenhagen en su informe se destacan “enfermedades de la piel y otras, contaminación de ríos y mantos acuíferos, desaparición de cultivos de ciclo corto de varios productos en un lapso menor a 15 días después del comienzo de las aspersiones.” De igual manera, en el informe se reporta la “existencia de un gran porcentaje de restos del producto químico utilizado en las fumigaciones que se llevan a cabo en territorio colombiano en el río Mira, limítrofe con el Ecuador, ubicado en las provincias de Esmeraldas y Carchi, con graves consecuencias para las comunidades indígenas ecuatorianas que se asientan en las riberas de ese río.”

Por existir una clara disparidad de criterios entre los Gobiernos de Ecuador y de Colombia en cuanto a la validez y suficiencia de los estudios existentes sobre los efectos de las aspersiones aéreas con glifosato y sus compuestos químicos en la salud humana, el medio ambiente y los procesos productivos en las zonas afectadas, queda en evidencia que estamos frente a una profunda divergencia entre los dos países, pues el Ecuador sostiene que hay evidencia suficiente para sostener que las aspersiones aéreas con glifosato si son dañinas para la salud humana y el medio ambiente, mientras Colombia afirma que no.

Como Estados civilizados, respetuosos de los derechos humanos y preocupados por el medio ambiente y la diversidad biológica de las regiones de nuestra frontera común, estamos en la obligación de realizar un estudio como el propuesto por las Naciones Unidas, en el cual el Gobierno de Colombia ha manifestado últimamente su deseo de participar y hacer así honor al compromiso asumido en el Comunicado Conjunto de 7 de diciembre de 2005.

En dicho estudio, será necesario también atender los resultados de tantos otros que se han realizado sobre los efectos del glifosato y no solamente, como sostiene el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en su Nota de 20 de diciembre de 2006, de los resultados del estudio encargado por la CICAD.

Es más, debe igualmente aclararse que las investigaciones acerca de la toxicidad del glifosato en la salud humana y el ambiente, no son de ahora, sino de años atrás y fueron realizadas en países como Estados Unidos, Francia, Suecia, Canadá y la Argentina, conforme lo sostiene el científico ecuatoriano Dr. Luís Romo Saltos, en su trabajo: “Fumigaciones Aéreas en plantaciones ilícitas”.

Es útil recordar también que Dinamarca, el 15 de septiembre del 2003, impuso la prohibición de rociar con glifosato tras la comprobación científica de la presencia de este herbicida en las aguas subterráneas de las cuales ese país obtiene la mayor parte de su agua potable.

Igualmente resulta interesante citar el trabajo de la investigara colombiana Elsa Nivia, Directora Ejecutiva de la Red de Acción en Plaguicidas y Alternativas, América Latina-Colombia, quien en su trabajo “Las fumigaciones aéreas sobre cultivos ilícitos si son peligrosas” sostiene que “cuando se fumigan por vía aérea los cultivos ilícitos con herbicidas de amplio espectro, se están fumigando simultáneamente cultivos alimenticios vecinos o intercalados, fuentes de agua, ganado y animales domésticos, escuelas, viviendas, trabajadores, hombres, mujeres, adultos y niños y especies de flora y fauna de áreas selváticas aledañas”. Y agrega “ningún piloto, por experimentado que sea, puede evitar la fumigación indiscriminada, cuando aplica plaguicidas desde un avión sobre cultivos, áreas selváticas y zonas habitadas”.

Sobre la diferencia entre el uso del glifosato para actividades agrícolas o comerciales, frente a su uso en fumigaciones aéreas para la destrucción de cultivos ilícitos en Colombia, la referida profesional colombiana señala que “son muy diferentes al uso agrícola recomendado en Estados Unidos, pues la descarga efectiva de 23.4 L/ha de Roundup Ultra, equivale a una concentración 26 veces mayor que la recomendada y la mezcla con el surfactante Cosmoflux 411F, puede incrementar hasta 4 veces la acción biológica del herbicida, sugiriendo niveles relativos de exposición 104 veces mayores que la dosis recomendada para aplicaciones agrícolas normales en Estados Unidos, dosis que según estudios referidos, pueden matar hasta rumiantes, con mayor razón si se considera las varias pasadas que las avionetas fumigadoras efectúan sobre las mismas áreas”.

De tal manera que el Gobierno de Colombia no puede pretender comparar, peor justificar, las aspersiones aéreas con glifosato que realiza para la destrucción de plantaciones ilícitas, las mismas que producen un efecto nocivo indiscriminado, con el uso localizado y sistemático que se hace de dicho herbicida en la agricultura.

Me pregunto si el sinnúmero de estudios realizados en varios países y la citada investigación de la ingeniera Elsa Nivia, que demuestran que las fumigaciones aéreas con glifosato si constituyen un grave riesgo para la salud humana y animal, así como las 8.000 denuncias que reposan en la Defensoría del Pueblo de Colombia y en la Dirección Nacional de Estupefacientes, por los efectos nocivos de las aspersiones a la población afectada, fueron considerados por el grupo de investigadores de la CICAD para demostrar la supuesta “inocuidad” del glifosato, con el que Colombia justifica sus acciones. Todo esto, sin contar con el informe presentado hace algunos meses por el Instituto Departamental de Salud de Nariño, Colombia, donde se reporta sobre niños muertos y decenas de colombianos afectados por el glifosato.

A través de la Secretaría General de la OEA, pongo esta investigación junto a los otros estudios que se han realizado en Ecuador y otros países, a disposición del Consejo Permanente.

Señora Presidenta, Señores Representantes:

El Principio de Precaución, consagrado en Convenios e instrumentos Internacionales, está recogido igualmente en varios de los 27 principios de los Fundamentos de la Política Ambiental de Colombia, constantes en la Ley 99 de 1993. Más concretamente, el Principio 15 de dicha Ley, dice: “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberían aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta, no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

Sobre la base de este principio, que también está consagrado en la legislación de mi país, el Estado ecuatoriano ha debido enfrentar demandas por parte de los pobladores ecuatorianos de la frontera víctimas de los efectos de las aspersiones aéreas con glifosato que efectúa Colombia en su territorio en el área de frontera. Esto motivó un fallo del Tribunal Constitucional, que exige a los organismos del Estado ecuatoriano la adopción de medidas tendientes a la rehabilitación de los afectados y a evitar que se produzcan nuevas afectaciones y concretamente a la Cancillería del Ecuador a dialogar con el Gobierno de Colombia, a fin de poner punto final a cualquier práctica de aspersiones aéreas que traspase el territorio ecuatoriano.

De la misma forma, la Defensoría del Pueblo del Ecuador, ha recomendado conciliar una solución adecuada con Colombia y ha trasladado sus resoluciones respecto al tema de las aspersiones aéreas con glifosato a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a fin de que estos organismos conozcan y adopten las medidas que crean necesarias y pertinentes para precautelar la salud, la integridad y el bienestar de las poblaciones hoy afectadas.

Quisiera informar al Consejo Permanente, con esta oportunidad, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos acaba de trasmitir una petición formulada contra el Estado ecuatoriano por supuestas responsabilidades por las fumigaciones con glifosato en el área de frontera. Es paradójico que el Estado ecuatoriano, que ha buscado por todos los medios posibles la suspensión de las fumigaciones con glifosato, haya sido demandado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, eventualmente, deba afrontar reparaciones ante daños causados por esta sustancia.

En este punto quiero expresar la apertura y el interés del Ecuador para que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realice una observación in loco a fin de que pueda determinar directamente las consecuencias de estas fumigaciones en los habitantes y en el medio ambiente de la zona fronteriza.

Por lo demás, reitero ante el Consejo Permanente, en nombre del Ecuador, el pedido para que Colombia, en el cumplimiento de sus responsabilidades de control y vigilancia en su territorio en la frontera común, establezca una mayor presencia de sus fuerzas militares, policiales y autoridades civiles, la misma que al momento es esporádica e insuficiente, lo que le permitirá cumplir con su ofrecimiento de emplear como método alternativo la erradicación manual de las plantaciones ilícitas de coca en la zona fronteriza, como se comprometió en el Comunicado Conjunto de 7 de diciembre de 2005.

En consecuencia, invito al Gobierno de Colombia a iniciar de inmediato, dentro de los próximos 30 días, una acción conjunta para designar una comisión científica binacional, que comience a trabajar en la preparación de los términos de referencia para la realización de los cinco estudios propuestos por las Naciones Unidas para determinar los efectos de las fumigaciones aéreas con glifosato y sus coadyuvantes químicos en la salud humana, el medio ambiente, la biodiversidad biológica y los medios de producción en la frontera común, así como la posterior determinación de responsabilidades y el pago de las compensaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar por parte de Colombia, conforme lo establecen las leyes internacionales.

En este punto, creo pertinente aclarar la versión del Gobierno colombiano en el sentido de que, a raíz del acuerdo de suspensión de aspersiones aéreas con glifosato y sus componentes químicos en la zona fronteriza común, acordado en el 2005 con el Ecuador, se han incrementado a diez mil hectáreas las plantaciones ilícitas de coca en esa región. Con esta versión no coincide el Gobierno del Ecuador, toda vez que en realidad y tal como queda señalado, lo que ha permitido el referido incremento de plantaciones de coca para la explotación y elaboración de la cocaína en esa región, es la falta de presencia efectiva y control permanente de las Fuerzas Armadas, Policía y autoridades civiles de Colombia en la región fronteriza, lo que es prueba palpable además, de que la política de fumigaciones aéreas con glifosato, no ha dado los resultados esperados.

El Ecuador rechaza cualquier intento de involucrarlo en el denominado “Plan Colombia”, con acciones como la realizada por el señor Director de la Policía de ese país, quien, de manera sorprendente, ha formulado una denuncia pública a través de los medios de comunicación, según la cual, él ha observado desde territorio colombiano, la supuesta existencia de plantaciones de coca en territorio ecuatoriano cercanas al río Putumayo y se ha permitido proporcionar incluso las coordenadas geográficas para la ubicación de los supuestos sembríos ilícitos.

Al respecto, quiero informarles, que el señor Ministro de Defensa Nacional y comandos de la Policía antinarcóticos del Ecuador verificaron in situ, acompañados de miembros de la prensa nacional e internacional, pudiendo constatar la inexactitud de tal denuncia, encontrando en el lugar de las coordenadas geográficas proporcionadas por Colombia, una finca ganadera, plantaciones de frutales, además de plantas silvestres.

Los históricos lazos de amistad y hermandad que han existido tradicionalmente entre Ecuador y Colombia no deberían afectarse por estas desaveniencias y quienes tenemos una responsabilidad pública debemos responder por ello ante nuestros pueblos.

Quiero resaltar la solidaridad del Ecuador frente al conflicto que vive Colombia, la misma que no puede ponerse en duda cuando, como ya ha quedado señalado, más de 500 mil ciudadanos colombianos han sido generosamente acogidos por mi país, entre ellos hay inmigrantes –la mayoría irregulares-, desplazados y refugiados, al extremo de habernos constituido en el país de América Latina que acoge el mayor número de refugiados.

El Ecuador y Colombia no deben confundir al enemigo. El Ecuador no lo hace. Nuestro enemigo común es la pobreza, el narcotráfico, el analfabetismo, la insalubridad, la delincuencia y la degradación ambiental. A este enemigo multiforme debemos combatirlo con lo mejor de nuestras energías.

En esta ocasión el Ecuador reitera formalmente la petición fraternal a Colombia para que en primer término ponga fin a las aspersiones aéreas con glifosato y sus coadyuvantes en su frontera con mi país, en un área de 10 km. tierra adentro del territorio colombiano a partir de la frontera común, posición ésta que el Ecuador ha requerido de Colombia de manera inalterable desde el año 2001. Exhorto, asimismo, a Colombia a que observe el Principio de Precaución, que está recogido en su propia legislación, consistente en que, ante dudas sobre los efectos en el ambiente por la utilización de una sustancia química, ésta debe ser suspendida mientras se realizan análisis y estudios que demuestren que es “inocua” para los ecosistemas y para el ser humano.

Por último, creo importante señalar que si bien esta presentación se refiere a problemas suscitados entre el Ecuador y Colombia por las fumigaciones aéreas que Colombia realiza en un área de la frontera común entre los dos países, de manera alguna pueden considerarse los efectos nocivos de dichas acciones unilaterales como un asunto exclusivo entre dos Estados, pues Colombia limita también con varios otros países y además las selvas amazónicas afectadas son parte del pulmón del mundo. Adicionalmente, el respeto de los derechos humanos no debe tener distinciones de nacionalidad. Asimismo, la conservación ambiental debe ser preocupación no sólo de la comunidad americana sino del mundo en general, pues en su adecuada protección está el futuro de las nuevas generaciones.

Señora Presidenta del Consejo, Señor Secretario General, Señores Representantes Permanentes, muchas gracias.