Comunicado de Prensa


EN ZONA DE ADYACENCIA BELICE-GUATEMALA SE REALIZA SEMINARIO SOBRE TRATA DE PERSONAS

  27 de noviembre de 2006

La Organización de los Estados Americanos (OEA) realiza esta semana un seminario en San Ignacio, Belice, para ayudar a autoridades de aduanas, inmigración y seguridad pública de Belice y Guatemala, a ampliar su conocimiento sobre el crimen de la trata de personas en la región.

El seminario, organizado por la Secretaría General de la OEA en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), proporcionará capacitación para ayudar a los gobiernos de Belice y Guatemala a combatir el tráfico de personas en la Zona de Adyacencia Belice-Guatemala. El taller tiene el fin de elevar el conocimiento entre las entidades gubernamentales de ambos países en cómo reconocer casos e identificar a víctimas de este delito; apoyar las autoridades locales en la implementación de políticas contra el tráfico humano, con la participación de la sociedad civil; y consolidar los mecanismos de coordinación y cooperación entre los funcionarios mencionados de Belice y de Guatemala para luchar contra este crimen.

Para alcanzar dichos objetivos, los participantes comenzarán, a partir de hoy, el seminario de capacitación de dos días, con la participación de expertos internacionales de Centro y Suramérica. Entre los presentadores se incluye al Coordinador de la Sección contra la Trata de Personas del Departamento de Seguridad Pública de la OEA, Fernando García-Robles, y al Director de la Oficina de la Secretaría General de la OEA en la Zona de Adyacencia, Miguel Ángel Trinidad, así como funcionarios de los dos gobiernos y representantes de organizaciones no gubernamentales.

La Zona de Adyacencia Belice-Guatemala fue establecida hace varios años, a través de negociaciones realizadas bajo el auspicio de la OEA. La oficina de campo de la OEA supervisa el cumplimiento de las “medidas de fomento de la confianza” acordadas por ambos países, los cuales continúan trabajando hacia la resolución de su diferendo territorial.

Referencia: C-255/06