Comunicado de Prensa


Expertos anti-corrupción de la OEA emiten recomendaciones sobre Venezuela, Ecuador, México, Colombia y Trinidad y Tobago

  26 de marzo de 2010

Un comité de expertos anti-corrupción de la Organización de los Estados Americanos (OEA) adoptó los informes sobre la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) en Venezuela, Ecuador, México, Colombia y Trinidad y Tobago, refiriéndose a la responsabilidad del sector privado en materia de corrupción, si los Estados prohíben y sancionan el llamado “soborno transnacional,” y si los Estados han implementado las disposiciones sobre cooperación en materia de extradición en casos de corrupción, entre otros temas.

El texto completo de los informes por país está disponible aquí.

El Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) se reunió desde el lunes 22 de marzo, en la sede de la OEA en Washington, DC. En cuanto a la responsabilidad del sector privado en materia de corrupción, los informes adoptados evalúan en detalle, por ejemplo, el marco jurídico-institucional y formulan recomendaciones concretas con respecto a la prohibición de que las personas o sociedades obtengan beneficios tributarios por pagos que realicen violando la legislación contra la corrupción, así como los mecanismos para asegurar que las sociedades mercantiles y otras asociaciones mantengan registros contables y controles internos que permitan a su personal detectar actos de corrupción.

Los informes además evalúan si los Estados prohíben y sancionan el llamado “soborno transnacional,” que se refiere a que personas o empresas de un país paguen sobornos a funcionarios de otro país a cambio de que dichos funcionarios realicen u omitan cualquier acto relacionado con una transacción de naturaleza económica o comercial. Otro tema evaluado es el “enriquecimiento ilícito,” es decir, el hecho de que un funcionario público incremente su patrimonio con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda razonablemente justificar.

En todos los casos, los informes adoptados por el Comité de Expertos del MESICIC examinan los resultados objetivos que han producido los países en la aplicación de las disposiciones legales y otras medidas existentes en relación con cada uno de los temas evaluados. Teniendo en cuenta que esta es la tercera vez que estos estados son evaluados en dicho marco, los informes también examinan los avances logrados por los Estados en la implementación de las recomendaciones que el MESICIC les ha formulado en las dos rondas de evaluación anteriores.

El MESICIC es un mecanismo establecido en el marco de la OEA en el cual los estados miembros evalúan recíprocamente en condiciones de igualdad la aplicación de la Convención Interamericana contra la Corrupción. De acuerdo con los análisis, se formulan recomendaciones específicas en relación con áreas en que hay vacíos o problemas que requieran mayores avances.

Las fotos de este evento están disponibles aquí.

Para más información, visite la Web de la OEA en www.oas.org

Referencia: C-096/10