Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el 22 de febrero de 2023 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) otorgar medidas provisionales a favor del equipo periodistico de la Radio "la Costeñísima" en la Región Autónoma del Caribe Sur en Nicaragua, junto a sus respectivos múcleos familiares, quienes se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos en Nicaragua.
La CIDH destaca que Radio "La Costeñísima" es el único medio de comunicación en la Región Autónoma del Caribe Sur con una línea editorial independiente y crítica al gobierno de Nicaragua desde hace más de una década. El ex director del medio calificó a "La Costeñísima" como una "voz independiente" en el Caribe Sur frente a 6 emisoras oficialistas que operan en la región.
La Comisión otorgó medidas cautelares a determinadas personas periodistas de Radio "La Costeñísima" tras identificar que se cumplían los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad a los que hace referencia el artículo 25 de su Reglamento. Pese a las solicitudes de la CIDH para obtener información del Estado, no se recibió respuesta sobre medidas adoptadas para atender la situación de riesgo, lo cual es especialmente preocupante debido a que los hechos de riesgo serían fundamentalmente atribuibles a agentes del Estado de Nicaragua o de parte de terceros afines que actuarían bajo la aquiescencia de las autoridades del Estado.
La CIDH considera que los derechos de las personas integrantes del equipo periodístico de Radio "La Costeñísima" se encuentran en una situación de riesgo extremo en el marco del ejercicio independiente del periodismo. Por lo que, conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión solicitó a la Corte IDH que ordene al Estado adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para proteger la vida, integridad, y el ejercicio de la libertad de expresión de todos los integrantes del equipo periodístico, y sus núcleos familiares en Nicaragua.
Las medidas provisionales son emitidas por la Corte en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas. Las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas que están en riesgo.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 029/23
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