Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hace un llamado urgente al Estado de Venezuela a garantizar la vida e integridad de las personas presas políticas en Venezuela, así como a investigar y sancionar las muertes de personas que estaban en custodia del Estado, con la debida diligencia.
La CIDH viene denunciando que en Venezuela existe un contexto de persecución sistemática y criminalización a las personas que son percibidas como opositoras al gobierno. Según datos de la organización Foro Penal, actualmente hay 244 personas presas políticas en el país -230 hombres y 14 mujeres- quienes habrían sido imputadas por delitos de terrorismo, instigación al odio, asociación para delinquir, traición a la patria o rebelión, entre otros. Según la información disponible, las personas en esta situación se enfrentan constantemente a la falta de las garantías judiciales y a la violación de sus derechos en el contexto de privación de la libertad. Al respecto, se recibió información sobre muertes de personas privadas de libertad por motivos políticos, en custodia del Estado, así como denuncias por falta de atención médica oportuna, adecuada y especializada que las expone a graves situaciones de vulnerabilidad.
Particularmente, en los últimos días, la CIDH recibió información sobre el grave estado de salud de José Javier Tarazona Sánchez, director y presidente de la organización Fundaredes y beneficiario de medidas cautelares desde el 18 de junio de 2020. Tarazona se encuentra privado de libertad desde el 1 de julio de 2021 en Helicoide, instalación del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional. Según la información disponible, Tarazona requiere atención médica urgente.
La CIDH observa con preocupación que otras personas presas políticas han muerto en las instalaciones de Helicoide, sin que se haya producido un verdadero esclarecimiento de las circunstancias de su fallecimiento, como el reciente caso del militar Raúl Baduel, quien falleció el 12 de octubre de 2021. En ese sentido, reitera el llamado a las autoridades a iniciar sin dilación una investigación seria, imparcial y efectiva, orientada a determinar de la verdad y, eventualmente, a sancionar a las personas que pudieran haber tenido algún grado de responsabilidad.
La Comisión exhorta a las autoridades venezolanas a observar la obligación del Estado de proporcionar servicios de salud oportunos y adecuados a las personas bajo su custodia. En particular, este deber implica garantizar la salud física y mental de las personas privadas de libertad mediante la provisión de una revisión médica regular y, cuando así se requiera, un tratamiento médico adecuado, oportuno y especializado. Asimismo, se recuerda al Estado su rol de garante de la vida y la integridad de todas las personas privadas de libertad, y se le insta a abstenerse de realizar detenciones por motivos políticos y a garantizar el debido proceso en todas las causas penales iniciadas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 347/21
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