Informes Anuales

Uno de los elementos indispensables para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos en los Estados miembros de la OEA, así como para contribuir al fortalecimiento del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, está constituido por el cumplimiento integral de las decisiones de la Comisión Interamericana. Adicionalmente, en relación con las soluciones amistosas, el cumplimiento resulta crucial para la construcción de la confianza entre las partes en la efectividad del mecanismo.

De conformidad con el artículo 41.g de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en ejercicio de su mandato, tiene la función de rendir un informe anual a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos. En el capítulo II.D del Informe Anual, la CIDH incluye un análisis sobre el estado del cumplimiento de las recomendaciones formuladas en los informes de fondo (artículo 51 de la Convención Americana) y de los acuerdos de soluciones amistosas aprobados en los informes  adoptados por la Comisión (artículo 49 de la Convención Americana) a partir del año 2000.

Tanto la Convención (artículo 41) como el Estatuto de la Comisión (artículo 18) otorgan explícitamente a la CIDH la facultad de solicitar información a los Estados miembros y producir los informes y recomendaciones que estime conveniente. Específicamente el Reglamento de la CIDH dispone en su artículo 48:

Seguimiento 1. Una vez publicado un informe sobre solución amistosa o sobre el fondo en los cuales haya formulado recomendaciones, la Comisión podrá tomar las medidas de seguimiento que considere oportunas, tales como solicitar información a las partes y celebrar audiencias, con el fin de verificar el cumplimiento con los acuerdos de solución amistosa y recomendaciones. 2. La Comisión informará de la manera que considere pertinente sobre los avances en el cumplimiento de dichos acuerdos y recomendaciones.

La Comisión realiza el seguimiento de las recomendaciones y los acuerdos de solución amistosa hasta su cumplimiento total.

Para conocer el estado de cumplimiento de las decisiones de la CIDH ver los Informes Anuales en el enlace, seleccione el año que desea leer y dirijase al Capítulo II-D Sobre Cumplimiento:
Informes anuales


Para leer acuerdos de solución amistosa aprobados por la CIDH ver el siguiente enlace:
Informes de casos