Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

En 2015, los Estados miembros de la OEA aprobaron la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores con el fin de promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. La Convención, entre otros derechos, establece el derecho al cuidado de las personas mayores, la necesidad de incorporar y dar prioridad al tema del envejecimiento en las políticas públicas, la importancia de facilitar la formulación y el cumplimiento de leyes y programas de prevención de abuso, abandono, negligencia, maltrato y violencia contra la persona mayor, y la necesidad de contar con mecanismos nacionales que protejan sus derechos humanos y libertades fundamentales.

La Convención es el primer instrumento regional que protege específicamente los derechos de las personas mayores. Hasta la fecha 6 países de la región ratificaron la Convención - Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador y Uruguay. La Convención está en vigor desde el día 11 de enero de 2017 y prevé un mecanismo integrado de seguimiento compuesto por una Conferencia de Estados Partes y un Comité de Expertos, el cual se conformará una vez que se haya recibido el décimo instrumento de adhesión o ratificación.

Entre 2013 y 2015, la CIDH participó en los esfuerzos para crear la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. En este sentido, la Comisión colaboró desde el estudio jurídico de un proyecto de la Convención. En 2013 presentó dicho informe ante el Consejo Permanente de la OEA, en el que plasmó consideraciones sobre la protección de la persona mayor, de manera que el Grupo de Trabajo sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores pudiese contar con los estándares interamericanos y la perspectiva de la CIDH, como insumos para la elaboración de la Convención.

La Convención entró en vigor el 11 de enero de 2017. Son siete los Estados parte de la Convención.

La CIDH, en su comunicado 268/18 reconoce que la plena vigencia de todos los derechos, garantías y mecanismos previstos en el instrumento es de fundamental importancia para la protección de los derechos humanos de las personas mayores en la región e insta a todos los Estados miembros de la OEA a firmar y ratificar la Convención para la protección de los derechos de las personas mayores, como parte de los esfuerzos por universalizar el sistema interamericano de derechos humanos, de tal manera que todos los tratados y convenciones protejan a todas las personas de la región.

Ver Estados signatarios y Estados parte.

Resolución Pandemia y Derechos Humano en las Américas

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución No. 01/20 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas el 10 de abril de 2020 ante la emergencia sanitaria global sin precedentes que enfrentan las Américas y el mundo, ocasionada por la rápida propagación global del virus COVID-19.

En el apartado especial de recomendaciones se refiere específicamente a las personas mayores con el fin asegurar el respeto de ellas como sujetos plenos de derecho, de acuerdo con los estándares de derechos humanos, frente a la pandemia del COVID-19, haciendo las siguientes recomendaciones:

  1. Adoptar las medidas necesarias a fin de evitar contagios, priorizar la atención médica y evitar el edadismo, garantizando el derecho a brindar consentimiento en el ámbito de la salud y facilitando medios de contacto familiar.
  2. Garantizar su acceso a servicios públicos y bienes esenciales con un trato diferenciado y preferencial a las personas mayores, identificando y eliminando obstáculos y atendiendo la brecha digital.
  3. Reforzar medidas de supervisión y vigilancia para evitar la violencia y negligencia contra personas mayores.
  4. Ratificar o adherirse a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos de las Personas Mayores.