Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C. – En conmemoración al Día Internacional de la Niña, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge a los Estados de la región a tomar medidas concretas para prevenir y erradicar la violencia sexual contra niñas y adolescentes indígenas. Estas medidas deben incorporar enfoques diferenciados de género, edad e interculturalidad, que atiendan a los múltiples factores estructurales de discriminación que las exponen a la violencia, y deben asegurar su participación plena en la formulación e implementación de esas medidas.
En general, son escasos los datos desglosados sobre violencia contra niñas y adolescentes indígenas, tanto dentro como fuera de sus comunidades. Sin embargo, los datos disponibles a nivel global y regional dan cuenta de que ellas enfrentan mayores índices de violencia que las no indígenas. Además, la CIDH y otros organismos internacionales han documentado que la violencia sexual contra niñas y adolescentes indígenas incrementa en contextos particulares, como conflictos armados; desplazamiento forzado; ejecución de proyectos de desarrollo, inversión y extracción; militarización de tierras indígenas; habitar en zonas rurales o calle; entre otros.
En las Américas y en el Caribe, se ha tenido conocimiento de numerosos reportes de agresiones sexuales, incluyendo violaciones colectivas, contra niñas y adolescentes de diversas etnias y regiones, cometidas por integrantes de fuerzas armadas, hacendados, trabajadores ilegales o temporales, docentes y turistas, quienes se aprovechan del poder que les enviste y/o de la situación socioeconómica precaria de las niñas para agredirlas e incluso explotarlas sexualmente. En estos contextos, las violencias que sufren las niñas y adolescentes indígenas al interior de sus comunidades quedan invisibilizadas.
La Comisión Interamericana recuerda que, de acuerdo con la Convención de Belém Do Pará, los Estados tienen el deber reforzado de prevenir, sancionar y erradicar la violencia sexual contra niñas y adolescentes indígenas, atendiendo a su situación de particular vulnerabilidad a la violencia por razón de género, edad y origen étnico racial, entre otros factores, debiendo rendir cuentas al respecto. También, deben considerar el impacto desproporcionado de la violencia sexual contra niñas y adolescentes indígenas, que, además de estar expuestas a enfermedades de transmisión sexual y embarazos no deseados, se enfrentan al rechazo y ostracismo de sus comunidades, y pueden ser forzadas a unirse o casarse a temprana edad.
Por lo anterior, la CIDH llama a los Estados a adoptar medidas diligentes para modificar las causas estructurales de la violencia contra las niñas y adolescentes indígenas, en particular la violencia sexual. Esto requiere establecer sistemas de recopilación de datos desagregados que visibilicen la incidencia e impacto diferenciado de las violencias contra ellas y permita adoptar medidas efectivas de prevención y protección de sus derechos.
De igual manera, y de conformidad con la Declaración Americana sobre sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Estados deben crear espacios culturalmente apropiados para la participación plena de niñas y adolescentes indígenas en la formulación y ejecución de las medidas que las involucra o concierne.
Finalmente, junto con investigar, juzgar y sancionar la violencia sexual con debida diligencia reforzada, la Comisión urge a los Estados a brindar servicios de atención a víctimas y otorgar reparaciones integrales con perspectiva intercultural, intergeneracional y de género, que considere el impacto individual y colectivo de la violencia sexual contra niñas y adolescentes indígenas, y que tengan por objeto su recuperación, rehabilitación y reinserción plena en la comunidad.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 251/24
9:30 AM